Norma Legal Oficial del día 26 de septiembre del año 2012 (26/09/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano MORDAZA, miercoles 26 de setiembre de 2012

NORMAS LEGALES

475281

Articulo Tercero.- Modifiquese la Circular Nº F464-2003, CM-311-2003, CR-180-2003, EDPYME-1032003, EAF-214-2003, en los terminos que se senalan a continuacion: 1. Eliminense los numerales 4, 5 y 7. 2. Sustituyase el numeral 6 por el siguiente texto: "Responsabilidad en la elaboracion y MORDAZA de los Anexos Nº 7-A y Nº 7-B El jefe o encargado de la Unidad de Riesgos o equivalente es responsable de la elaboracion y MORDAZA a esta Superintendencia de los Anexos Nº 7-A y Nº 7-B." Articulo Cuarto.- Modifiquese el articulo 33º del Reglamento para el Requerimiento de Patrimonio Efectivo Adicional aprobado por la Resolucion S.B.S. Nº 8425-2011, en los terminos que se senalan a continuacion: Articulo 33º.- Requerimiento de patrimonio efectivo por riesgo de tasa de interes en el libro bancario (banking book) Las empresas deberan emplear modelos de medicion de riesgo de tasa de interes en el libro bancario (banking book) a fin de calcular el valor patrimonial en riesgo (VPR). Para tal efecto se debera emplear la metodologia establecida en el Anexo Nº 7-B "Medicion del Riesgo de Tasa de Interes ­ Valor Patrimonial en Riesgo" del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero. Si el ratio "Valor patrimonial en riesgo / Patrimonio efectivo" es superior a 15%, el requerimiento de patrimonio efectivo sera igual al VPR menos el monto que represente el 15% del patrimonio efectivo. Si el ratio es inferior o igual a 15%, el requerimiento sera cero. La siguiente formula resume el calculo de patrimonio efectivo adicional que se requerira por riesgo de tasa de interes en el libro bancario (banking book).
K tasa de interes de libro bancario (banking book) = Max [ 0, VPR ­ 15%*PE t-1]

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Aprueban ampliacion de duracion del Proyecto Especial "Centro Metropolitano de Formacion y Capacitacion de Serenazgo - CEMFOCAS"
DECRETO DE ALCALDIA Nº 009
MORDAZA, 6 de septiembre de 2012 LA ALCALDESA METROPOLITANA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que el articulo 195º de la Constitucion Politica del Peru establece que los gobiernos locales promueven el desarrollo y la economia local, asi como la prestacion de los servicios publicos de su responsabilidad, en MORDAZA con las politicas y planes nacionales y regionales de desarrollo; Que, en consecuencia, las municipalidades ejercen competencia para la organizacion del servicio publico de seguridad ciudadana con el objeto de garantizar la integridad de los ciudadanos que residen o transitan en sus circunscripciones; Que, dentro del regimen especial regulado para la Provincia de MORDAZA en la Ley Organica de Municipalidades, Ley N° 27972, se confirio a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA competencias especificas exclusivas para crear, normar, dirigir y controlar el Sistema Metropolitano de Seguridad Ciudadana, bajo cuya competencia se aprobo la Ordenanza N° 638, que crea el Serenazgo Metropolitano de MORDAZA (SEMEL); Que el literal h) del articulo 4° de la Ordenanza N° 638, confiere facultades a la Alcaldia Metropolitana para asignarle a la Gerencia de Seguridad Ciudadana, respecto del Serenazgo Metropolitano, otras funciones propias de su naturaleza y a traves de la MORDAZA disposicion final y transitoria se faculta tambien al organo de gobierno para reglamentar las disposiciones de la referida ordenanza; Que, en ese MORDAZA, mediante Decreto de Alcaldia N° 004-2012-MML, de fecha 15 de Marzo del 2012, se creo el Proyecto Especial "Centro Metropolitano de Formacion y Capacitacion de Serenazgo ­ CEMFOCAS", con el objetivo general de afianzar y estandarizar una oferta de conocimientos y habilidades contenidas en programas curriculares integrales vinculados con la seguridad ciudadana y convivencia pacifica; Que, el articulo 1° del referido Decreto de Alcaldia aprueba incluir como funcion de la Gerencia de Seguridad Ciudadana la administracion de proyectos con el objeto de promover la formacion y capacitacion del personal integrante del Serenazgo Metropolitano, al MORDAZA de lo dispuesto por el articulo 4° literal h) de la Ordenanza 638, que crea el Serenazgo Metropolitano de Lima; Que, mediante el Informe N° 95-2012-MML-GSGC, de fecha 14 de agosto de 2012, la Gerencia de Seguridad Ciudadana sustenta y solicita la ampliacion del plazo de duracion del Proyecto Especial "Centro Metropolitano de Formacion y Capacitacion de Serenazgo ­ CEMFOCAS" por el periodo que corresponda a dos (02) programas de capacitacion, a efectos de consolidar la implementacion de un Centro de Formacion Metropolitano que asegure su finalidad de contribuir a la profesionalizacion especializada y al desarrollo de capacidades de los serenos de MORDAZA Metropolitana a traves de una solida curricula integral que estandarice una oferta formativa a los serenazgos de las diversas municipalidades distritales de MORDAZA Metropolitana; Que, la ampliacion del plazo de duracion del Proyecto Especial "Centro Metropolitano de Formacion y Capacitacion de Serenazgo ­ CEMFOCAS" cuenta tambien con informes favorables de las Gerencias de Planificacion y Asuntos Juridicos;

Donde:
= Requerimiento de patrimonio efectivo en nuevos soles VPR = Valor patrimonial en riesgo en nuevos soles que proviene del Anexo Nº 7-B del Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero PE t-1 = Patrimonio efectivo del mes anterior K
tasa de interes de libro bancario (banking book)

El calculo de este requerimiento se debera realizar de forma mensual, para lo cual se debe emplear el Reporte 4-C. Articulo Quinto.- Modifiquese el Capitulo V "Informacion Complementaria" del Manual de Contabilidad conforme al Anexo que se adjunta a la presente Resolucion, el cual se publica en el MORDAZA Institucional (www.sbs.gob.pe), conforme a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. Articulo Sexto.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir de la informacion correspondiente al mes de noviembre de 2012, momento a partir del cual quedara derogado el Anexo Nº 7 "Medicion del Riesgo de Tasa de Interes" del Manual de Contabilidad aprobado por la Circular Nº B-2087-2001 y el Anexo Nº 7 "Medicion del Riesgo de Tasa de Interes" del Manual de Contabilidad aprobado por la Circular Nº F464-2003, CM-311-2003, CR-180-2003, EDPYME-1032003, EAF-214-2003, asi como sus correspondientes notas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones

845169-1

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