Norma Legal Oficial del día 10 de abril del año 2013 (10/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano MORDAZA, miercoles 10 de MORDAZA de 2013

NORMAS LEGALES

492477

Cuchumbaya resolvio rechazar la solicitud de vacancia presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la autoridad cuestionada. Dicha decision fue materializada en el Acuerdo de Concejo Nº 051-2012-MDC-CM, del 30 de noviembre de 2012. Ahora bien, del Acta de Sesion Extraordinaria de Concejo Nº 98, de fecha 28 de noviembre de 2012 (Fojas 44 a 53), se observa que la regidora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA opino porque el MORDAZA sea elevado al MORDAZA Nacional de Elecciones, para que evalue y determine, votando en este mismo sentido; la regidora MORDAZA Malaquia MORDAZA MORDAZA opino porque el MORDAZA Nacional de Elecciones sea quien determine el asunto; el regidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA opino porque el MORDAZA Nacional de Elecciones sea quien determine legalmente el asunto; y, el regidor MORDAZA Elder MORDAZA Huacan MORDAZA porque el MORDAZA Nacional de Elecciones decida en MORDAZA instancia, apreciandose con ello que el Concejo Municipal de Cuchumbaya evito realizar un pronunciamiento sobre el fondo. Sobre el recurso de apelacion Con fecha 12 de diciembre de 2012, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA interpuso recurso de apelacion contra el Acuerdo de Concejo Nº 051-2012-MDC-CM, que resolvio rechazar su pedido de vacancia, reafirmando, sustancialmente, los argumentos senalados en la solicitud de declaratoria de vacancia. CONSIDERANDOS 1. El procedimiento de vacancia de alcaldes y regidores de los concejos municipales esta compuesto por una serie de actos encaminados a demostrar la existencia o no de la comision de alguna de las causales senaladas en el articulo 22 de la LOM, y cuyo tramite se desenvuelve inicialmente en las municipalidades. Por ello mismo, debe estar revestido de las garantias propias de los procedimientos administrativos, mas aun si se trata de uno de MORDAZA sancionador, pues, de constatarse que se ha incurrido en alguna de las causales establecidas, se declarara la vacancia del cargo y se le retirara la credencial otorgada como consecuencia del MORDAZA electoral en el que fueron declarados ganadores. 2. Dichas garantias a las que se ha hecho mencion no son otras que las que integran el debido MORDAZA, el cual constituye un MORDAZA de la potestad sancionadora de la administracion publica, conforme lo estipula el articulo 230 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante LPAG). Precisamente, el debido MORDAZA supone, ademas de una serie de garantias de indole formal, el derecho a obtener una resolucion juridicamente fundada, lo cual exige que la decision que se adopte en el procedimiento contemple el analisis de los hechos materia de discusion, asi como de las normas juridicas que resulten aplicables. 3. Ahora bien, la solicitud de declaratoria de vacancia materia del presente procedimiento ya fue objeto de conocimiento por parte de este Supremo Tribunal, bajo el Expediente Nº J-2012-01149, en atencion al recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA en contra del Acuerdo de Concejo Nº 035-2012-MDC/CM, que declaro improcedente la solicitud de vacancia contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cuchumbaya, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 9, concordante con el articulo 63 de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. 4. Asi, mediante Resolucion Nº 844-2012-JNE, de fecha 20 de setiembre de 2012, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones resolvio declarar nulo el Acuerdo de Concejo Nº 035-2012-MDC/CM, y dispuso que el Concejo Distrital de Cuchumbaya emita un MORDAZA pronunciamiento en sesion extraordinaria, teniendo en consideracion la documentacion presentada por el solicitante ante este tribunal electoral y que obran en el expediente jurisdiccional. 5. No obstante, a juicio de este organo colegiado, el Concejo Distrital de Cuchumbaya no ha cumplido con lo dispuesto en la Resolucion Nº 844-2012-JNE, toda vez que del Acta de Sesion Extraordinaria de Concejo Nº 98, de fecha 28 de noviembre de 2012 (Fojas 44 a 53), no se aprecia que el concejo MORDAZA valorado la totalidad de los medios probatorios obrantes en el expediente, por lo que no ha emitido una decision fundada en derecho, incurriendo

de este modo en un vicio que afecta al debido MORDAZA e invalida la tramitacion del presente procedimiento, incidiendo negativamente no solo en el derecho de las partes intervinientes en el procedimiento de declaratoria de vacancia, sino que tambien ha obstaculizado la adecuada administracion de justicia electoral que debe proveer este Supremo Tribunal Electoral. 6. Por otro lado, el articulo IV del Titulo Preliminar de la LPAG consagra como principios del procedimiento administrativo, entre otros, el MORDAZA de impulso de oficio, que implica que las autoridades deben dirigir e impulsar el procedimiento y ordenar la realizacion o practica de los actos que resulten convenientes para el esclarecimiento y resolucion de las cuestiones necesarias, y el MORDAZA de verdad material que supone que, en el procedimiento, la autoridad administrativa competente debera verificar plenamente los hechos que sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual debera adoptar todas las medidas probatorias necesarias autorizadas por la ley, aun cuando no hayan sido propuestas por los administrados o hayan acordado eximirse de ellas. 7. Conforme a ello, tomando en consideracion que existe un MORDAZA penal en contra del MORDAZA suspendido MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision de los delitos de peculado, falsedad material y otros, en virtud de los mismos hechos imputados en el presente procedimiento de declaratoria de vacancia, este organo colegiado precisa que el Concejo Distrital de Cuchumbaya, MORDAZA de disponer la convocatoria a la sesion extraordinaria en la que, respetando los plazos previstos en el articulo 23 de la LOM (treinta dias habiles), resuelva la solicitud de declaratoria de vacancia presentada en contra del MORDAZA suspendido, proceda de la siguiente manera: a. Requiera al MORDAZA Juzgado de Investigacion Preparatoria del Modulo Penal Mariscal MORDAZA de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a fin de que dicho organo jurisdiccional remita copias certificadas de los actos procesales y medios probatorios mas relevantes del MORDAZA penal seguido en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, tales como la formalizacion de la denuncia penal, el auto que resuelve abrir MORDAZA penal, las pericias grafotecnica y dactiloscopica que se hayan practicado, dictamen acusatorio o absolutorio, sentencia de primera instancia, entre otros. b. Una vez que se cuente con dicha informacion debera correrse traslado de la misma al solicitante y al MORDAZA suspendido MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para salvaguardar su derecho a la defensa y el MORDAZA de igualdad entre las partes, asi como a todos los integrantes del concejo municipal, concediendoles un plazo razonable para que realicen sus descargos. 8. En tal sentido, atendiendo a que resulta necesario asegurar que por lo menos dos organos o instancias distintas analicen y se pronuncien, a la luz de los hechos imputados y los medios probatorios que obren en el expediente sobre la controversia juridica planteada en un procedimiento especifico ­que en el caso de los procedimientos de declaratoria de vacancia serian el concejo municipal, en instancia administrativa, y el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en instancia jurisdiccional­, y a que, conforme se ha evidenciado en los considerandos anteriores, el Concejo Distrital de Cuchumbaya no se ha pronunciado respetando lo dispuesto por la Resolucion Nº 844-2012-JNE, de fecha 20 de setiembre de 2012, asi como tampoco los principios de impulso de oficio y verdad material; por consiguiente, este Supremo Tribunal Electoral considera necesario declarar la nulidad del Acuerdo de Concejo Nº 051-2012-MDC-CM, de fecha 30 de noviembre de 2012. Por lo tanto, el Pleno del MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Articulo Primero.- Declarar NULO el Acuerdo de Concejo Nº 051-2012-MDC/CM, de fecha 30 de noviembre de 2012, que resolvio rechazar la solicitud de declaratoria de vacancia en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA suspendido de la Municipalidad Distrital de Cuchumbaya, provincia de Mariscal MORDAZA, departamento de MORDAZA, por la causal prevista en el articulo 22, numeral 9, en

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