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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE OCTUBRE DEL AÑO 2012 (31/10/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 31 de octubre de 2012 477724 Que mediante Resolución Rectoral Nº 01545-R- 08 del 04 de abril de 2008, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2008 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, que contempla la emisión de duplicados de Diplomas, previo cumplimiento de los requisitos establecidos; Que con Resolución Rectoral Nº 00547-R-05 del 08 de febrero del 2005, se confi rió el Título Profesional de Químico Farmacéutico, entre otros, a doña JÉSICA ALMIRA LÓPEZ DEL VILLAR, con código de matrícula 961140; Que mediante Formato Único de Trámite de fecha 11 de setiembre del 2012, doña JÉSICA ALMIRA LÓPEZ DEL VILLAR solicita duplicado del Diploma del Título Profesional de Químico Farmacéutico, por motivos de extravío, según Constancia de Denuncia interpuesta ante la Comisaría PNP de Mirafl ores; Que la recurrente cumple con los requisitos establecidos para el otorgamiento de duplicado del Diploma del Título Profesional de Químico Farmacéutico; Que vía Informe Nº 1106-OGAL-R-2012, la Ofi cina General de Asesoría Legal emite opinión favorable por lo solicitado; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, y sus modifi catorias; y con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario; SE RESUELVE: 1º Autorizar el otorgamiento de Duplicado del Diploma del Título Profesional de Químico Farmacéutico a doña JÉSICA ALMIRA LÓPEZ DEL VILLAR, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución. 2º Encargar a la Secretaría General de la Universidad la publicación de lo resuelto por la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. 3º Encargar a la Secretaría General de la Universidad y a la Facultad de Farmacia y Bioquímica, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ANTONIA FLORENCIA CASTRO RODRÍGUEZ Rectora (e) 859889-1 Autorizan otorgamiento de duplicado de diploma de Bachiller en Medicina y del Título Profesional de Médico Cirujano de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 05442-R-12 24 de octubre del 2012 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 10071-SG-12, sobre solicitud de duplicado de Diploma. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 1525-2006-ANR de fecha 17 de enero de 2006, modifi cada por Resolución Nº 1895-2006-ANR de fecha 25 de mayo de 2006, se aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las Universidades del País; en cuyo Artículo Único de las Disposiciones Complementarias, se establece que la Resolución que aprueba la expedición del duplicado de diploma será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que con Resolución Rectoral Nº 06409-R-07 del 10 de diciembre de 2007, se aprobó la Directiva Nº 006- SG/2007 “Obtención de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos”; Que mediante Resolución Rectoral Nº 01545-R- 08 del 04 de abril de 2008, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2008 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, que contempla la emisión de duplicados de Diplomas, previo cumplimiento de los requisitos establecidos; Que con Resolución Rectoral Nº 01770-CR-97 del 08 de abril del 1997, se confi rió el Grado Académico de Bachiller en Medicina, entre otros, a don LUIS ENRIQUE BONELLI VASQUEZ, con código de matrícula 890101; Que mediante Resolución Rectoral Nº 01792-CR-97 del 09 de abril del 1997, se confi rió el Título Profesional de Medico Cirujano, entre otros, a don LUIS ENRIQUE BONELLI VASQUEZ, con código de matrícula 890101; Que mediante Formato Único de Trámite de fecha 29 de agosto del 2012, don LUIS ENRIQUE BONELLI VASQUEZ solicita duplicado del Diploma del Grado Académico de Bachiller en Medicina y del Título Profesional de Médico Cirujano, por motivos de extravío, según Constancia de Denuncia interpuesta ante la Comisaría de Monterrico; Que el recurrente cumple con los requisitos establecidos para el otorgamiento de duplicado del Diploma del Grado Académico de Bachiller en Medicina y del Título Profesional de Médico Cirujano; Que vía Informe Nº 1064-OGAL-R-2012, la Ofi cina General de Asesoría Legal emite opinión favorable por lo solicitado; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 23733, el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, y sus modifi catorias; y con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario; SE RESUELVE: 1º Autorizar el otorgamiento de Duplicado del Diploma del Grado Académico de Bachiller en Medicina y del Título Profesional de Médico Cirujano a don LUIS ENRIQUE BONELLI VASQUEZ, por las consideraciones expuestas en la presente Resolución. 2º Encargar a la Secretaría General de la Universidad la publicación de lo resuelto por la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. 3º Encargar a la Secretaría General de la Universidad y a la Facultad de Medicina, el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ANTONIA FLORENCIA CASTRO RODRÍGUEZ Rectora (e) 859891-1 Modifican Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos UNIVERSIDAD NACIONAL MAYOR DE SAN MARCOS RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 05447-R-12 26 de octubre del 2012 Visto el Expediente, con Registro de Mesa de Partes General Nº 11494-SG-12 de la Ofi cina General de Asesoría Legal, sobre modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2008 de la Universidad Nacional de San Marcos. CONSIDERANDO: Que con Resolución Rectoral Nº 01545-R-08 del 04 de abril del 2008, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2008 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; Que mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, se aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; Que en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) 2008 de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, es necesario modifi car los requisitos del procedimiento registrado en el item 1.4 “Alumnos de