NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2012 (26/09/2012)
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TEXTO PAGINA: 48
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 26 de setiembre de 2012 475282 De conformidad con lo previsto en el artículo 20°, numeral 6, el artículo 39° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza N° 812 y las facultades conferidas en la Ordenanza N° 638; DECRETA: Artículo 1°.- Aprobar la ampliación de duración del Proyecto Especial “Centro Metropolitano de Formación y Capacitación de Serenazgo - CEMFOCAS” por el plazo que corresponda a dos (02) Programas de Capacitación, en el ámbito de la Gerencia de Seguridad Ciudadana. Artículo 2°.- Encargar a la Gerencia de Seguridad Ciudadana la implementación de dos (02) Programas de Capacitación del Proyecto Especial “Centro Metropolitano de Formación y Capacitación de Serenazgo - CEMFOCAS”. Artículo 3°.- Publíquese el presente Decreto de Alcaldía en el Diario Ofi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima. Regístrese, publíquese y cúmplase. SUSANA VILLARÁN DE LA PUENTE Alcaldesa 845872-1 MUNICIPALIDAD CP SANTA MARIA DE HUACHIPA Aprueban el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad, para el Año Fiscal 2013 ORDENANZA Nº 102-MCPSMH Santa María de Huachipa, 12 de septiembre de 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DEL C.P. SANTA MARÍA DE HUACHIPA, VISTO; en la Sesión Ordinaria de Concejo, de la fecha; el Informe Nº 059-2012-SGPPCI/MCPSMH de la Sub Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Cooperación Internacional: CONSIDERANDO: Que, el segundo párrafo del artículo 31º, de la Constitución Política del Perú, precisa que es derecho y deber de los vecinos participar en el Gobierno Municipal de su jurisdicción. Que, mediante los artículos 197º y 199º de la Constitución Política del Perú, establecen que los Gobiernos Locales formulan y aprueban el Plan de Desarrollo Concertado y sus presupuestos con la participación de la población y rinden cuentas de su ejecución anualmente, bajo responsabilidad y conforme a Ley; asimismo las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en el desarrollo local; concertado con la sociedad civil. La Ley Nº 28056 “Ley Marco del Presupuesto Participativo” y sus modifi catorias establecen disposiciones orientadas a lograr la efectiva participación de la sociedad civil en el proceso de programación del presupuesto participativo que se desarrolla en armonía con los planes de desarrollo concertado. Que, el Decreto Supremo Nº 142 -2009-EF, aprobó el Reglamento de la Ley Nº 28056 Ley Marco del Presupuesto Participativo, el mismo que establece los objetivos del Presupuesto Participativo, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 131-2010-EF, modifi ca el Artículo 6º del Reglamento de la Ley Nº 28056. Que, la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, en su artículo 53º establece que las Municipalidades se rigen por sus Presupuestos Participativos anuales, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción; el artículo 97º indica que los planes de desarrollo municipal concertados y los presupuestos participativos tienen un carácter orientador de la inversión, asignación y ejecución de los recursos municipales. Considerando, la Décimo Sexta Disposición Complementaria de la Ley Nº 27972, dispone que las municipalidades regularán mediante Ordenanza, los mecanismos de aprobación de sus presupuestos participativos. Que, el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01”Instructivo para el Presupuesto Participativo basado en Resultados aprobado mediante Resolución Directoral Nº 007-2010- EF/76.01” publicado en el diario El Peruano el 10 de abril del 2010, establece mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Locales en el marco de la Ley del Presupuesto Participativo. Que, la presente Ordenanza establece los mecanismos y pautas para su desarrollo, con el fi n de determinar proyectos de inversión de impacto para el desarrollo local, que permita mejorar los niveles de vida de la población del CP Santa María de Huachipa y fortalezcan sus capacidades como base del desarrollo. Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en los numerales 8) , 14) y 34) del artículo 9º y de los artículos 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el Voto por UNANIMIDAD del Concejo en pleno, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento del Proceso del Presupuesto Participativo de la Municipalidad del C.P. Santa María de Huachipa para el Año Fiscal 2013, para su desarrollo, el mismo que Consta de: IV Capítulos, 23 Artículos, y 03 Disposiciones Finales y Transitorias, el mismo que forma parte integrante, de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- Las disposiciones complementarias que se requieran para la aplicación de la presente Ordenanza, serán dictadas mediante Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- Facúltese al Alcalde para celebrar convenios con las instituciones públicas y privadas, que permitan garantizar la ejecución del Presupuesto Participativo 2013. Artículo Cuarto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Sub. Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Cooperación Internacional, Sub. Gerencia de Participación Ciudadana y Gestión Ambiental, Gerencia de Administración y Finanzas y su difusión a la Sub Gerencia de Prensa y Relaciones Públicas, así como a la Sub Gerencia de Informática. Artículo Quinto.- Dejar sin efecto cualquier disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Artículo Sexto.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y el íntegro del Reglamento del Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo en la Página Web htttp:// www.munihuachipa.gob.pe, Portal Institucional de la Municipalidad. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL MÁLAGA CUADROS Alcalde 845226-1 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Otorgan beneficio para pago de multas administrativas ORDENANZA Nº 281-MDS Surquillo, 21 de setiembre de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO;