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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de abril de 2013 492294 Elaboración y Aprobación del Reglamento de Organización y Funciones por parte de las entidades de la administración pública; asimismo se sustenta en lo dispuesto en el literal f) del artículo 28º de los Lineamientos del ROF, en cuanto a la optimización o simplifi cación de los procesos del GRSM, con la fi nalidad de cumplir con mayor efi ciencia su misión y funciones, así como en la necesidad de implementar las modifi caciones tendientes a fortalecer el rol de conducción de las políticas regionales de las Gerencias Regionales de Línea, promover intervenciones articuladas entre estas y sus Direcciones Regionales Sectoriales como instancias implementadoras de tales políticas, entre otros cambios que se plantean incluir, en el marco del proceso de rediseño institucional emprendido por el GRSM; Que, conforme a lo previsto en el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, el Cuadro para Asignación de Personal contiene la correcta defi nición de los cargos y plazas orgánicas que se prevén como necesarias para el normal funcionamiento de la entidad a partir de la estructura orgánica aprobada en su Reglamento de Organización y Funciones; Que, el literal o) del artículo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que es atribución del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria desarrollada en el Auditorio de la Agencia Agraria San Martín – Tarapoto, llevada a cabo el día lunes 18 y martes 19 de Febrero del 2013, aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- DEJAR sin efecto la Ordenanza Regional Nº 037-2010-GRSM/CR, de fecha 14 de diciembre de 2010 y toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional San Martín cuyo texto forma parte integrante de la presente Ordenanza, el cual consta de cinco (5) títulos, doscientos cuarenta y tres (243) artículos y doce (12) disposiciones complementarias. Artículo Tercero.- DEJAR sin efecto el Artículo Tercero de la Ordenanza Regional Nº 016-2012-GRSM/ CR, de fecha 19 de setiembre del 2012 y toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- APROBAR el Cuadro para Asignación de Personal con un total de mil doscientas (1200) plazas entre ocupadas y previstas, cuyo texto forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Quinto.- DEJAR sin efecto los Reglamentos de Organización y Funciones y Cuadros de Asignación de Personal de las Direcciones Regionales Sectoriales, con excepción de lo correspondiente a sus órganos desconcentrados que esté normado en ellos, en tanto se implemente el proceso de reorganización interna de estos en el marco del proceso de Rediseño Institucional del Gobierno Regional de San Martín establecido mediante Ordenanza Regional Nº 035-2007-GRSM/ CR. Artículo Sexto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Regional a la Presidencia Regional, Gerencia General Regional, Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto y Ofi cina Regional de Administración, los cuales deberán emitir los actos resolutivos correspondientes para la efectiva implementación de los documentos de gestión que se aprueben con la presente ordenanza. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Ofi cina Regional de Administración del Gobierno Regional de San Martín la implementación del Cuadro de Asignación de Personal, adecuación de Presupuesto Analítico de Personal y la adopción de medidas correspondientes para el personal de los órganos desconcentrados a fi n de garantizar la no afectación de sus derechos. Artículo Octavo.- DECLARAR a los órganos desconcentrados del Gobierno Regional de San Martín en proceso de reestructuración a efecto de su adecuación al diseño organizacional planteado por el Ejecutivo Regional, en el marco del proceso de modernización del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Noveno.- FACULTAR a la Presidencia Regional a efectuar las acciones administrativas que se requiera a fi n de que estos órganos adecúen el desempeño de sus funciones y facultades relacionadas a la prestación de servicios sectoriales en el ámbito territorial, conforme a las disposiciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones que se aprueba con la presente ordenanza. Artículo Décimo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín realizar los trámites respectivos para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de la Región San Martín y en el Diario Ofi cial “El Peruano”, previa promulgación del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Décimo Primero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de San Martín para su promulgación. AUGUSTO CH. NOLASCO AGUIRRE Presidente del Consejo Regional de San Martín Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martín a los cuatro días del mes de marzo del año dos mil trece. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Gobierno Regional de San Martín 920319-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Declaran zonas rígidas a todas las vías públicas del distrito ORDENANZA MUNICIPAL Nº 279/MDC Carabayllo, 26 de marzo del 2013 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE CARABAYLLO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE CARABAYLLO VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 002-2013-CDURyT-CDELyC/MDC de los integrantes de la Comisión de Economía, Planeamiento y Presupuesto y la Comisión de Desarrollo Económico, Local y Comercialización respecto de la propuesta del Proyecto de Ordenanza respecto a las Zonas Rígidas para el Comercio Ambulatorio en la jurisdicción del distrito de Carabayllo; el Informe Nº 035-2013-GDELT-MDC del Gerente de Desarrollo Económico Local y Turismo,