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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (02/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 2 de abril de 2013 491965 De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951– Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, del Personal Militar y Civil FAP que conformarán la tripulación de la aeronave Boeing 737- 528 FAP Nº 356, que trasladará al Señor Presidente de la República y su Comitiva Ofi cial a las ciudades de Sánya, Beijing y Shanghái – República Popular China, del 03 al 10 de abril de 2013: TRIPULACION PRINCIPAL Mayor General FAP SEGUNDO BUENAVENTURA GAMBOA Piloto SANDOVAL NSA: O-9355676 DNI: 43338465 Coronel FAP RODER MARINSON BRAVO VALERA Piloto NSA: O-9498984 DNI: 43296272 Comandante FAP CESAR AUGUSTO MACEDO GARCIA Piloto NSA: O-9556188 DNI: 02773543 Comandante FAP OSCAR GUILLERMO DELGADO GONZALES Piloto NSA: O-9573089 DNI: 07871146 Comandante FAP DAVID FERNANDO VELASQUEZ PORTELLA Piloto NSA: O-9579890 DNI: 43412386 Comandante FAP VICTOR ALFREDO VARGAS BLACIDO Piloto NSA: O-9589691 DNI: 43623935 Técnico Inspector FAP MARIO CRUZ PACHECO Mecánico NSA: S-60397183 DNI: 09712366 Técnico Inspector FAP WILFREDO MARIANO PEREZ RONDAN Mecánico NSA: S-60529087 DNI: 09714481 Empleado Civil FAP LUIS ALFREDO MUÑOZ VIGNES Piloto NSA: C-P0128910 DNI: 05372957 Empleada Civil FAP JULIA GLADYS ORTEGA LYAUTEY Hostess NSA: C-7798480 DNI: 08729081 Empleada Civil FAP FIORELLA GUILIANA OLIVA BOSLEMAN Hostess NSA: C-71347807 DNI: 44934122 Empleada Civil FAP IVANNA TUESTA SANONI Hostess NSA: C-71361308 DNI: 42046732 Empleada Civil FAP MARIANA LOURDES CASTRO LOAYZA Hostess NSA: C-78129612 DNI: 09997179 TRIPULACION ALTERNA Comandante FAP MARCO ANTONIO APARICIO BACA Piloto NSA: O-9544187 DNI: 43412943 Comandante FAP CARLOS MANUEL ZAMORA CAVERO Piloto NSA: O-9601791 DNI: 09393112 Técnico de 2da. FAP ELVIS TEDDY GARCIA REATEGUI Mecánico NSA: S-60736293 DNI: 05349005 Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Hostess NSA: C-70941901 DNI: 06624283 Empleado Civil FAP MOISES FORTUNATO HUAMAN GOMEZ Purser NSA: C-71212382 DNI: 06565750 Empleado Civil FAP CESAR ADOLFO BANCES DAVILA Purser NSA: C-78002209 DNI: 40091107 Artículo 2º.- La participación de la Tripulación Alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participación por parte de la Tripulación Principal. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de acuerdo al concepto siguiente: Viáticos: US $ 260.00 x 08 días x 13 personas = US$ 27,040.00 TOTAL = US$ 27,040.00 Artículo 4º.-El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 5º.-El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 6º.-La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 7º.-La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 918822-2 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Prorrogan el plazo para el cierre contable y financiero del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social DECRETO SUPREMO Nº 006-2013-MIDIS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792 se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinando su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica, con la fi nalidad de mejorar la calidad de vida de la población en situación de vulnerabilidad y pobreza, promover el ejercicio de sus derechos, el acceso a oportunidades y el desarrollo de sus propias capacidades, garantizando su inclusión en el desarrollo nacional; Que, conforme a la Tercera Disposición Complementaria Final de la precitada Ley, se adscribió al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, entre otros programas sociales, el Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2012-MIDIS, se dispuso la extinción del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA y del Programa Integral de Nutrición, en un plazo que no exceda el 31 de diciembre de 2012, respecto de la ejecución de sus prestaciones, y el 31 de marzo de 2013 para el cierre contable, fi nanciero y presupuestal; estableciéndose que el referido proceso de extinción sea conducido por una Comisión Especial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la cual fue constituida mediante Resolución Ministerial N° 084-2012-MIDIS, y reconformada mediante Resolución Ministerial N° 244-2012-MIDIS; Que, a efectos de cumplir con lo previsto en el Decreto Supremo N° 007-2012-MIDIS, según lo informado por la referida Comisión Especial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, se han realizado diferentes acciones en materia administrativa, contable, presupuestal, patrimonial, y