Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE ABRIL DEL AÑO 2013 (17/04/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 8

El Peruano Miércoles 17 de abril de 2013 493014 • Un representante de las Municipalidades Distritales de Casma; • El Presidente del Frente de Defensa de la Provincia de Casma; • El Comité de Lucha contra la Violencia y la Inseguridad; y, • Otros representantes de las organizaciones de la sociedad civil organizada. A propuesta de su Presidente, la Mesa de Diálogo Multisectorial para el Desarrollo de la Provincia de Casma podrá incorporar a otros integrantes, asesores y/o especialistas que coadyuven a su labor. La participación de sus integrantes será ad-honorem. Artículo 3.- Designación En el plazo máximo de cinco (05) días hábiles de publicada la presente resolución, las entidades detalladas en el artículo precedente, designarán a sus representantes mediante comunicación escrita dirigida al presidente de la citada Mesa de Diálogo Multisectorial. Artículo 4.- Mesas de Trabajo Ratifi car la conformación de las dos (02) Mesas de Trabajo: Inversión y Desarrollo Social de la Provincia de Casma, y de Medio Ambiente de la Cuenca del Río Casma, de conformidad a lo acordado en las actas respectivas de fecha 07 de marzo de 2013, para el tratamiento de la problemática ambiental, social y de desarrollo de la provincia de Casma, departamento de Ancash. Artículo 5.- Gastos Los gastos que irrogue el funcionamiento de la Mesa de Diálogo Multisectorial para el Desarrollo de la Provincia de Casma serán asumidos con los respectivos presupuestos institucionales de las entidades conformantes, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 6.- Vigencia La Mesa de Diálogo Multisectorial para el Desarrollo de la Provincia de Casma tendrá una duración de ciento veinte (120) días hábiles, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros 925758-1 AGRICULTURA Modifican R.M. Nº 0450-2012-AG mediante la cual se aprobó el Calendario de caza comercial de especies no amenazadas de diversos invertebrados terrestres RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0126-2013-AG Lima, 12 de abril de 2013 VISTO: El Memorándum Nº 325-2013-AG-DGFFS (DGEFFS), de fecha 13 de febrero de 2013, emitido por la Directora General de la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, del Ministerio de Agricultura, solicitando la modifi cación del artículo 9 de la Resolución Ministerial Nº 0450-2012-AG; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0450-2012-AG, se aprobó, el “Calendario de Caza Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados Terrestres de las Clases Insecta, Arachnida, Diplopoda, Chilopoda y Gastropoda, para el período 2012-2013”; Que, el artículo 9 de la citada Resolución Ministerial, dispuso que “Los saldos de las Guías de Transporte de Fauna Silvestre correspondiente al Calendario de Caza Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados Terrestres de las Clases Insecta, Arachnida, Diplopoda, Chilopoda y Gastropoda, para el periodo 2009-2010, no tendrán validez para realizar trámites para permisos de exportación con fi nes comerciales”; Que, la Directora (e) de la Dirección de Gestión Forestal y de Fauna Silvestre de la DGFFS, mediante el Informe Técnico Nº 0156-2013-AG-DGFFS-DGEFFS, solicita y sustenta la modifi cación de la Resolución Ministerial Nº 0450-2012-AG, en el extremo referido a que los periodos anteriores al calendario de caza del 2009-2010, son los que no tendrán validez para realizar trámites para permisos de exportación con fi nes comerciales; Que, en consecuencia, es necesario modifi car el artículo 9 de la citada Resolución Ministerial; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG; el Decreto Legislativo Nº 997, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura, y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modifícase el artículo 9 de la Resolución Ministerial Nº 0450-2012-AG, el cual quedará redactado con el texto siguiente: “Artículo 9.- Los saldos de las Guías de Transporte de Fauna Silvestre correspondientes a calendarios anteriores al Calendario de Caza Comercial de Especies No Amenazadas de Invertebrados Terrestres de las Clases Insecta, Arachnida, Diplopoda, Chilopoda y Gastropoda del periodo 2009-2010, no tendrán validez para realizar trámites para permisos de exportación con fi nes comerciales”. Artículo 2.- Transcríbase la presente Resolución al Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre, al Ministerio Público, a las Direcciones de Turismo y Protección del Medio Ambiente, y de Protección de Carreteras, ambas pertenecientes a la Policía Nacional del Perú – Ministerio del Interior, a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria, a la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre del Ministerio de Agricultura, a las Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre, y a los respectivos Gobiernos Regionales. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura 925053-1 Otorgan reserva de las aguas superficiales del río Arma - Sección El Vado a favor del Proyecto Especial Majes Siguas - AUTODEMA del Gobierno Regional de Arequipa, para el “Proyecto Mejoramiento y Ampliación de la Frontera Agrícola Optimizando los Recursos Hídricos de la Subcuenca del Río Arma” RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 148-2013-ANA Lima, 16 de abril de 2013 VISTO: El expediente administrativo Nº 3608-2011 ingresado con Código Único de Trámite Nº 7763-2012, organizado