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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (02/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 2 de abril de 2013 491966 de recursos humanos; sin embargo, debido a la magnitud del acervo documentario y la complejidad de los procedimientos que deben ejecutarse en cada materia, y dado que estos, en la mayoría de casos, se encuentran relacionados entre sí, es necesario prorrogar, hasta el 31 de diciembre de 2013, el plazo previsto en el artículo 1 del citado Decreto Supremo N° 007-2012-MIDIS para el cierre contable y fi nanciero del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1.- Prórroga del plazo para el cierre contable y fi nanciero del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA Prorróguese, a partir del 1 de abril de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013, el plazo para el cierre contable y fi nanciero del Programa Nacional de Asistencia Alimentaria - PRONAA, lo que incluye los procesos de liquidación que conlleva la extinción del programa. Artículo 2.- Comisión Especial La conducción de los procesos a que se refi ere el artículo precedente continuará a cargo de la Comisión Especial del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, constituida mediante Resolución Ministerial N° 084-2012-MIDIS, y reconformada por Resolución Ministerial N° 244-2012-MIDIS. Artículo 3.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, el primer día del mes de abril del año dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 918821-1 Aprueban Directiva “Procedimientos para la gestión articulada de las intervenciones con cargo a los recursos del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE)” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 071-2013-MIDIS Lima, 27 de marzo de 2013 VISTO: El Informe N° 62-2013-MIDIS/VMPES/DGPE, emitido por la Dirección General de Políticas y Estrategias del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; asimismo, se estableció que el sector Desarrollo e Inclusión Social comprende a todas las entidades del Estado, de los tres niveles de gobierno, vinculados con el cumplimiento de las políticas nacionales en materia de promoción del desarrollo social, la inclusión y la equidad; Que, de acuerdo con la norma señalada en el considerando precedente, compete al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia de desarrollo e inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la política social universal, regular, de competencia sectorial; así como dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales en materia de desarrollo e inclusión social; Que, por su parte, de conformidad con el artículo 23 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2013, se creó el Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE), a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con la fi nalidad de fi nanciar la elaboración de estudios de pre inversión, ejecución de proyectos de inversión pública y/o mantenimiento a cargo de las entidades del Gobierno Nacional y/o personas jurídicas privadas, para la ejecución de la infraestructura de agua y saneamiento, electrifi cación, telecomunicaciones y caminos vecinales; Que, en ese contexto, mediante Decreto Supremo N° 004-2013-MIDIS, se aprobó el Reglamento del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE), con la fi nalidad de establecer disposiciones reglamentarias para la administración y funcionamiento del FONIE, señalándose que el mecanismo de administración orientado a asegurar la mayor efi ciencia en el funcionamiento del fondo está conformado, entre otros, por los siguientes componentes: i) Gerencia articulada de las intervenciones basada en un diseño organizacional multisectorial; ii) Proceso de identifi cación, focalización, programación, ejecución y evaluación de las intervenciones, y; iii) Proceso de asignación, transferencia y seguimiento de los recursos del FONIE; Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 004-2013-MIDIS, señala que en tanto se apruebe el Manual de Operaciones del FONIE, los aspectos procedimentales necesarios para el funcionamiento del fondo serán desarrollados en las directivas que apruebe el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta de la Dirección General de Políticas y Estrategias, las que serán de cumplimiento obligatorio por todas las entidades públicas de los tres niveles de gobierno, involucradas en la implementación del FONIE y en la ejecución de sus recursos; Que, mediante Informe N° 62-2013-MIDIS/VMPES/ DGPE, la Dirección General de Políticas y Estrategias eleva al Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, para aprobación, el proyecto de directiva sobre procedimientos para la gestión articulada de las intervenciones con cargo a los recursos del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE); Que, por lo expuesto, y en el marco de las competencias asignadas a la Dirección General de Políticas y Estrategias y al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, resulta pertinente aprobar los procedimientos para la gestión articulada de las intervenciones con cargo a los recursos del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE), con la fi nalidad de establecer los procedimientos generales para la preparación, presentación, evaluación y aprobación de los requerimientos y solicitudes de fi nanciamiento con cargo a los recursos del FONIE, así como para la respectiva asignación y transferencia de dichos recursos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS; y, el Reglamento del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE), aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva N° 005-2013- MIDIS, “Procedimientos para la gestión articulada de las intervenciones con cargo a los recursos del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE)”, cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución y de la directiva aprobada en el artículo precedente en el Diario Ofi cial El Peruano. Los formatos y anexos de la directiva se publicarán en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe). Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente resolución y la directiva a que se refi ere el artículo 1 en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social