Norma Legal Oficial del día 31 de octubre del año 2012 (31/10/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 31 de octubre de 2012

Regularizacion Tributaria y No Tributaria en el distrito de La Molina", hasta el 30 de noviembre de 2012. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Subgerencia de Recaudacion y Control, Subgerencia de Registro y Fiscalizacion Tributaria, Subgerencia de Ejecutoria Coactiva Tributaria, Subgerencia de Control y Sanciones, Ejecutoria Coactiva Administrativa, Gerencia de Tecnologias de Informacion y Comunicacion y a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, el cumplimiento y efectiva difusion del presente Decreto de Alcaldia, de acuerdo a sus competencias y atribuciones. Articulo Tercero.- Encargar a la Secretaria General la publicacion del texto del presente Decreto de Alcaldia en el Diario Oficial "El Peruano" y a la Gerencia de Tecnologias de Informacion y Comunicacion, la publicacion en la pagina web de la municipalidad: www.munimolina.gob. pe, en el MORDAZA del Estado Peruano: www.peru.gob.pe y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas: www. serviciosalciudadano.gob.pe. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA ZUREK P.F. MORDAZA

que cumplan con regularizar sus obligaciones impagas se ha propuesto que los contribuyentes abonen sus deudas tributarias exonerandoles del pago de los Gastos y Costas Procesales producto del Procedimiento Coactivo por pago al contado, inclusive para las deudas con embargo; Que, siendo nuestro objetivo principal recuperar el MORDAZA de autoridad, respeto y exclusividad de nuestra funcion que haga del MORDAZA coactivo un instrumento efectivo que no solo persiga el cobro forzoso de las acreencias, sino mas bien que permita crear una cultura tributaria respetando la Ley y nuestras normas municipales incentivando al deudor a ser diligente en relacion a las deudas pendientes con la Administracion Tributaria y al respeto por sus normas municipales reduciendo el indice de morosidad de las deudas tributarias; Estando a lo expuesto, y en cumplimiento de lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del Articulo 9º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de las Municipalidades, por unanimidad, el Concejo Municipal aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 373-CDLO QUE ESTABLECE EXONERACION TOTAL DE GASTOS Y COSTAS PROCESALES POR PAGO AL CONTADO DE DEUDAS TRIBUTARIAS (IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y SERENAZGO) Articulo Primero.- OTORGAR, a partir de la ENTRADA EN VIGENCIA de la presente Ordenanza hasta el 31 de diciembre del presente ano, la EXONERACION TOTAL DE GASTOS Y COSTAS PROCESALES por PAGO AL CONTADO de DEUDAS TRIBUTARIAS (Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo), inclusive de aquellas deudas tributarias con embargo. Articulo Segundo.- PRECISAR que para acogerse al presente beneficio el obligado tributario debera desistirse de cualquier recurso impugnatorio planteado y/o de cualquier MORDAZA judicial, para cuyo efecto debera adjuntar MORDAZA del desistimiento presentado. Articulo Tercero.- ENCARGAR, a la GERENCIA DE RENTAS y a la SUB GERENCIA DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y FISCALIZACION el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, a la OFICINA DE SECRETARIA GENERAL su publicacion y a la OFICINA DE PRENSA E IMAGEN INSTITUCIONAL su difusion. POR TANTO:

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MUNICIPALIDAD DE LOS MORDAZA
Establecen exoneracion total de gastos y costas procesales por pago al contado de deudas tributarias
ORDENANZA Nº 373-CDLO
Los MORDAZA, 26 de octubre de 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: El Dictamen Nº 007-2012-CDLO/CEP de la Comision de Economia y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru reconoce a las Municipalidades provinciales y distritales como los organos de gobierno local que gozan de autonomia Politica, Economica y Administrativa en los asuntos de su competencia; asimismo el Articulo 195º sostiene que los Gobiernos Locales, promueven el desarrollo y la economia local, y, la prestacion de servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; asi como el articulo 74º otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas o exonerar de estas dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la ley, en concordancia con la MORDAZA IV; MORDAZA de Legalidad ­ Reserva de la Ley del TUO del Codigo Tributario aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99 EF; Que, conforme lo establece la Constitucion Politica del Peru, el Concejo Municipal cumple con la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las cuales tienen como rango de Ley de conformidad con lo dispuesto en el articulo 200º numeral 4) del mencionado cuerpo normativo; Que, la Municipalidad debe fomentar el bienestar y el desarrollo integral de los vecinos de su jurisdiccion sin dejar de ejercer su funcion administrativa y fiscalizadora, permitiendoles reducir significativamente los gastos y costas generadas de estas obligaciones tributarias; Que, existe en el area de Ejecutoria Coactiva deudas en materia tributaria por Impuesto Predial, Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y jardines y serenazgo provenientes de la Sub Gerencia de Administracion Tributaria y Fiscalizacion que por el monto de las mismas resultan dificil de asumir por parte de los obligados, haciendo casi imposible su cobranza pese a la coaccion ejercida, deuda que se ve incrementada al agregarsele la liquidacion de los gastos y costas. Considerando la recuperacion de los adeudos pendientes y el accionar a fin de brindar a los deudores mayores facilidades para

Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA

860517-1

Saludan y felicitan a diversas autoridades por acciones realizadas en los hechos sucedidos en el distrito de La MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 19-2012/CDLO
Los MORDAZA, 30 de octubre de 2012 EL CONCEJO DISTRITAL DE LOS MORDAZA VISTO: La Mocion Nº 002-2012-MDLO/ALC del despacho de Alcaldia, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades establece que los gobiernos locales son los organos de gobierno promotores del desarrollo local, con personeria juridica de derecho publico y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Articulo 85º de la MORDAZA acotada precedentemente senala que: "Las municipalidades en seguridad ciudadana ejercen las siguientes funciones: 1. Funciones especificas exclusivas de las municipalidades

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