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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de abril de 2013 492296 Estratégico Institucional (PEI) de la Municipalidad Distrital de Independencia”, presentado mediante el Informe Nº 109-2012-GPPR/MDI por la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú modifi cada en su artículo 194º por la Ley Nº 27680 “Ley de Reforma Constitucional”, establece que las Municipalidades son órganos de Gobierno Local con autonomía económica, política y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo IX del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”. El proceso de planeamiento local es integral, permanente y participativo. En dicho proceso se establecen políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones exclusivas y compartidas para las municipalidades; Que, el numeral 2 del artículo 9º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” establece que es atribución del Concejo Municipal aprobar, monitorear y controlar el Plan de Desarrollo Institucional; Que, mediante la Ordenanza Nº 248-2011-MDI se aprobó el “Plan de Desarrollo Local Concertado del Distrito de Independencia al 2021”, instrumento de planifi cación para el ámbito territorial, que para su mejor implementación, la Municipalidad Distrital de Independencia debe contar indispensablemente con el Plan Estratégico Institucional – PEI, que coadyuve al logro de los objetivos estratégicos y oriente los respectivos Presupuestos y Planes Operativos; Que, el planeamiento es un proceso que permite a las Entidades Públicas defi nir sus propósitos y determinar las estrategias para el logro de los objetivos institucionales, y asimismo, brinda la posibilidad de conocer el grado de satisfacción de las necesidades de los usuarios de los bienes y servicios municipales; Que, el Plan Estratégico Institucional (PEI) es la propuesta de desarrollo del Gobierno Local en ejercicio, a través del cual se propone mejorar la efectividad de la acción municipal para la promoción del desarrollo local y la prestación de servicios de calidad, concretizando para el mediano plazo los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Local Concertado; Que, en este contexto, se ha elaborado en forma participativa el “Plan Estratégico Institucional (PEI) al 2014 de la Municipalidad Distrital de Independencia”, siendo pertinente proceder a su aprobación; Que, la Gerencia de Asesoría Legal con el Informe Nº 897-2012-GAL/MDI y la Gerencia Municipal con el Memorandum Nº 1242 -2012-GM/MDI opinan por la procedencia de su aprobación; en virtud a los cuales la Comisión de Economía, Planifi cación, Presupuesto y Organización de la Municipalidad Distrital de Independencia, ha emitido el Dictamen Nº 009-2012- COEPPO/MDI recomendando su aprobación por el pleno del Concejo Municipal; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 39º y 40º de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades” el Pleno del Concejo Municipal de Independencia por UNANIMIDAD, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, aprobó lo siguiente: “PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL (PEI) AL 2014 DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA”, Artículo Primero.- APROBAR el “Plan Estratégico Institucional (PEI) al 2014 de la Municipalidad Distrital de Independencia”, con el contenido siguiente: 1. GENERALIDADES 2. DIAGNÓSTICO SITUACIONAL DEL DISTRITO DE INDEPENDENCIA 3. DIAGNÓSTICO INSTITUCIONAL 4. VISION, MISIÓN Y VALORES INSTITUCIONALES Y LINEAS ESTRATEGICAS 5. LINEAS DE ACCIÓN Y OBJETIVOS ESTRATÉGICOS 6. PROGRAMAS, PROYECTOS Y ACTIVIDADES 7. PAUTAS PARA LOGRAR LA VIABILIDAD Y SOSTENIBILIDAD DEL PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Independencia. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación del Plan Estratégico Institucional (PEI) al 2014 de la Municipalidad Distrital de Independencia” en el Portal Institucional. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización, Sub Gerencia de Participación Vecinal, Sub Gerencia de Imagen Institucional y demás Unidades Orgánicas en difundir el Plan Estratégico Institucional al 2014 de la Municipalidad Distrital de Independencia en los espacios de concertación con la comunidad organizada y en los medios de información pública. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. EVANS R. SIFUENTES OCAÑA Alcalde 920188-1 MUNICIPALIDAD DE JESUS MARIA Modifican Cuadro para Asignación de Personal - CAP de la Municipalidad ORDENANZA Nº 405-MDJM Jesús María, 26 de marzo del 2013 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESUS MARIA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JESUS MARIA; VISTO; en sesión ordinaria de la fecha, con el voto mayoritario de los señores regidores y con dispensa del Trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo ll del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Que, mediante Ordenanza Nº 358-MDJM, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal – CAP de la Municipalidad de Jesús María. Que, el Cuadro para Asignación de Personal – CAP, es un documento de gestión que contiene los cargos clasifi cados en base a la estructura orgánica prevista en el Reglamento de Organización y Funciones, y a los objetivos y metas establecidas en sus planes institucionales de cada entidad; se formula en base a la estructura orgánica aprobada por la Ley de creación y/o Ley Orgánica y modifi catorias de ser el caso; Que, mediante Memorando Nº 162-2013/MDJM/GR la Gerencia de Rentas, informa que la Sub Gerencia de Recaudación y Ejecución Coactiva, requiere la ampliación de una (01) plaza para Ejecutor Coactivo y un (01) Auxiliar Coactivo a efectos de incrementar la recuperación de la deuda tributaria en cobranza coactiva, atender la carga