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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de abril de 2013 492300 y Doña ALEJANDRINA NORA CORDERO VERGARAY el pago del défi cit de aporte de Ministerio de Educación por el área de 50.89 m2, a redimirse en dinero al MINISTERIO DE EDUCACIÓN; el pago del défi cit de aporte de Parques Zonales por las áreas de 50.89 m2 (Residencial de Densidad Media) y 122.77 m2 (Comercio Zonal), a redimirse en dinero a SERPAR LIMA; y el pago del défi cit de aporte de Renovación Urbana por las áreas de 25.45 m2 (Residencial de Densidad Media) y 73.66 m2 (Comercio Zonal), a redimirse en dinero a EMILIMA, los cuales serán cancelados antes de la recepción de obras de habilitación urbana, quedando en garantía el predio resultante constituido por el Lote 4 de la Manzana “G” de Urbanización Huertos del Naranjal. Artículo Cuarto.- REMITIR una copia del FUHU, de los planos de trazado y lotización, la Memoria Descriptiva y la Resolución correspondiente a la Municipalidad Metropolitana de Lima, a la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos para la inscripción del lote resultante y al MINISTERIO DE EDUCACIÓN, SERPAR LIMA Y EMILIMA para su conocimiento. Artículo Quinto.- DISPONER la Publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial “El Peruano”, en un plazo que no debe exceder de los 30 días siguientes de notifi cada la misma, a cargo de los propietarios del predio objeto de la Habilitación Urbana. Artículo Sexto.- PONER EN CONOCIMIENTO a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Gerencia de Administración y Finanzas, Subgerencia de Obras Privadas y Subgerencia de Informática y Desarrollo Tecnológico, de acuerdo a sus competencias, incorporar la Habilitación Urbana a que se refi ere el artículo primero de la presente resolución, al Plano Urbano del Distrito de San Martín de Porres, así como registrar los predios resultantes en el Registro de Contribuyentes y Margesí de Bienes Inmuebles de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, cuando corresponda. Artículo Séptimo.- NOTIFICAR el presente acto administrativo a la sociedad conyugal conformada por Don ERROL FRANCISCO ALIAGA RIOS y Doña ALEJANDRINA NORA CORDERO VERGARAY, para conocimiento y fi nes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. VLADIMIR GUERRERO JIMENEZ Sub Gerente de Catastro y Habilitaciones Urbanas (e) 920145-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Aprueban la ejecución de la expropiación de bien inmueble para la ampliación y mejoramiento del Cementerio Municipal de Chancay ACUERDO DE CONCEJO Nº 041-2013-MDCH Chancay, 4 de abril de 2013 EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En Sesión de Concejo Extraordinaria el Informe Legal Nº 162 -MDCH/DAL, mediante el cual la Dirección de Asesoría Legal solicita que mediante Acuerdo de Concejo se apruebe la ejecución de la expropiación del inmueble para la ampliación del servicio del Cementerio Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 6º de la Ley Nº 27117, Ley general de expropiaciones, publicada el 20 de mayo de 1999 establece que la ejecución de la expropiación para el caso de los Gobiernos Locales se efectúa mediante Acuerdo de Concejo que deberá de ser publicado en un plazo no mayor de 60 (sesenta) días contados a partir de la vigencia de la Ley autoritativa de la expropiación. Que, el artículo 8º de la norma antes glosada establece que el Acuerdo de Concejo deberá de precisar: a) El sujeto activo de la expropiación; b) El sujeto pasivo, de acuerdo al informe expedido por el registro que corresponda, conteniendo el nombre del propietario de los bienes a expropiar y las posibles duplicidades de inscripción que puedan existir, así como las cargas, gravámenes y demás anotaciones existentes; c) la identifi cación precisa del bien a expropiar, de acuerdo a coordenadas UTM de validez universal y al informe expedido por la Ofi cina de Catastro del Registro respectivo y; d) El valor de tasación comercial actualizado, de acuerdo a lo establecido por la Dirección Nacional de Construcción (Ex CONATA); Que, mediante Ley Nº 29993 publicada el 7 de febrero del 2013 se declaró de necesidad pública la ampliación y mejoramiento de los servicios públicos que brinda el cementerio municipal del distrito de Chancay así como la expropiación de un inmueble de 17,550.00 m2 para tal fi n, inmueble que como parte de uno de mayor extensión corre inscrito en el Tomo 4 TR, Folio 239-247 –Transcripciones- y sus continuaciones del Registro de Predios de la Ofi cina Registral de Huaral y cuyos linderos y medidas perimétricas se detallaron en la Ley antes citada; Que, mediante Informe Nº 757-2013/MDCH-DDUR la Dirección de Desarrollo Urbano y Rural realiza la identifi cación precisa del bien a expropiar de acuerdo a la Ley Nº 29993, en base a coordenadas UTM de validez universal y al Certifi cado de Búsqueda Catastral del registro de Predios de fecha 6 de marzo del 2013 emitido por el Registrador Público de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima de la Ofi cina Registral de Huaral; Que, a su vez mediante Informe Nº 042-2013-GM/ OPP la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto certifi ca la cobertura presupuestal para el pago del justiprecio del bien a expropiar, el mismo que ha sido determinado en la suma de S/. 236 925.00 (Doscientos treinta y seis mil novecientos veinticinco y 00/100 nuevos soles) mediante Informe Técnico de Tasación de fecha 22 de marzo del 2013 expedido por la Dirección Nacional de Construcción del Vice Ministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, teniendo en cuenta lo anteriormente señalado corresponde que se apruebe la ejecución de la expropiación considerándose como sujeto activo de la misma a nuestra comuna edil y como sujeto pasivo a la persona jurídica Negociación WU Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada, por tener inscrito en los Registros Públicos con mayor antigüedad, su derecho de propiedad sobre el bien a expropiar, precisándose los gravámenes detallados en el Certifi cado Registral Inmobiliario de fecha 7 de febrero del 2013 expedido por el Registrador Público de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima de la Ofi cina Registral de Huaral, así como las duplicidades señaladas en el Certifi cado de Búsqueda Catastral expedido por la misma institución; autorizándose asimismo al Procurador Público Municipal para que realice las acciones de acuerdo a sus competencias, para la ejecución de la expropiación agotado que sea el procedimiento administrativo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 6º de la Ley Nº 27117, con el voto Unánime del pleno del Concejo y con la dispensa de la lectura del Acta; SE ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la ejecución de la expropiación del bien inmueble que se describe en el Anexo A que forma parte del presente Acuerdo de