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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (17/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 10

El Peruano Miércoles 17 de abril de 2013 493016 de plazo del cronograma de ejecución de obras y la caducidad de las concesiones de las Centrales Hidroeléctricas Chanchallay, Chichas y San Francisco, las mismas que cuentan con sello de recepción de ARABESCO; Que, la Dirección de Administración de Recursos Hídricos con el Informe Técnico Nº 182-2012-ANA/DARH- ORDA señala que ARABESCO no cuenta con derechos de uso de agua para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica; únicamente tramitó autorizaciones para iniciar la etapa de ejecución de estudios las cuales caducaron; situación que se corrobora cuando la empresa oponente señala que se encuentra realizando trámites de aprobación de estudios de aprovechamiento hídrico; Que, según el artículo 2º de la Ley de Recursos Hídricos, concordante con el artículo 8º de la Ley Nº 26821, Ley Orgánica para el Aprovechamiento Sostenible de Recursos Naturales, el otorgamiento de derechos para el aprovechamiento de recursos naturales, se realiza en armonía con el interés de la Nación, el bien común y dentro de los límites y principios establecidos en dicha Ley y en las leyes especiales y normas reglamentarias sobre la materia, siendo que bajo estos criterios el Gobierno Regional de Arequipa ha determinado la prioridad del EL PROYECTO, sobre el planteamiento formulado por ARABESCO; por lo que su oposición debe ser desestimada; Que, con relación a las demás oposiciones, la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, señala que la solicitud de la reserva de agua cumple con los requisitos señalados en el considerando tercero de la presente resolución, en consecuencia, corresponde desestimar las oposiciones presentadas, y otorgar la reserva de recursos hídricos solicitada por AUTODEMA; Estando a lo opinado por la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos, con los vistos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Dirección de Administración de Recursos Hídricos y de la Secretaría General, y de conformidad con lo establecido en el artículo 103º de la Ley de Recursos Hídricos y el artículo 206º de su Reglamento. SE RESUELVE: Artículo 1º.- De las oposiciones Desestimar las oposiciones presentadas por Generadora Arabesco S.A., Frente Amplio Fiscalizador del Pueblo para el Desarrollo del Distrito de Salamanca, Pobladores del distrito de Salamanca y por Víctor Helar Piérola Campos, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- De la Reserva de Recursos Hídricos Otorgar reserva de las aguas superfi ciales del río Arma - Sección El Vado a favor del Proyecto Especial Majes Siguas - AUTODEMA del Gobierno Regional de Arequipa, para el “Proyecto Mejoramiento y Ampliación de la Frontera Agrícola Optimizando los Recursos Hídricos de la Subcuenca del Río Arma”, por un volumen anual de hasta 196.81 Hm3, por un periodo de dos (02) años contados a partir de la publicación de la presente Resolución, de acuerdo al siguiente detalle: Volumen de agua Ene Feb Mar Abr May Jun Jul Ago Sep Oct Nov Dic Total Anual Agrícola 114.85 14.49 16.73 13.64 13.69 11.23 11.65 11.52 10.91 11.15 11.53 12.83 154.22 Poblacional 1.18 1.06 1.18 1.14 1.18 1.14 1.18 1.18 1.14 1.18 1.14 1.18 13.88 Industrial 2.92 4.66 3.73 2.30 1.20 2.26 1.96 1.92 2.04 2.46 1.65 1.61 28.71 Total 18.95 20.21 21.64 17.08 16.07 14.63 14.79 14.62 14.09 14.79 14.32 15.62 196.81 Artículo 3º.- De la supervisión de la reserva de recursos hídricos La Autoridad Administrativa del Agua Caplina - Ocoña y la Administración Local de Agua Ocoña - Pausa, son responsables de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto mediante la presente Resolución Jefatural, debiendo informar periódicamente a la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos. Regístrese, comuníquese y publíquese, HUGO EDUARDO JARA FACUNDO Jefe Autoridad Nacional del Agua 925776-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Autorizan viaje de representantes del Ministerio a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 093-2013-MINCETUR/DM Lima, 8 de abril de 2013 CONSIDERANDO: Que, en la ciudad de San Francisco, Estados Unidos de América, del 21 al 24 de abril de 2013, se llevará a cabo una Reunión Intersesional en el marco del Acuerdo de Asociación Transpacífi co - TPP, que tiene por objeto continuar con los trabajos del grupo de negociación de Reglas de Origen, iniciados durante la I Ronda de negociaciones de dicho Acuerdo, realizada en Australia; Que, es importante la participación de representantes del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, en dicho evento, a fi n de introducir asuntos de interés del Perú, así como mejoras en los acuerdos existentes con algunos de los países integrantes de la TPP, tales como Estados Unidos de América, Chile, Singapur, México y Canadá; Que, por lo expuesto, el Viceministro de Comercio Exterior ha solicitado se autorice el viaje de las señoritas Daisy Jennifer Olórtegui Marky y Lorena Cecilia Urbina Mazzini, profesionales que prestan servicios al Viceministerio de Comercio Exterior, para que en representación del MINCETUR participen en la reunión antes mencionada; Que, el MINCETUR es el organismo público competente para defi nir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la política de comercio exterior y de turismo; responsable en materia de integración y negociaciones comerciales internacionales; Que, la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen en el marco de negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modifi catorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de Daisy Jennifer Olórtegui Marky y Lorena Cecilia Urbina Mazzini,