NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (20/09/2012)
CANTIDAD DE PAGINAS: 80
TEXTO PAGINA: 79
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 20 de setiembre de 2012 474845 Administrativo – TUPA de la Municipalidad Distrital de Huaura; norma publicado en el diario ofi cial el Peruano el 23 de Febrero del 2012; ratifi cado mediante Acuerdo de Concejo Provincial Nº 062-2011-MPH; de la Municipalidad Provincial de Huaura; dispositivo publicado el día en el Diario Ofi cial El Peruano el 23 de Febrero del 2012; Que, de conformidad con lo precisado en el numeral 5) artículo 38º de la Ley Nº 27444; ley del Procedimiento Administrativo General; que una vez aprobado el TUPA; toda modifi cación que no implique creación de nuevos procedimientos; incremento de derechos de tramitación o requisitos se debe realizar en caso de municipalidades por decreto de alcaldía; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 29566 – Ley que modifi ca diversos disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversión y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias, asimismo modifi ca la Ley Nº 29090 – Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones; que establece la eliminación de requisitos para solicitar licencias de edifi cación y de funcionamiento; indica que no se debe exigir la presentación de los siguientes requisitos instrumentales: a) Copia Literal de Dominio, b) Certifi cado de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, c) Boletas de Habilitación de los profesionales que intervienen en el tramite, d) Documentos que por su naturaleza municipal se encuentren en los archivos del gobierno local, para los procedimientos de edifi caciones y habilitaciones urbanas; Que, asimismo el artículo 6º de la misma ley establece que la habilitación de los profesionales ingenieros y arquitectos que intervienen en proyectos , obras de habilitación urbana o edifi cación, conformidad de obra y en general cualquier trámite regulado en la Ley 29090; se acredita mediante una declaración jurada de dichos profesionales, la que deberán ser verifi cada a través del padrón en el portal Web del colegio profesional respectivo; quedando eliminada y prohibida la exigencia de boletas y constancias de habilidad o habilitación profesional; Que, en vista de lo señalado en el parágrafo anterior resulta necesario se modifi quen algunos procedimientos administrativos en los cuales se solicite como requisito aquellos que ahora no tienen esa condición conforme a la norma citada; Que, mediante Informe Nº 0190-2012-SGRDE-MDH, la Subgerencia de Rentas y Desarrollo Económico; propone que debe de eliminarse del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA; el Certifi cado de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios, Boletas de Habilitación de los Profesionales como requisito para obtención de Licencia de Edifi cación de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 29566 a fi n de cumplir con las metas asignadas para el primer semestre del 2012; de acuerdo a lo que dispone el D.S. Nº 004-2012-EF; Consecuentemente estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas en el literal 6) del artículo 20º, artículo 39º y 42º de la ley orgánica de municipalidades Nº 27972; SE DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR la adecuación y modifi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Huaura; aprobado mediante Ordenanza Distrital Nº 0012-2011 – ALC/MDH y ratifi cado mediante Acuerdo de Concejo Nº 62 – 2011 – MPH; de la Municipalidad Provincial de Huaura; en los procedimientos del Nº 5.01 al Nº 5.47; referentes a los procedimientos de edifi caciones y habilitaciones urbanas; en cuanto a la eliminación de los siguientes requisitos 1) Copia Literal de Dominio, 2) Certifi cado de Parámetros Urbanísticos y Edifi caciones, 3) Boletas de Habilitación de los profesionales que intervienen en el trámite, 4) Documentos que por su naturaleza municipal se encuentren en los archivos del Gobierno Local; conforme al cuadro anexo que forma parte del presente Decreto. Artículo Segundo.- DISPONER; se publique el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano y sus anexos en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Huaura (www.munihuaura.gob.pe). Artículo Tercero.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Subgerencia de Desarrollo Urbano y Rural y demás unidades orgánicas competentes. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JACINTO ROMERO TRUJILLO Alcalde Distrital 842641-1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SOCABAYA Designan funcionaria responsable de entregar información pública RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 350-2012-MDS Socabaya, 21 de junio del 2012 VISTOS: La Resolución de Alcaldía Nº 164-2012-MDS de fecha 16 de marzo del 2012; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su artículo 194º, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que los Gobiernos Locales gozan de autonomía, economía y administrativa en los asuntos de su competencia, con facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración. Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 0164-2012- MDS de fecha 16 de marzo del 2012, se designa a la abogada Lourdes Ivonne Absi Porras como FUNCIONARIA RESPONSABLE de acceso a la información pública de la Municipalidad Distrital de Socabaya; la misma que se debe dejar sin efecto en mérito de que dicha funcionaria ha dejado de laborar en la Municipalidad. Que, en virtud al principio de publicidad previsto y regulado en el artículo 3º del Decreto Supremo Nro. 043-2003-PCM/Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, debe observarse que todas las actividades y disposiciones emitidas o en poder de las entidades públicas se presumen públicas, ante lo cual, es imperativa la obligación de entregar y/o brindar la información que pueda ser solicitada, esto último, sin más restricciones que las previstas en la normatividad vigente. Que, en mérito a la naturaleza jurídica que corresponde a este tipo de designaciones, entonces, al amparo de lo regulado en el artículo 20º de la Ley 27972/ Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la Abog. Katherine Olenka Chávez Bernales, Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Socabaya, como FUNCIONARIO RESPONSABLE de entregar información pública solicitada en el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y, el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución de Alcaldía Nº 164-2012-MDS de fecha 16 de marzo del 2012. Artículo Tercero.- HACER de conocimiento de la presente Resolución a la Gerencia Municipal, Gerencia de Sistemas Administrativos, y demás áreas correspondientes. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR la presente Resolución de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Regístrese, comuníquese y cúmplase. WUILBER MENDOZA APARICIO Alcalde 843045-1