Norma Legal Oficial del día 17 de abril del año 2013 (17/04/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Miercoles 17 de MORDAZA de 2013

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crea el Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo; el Decreto Legislativo N° 1047 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; y, la Resolucion Ministerial N° 343-2012-PRODUCE que aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar el plazo de ejecucion del Programa de Vigilancia y Control de Ia Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, desde el 15 de MORDAZA de 2013 hasta el 30 de setiembre de 2013. Articulo 2º.- Aprobar el texto de las adendas de los Convenios para la ejecucion del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, a ser suscritos por el Ministerio de la Produccion y las empresas supervisoras. Articulo 3º.- Delegar en el Viceministro de Pesqueria, Ia facultad de suscribir, en representacion del Ministerio de Ia Produccion, con las empresas SGS del Peru S.A.C. y Certificaciones del Peru S.A. (CERPER), las adendas a los convenios para la ejecucion del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, conforme al texto aprobado en el articulo 2 de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- Autorizar a Ia Direccion General de Supervision y Fiscalizacion a suscribir las adendas de los Convenios de Fiel y Cabal Cumplimiento del Programa de Vigilancia y Control de Ia Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, conforme al modelo aprobado por Resolucion Ministerial Nº 104-2011-PRODUCE, con los titulares de licencia de operacion para establecimientos industriales pesqueros que cuentan con plantas de consumo humano indirecto y consumo humano directo y con plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiologicos incluidos en los listados publicados en las Resoluciones Ministeriales Nº 591-2008-PRODUCE y N°169-2010-PRODUCE, para cuyo caso se considera un plazo de vigencia desde el 15 de MORDAZA de 2013 hasta el 30 de setiembre de 2013. Articulo 5º.- Como consecuencia de Io dispuesto en Ia presente Resolucion, el plazo de vigencia de los Contratos de Prestacion de Servicios de Vigilancia y Control de Ia Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, cuyo modelo fue aprobado por Resolucion Ministerial Nº 104-2011-PRODUCE, suscritos por las empresas ejecutoras del Programa de Vigilancia y Control de Ia Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo y los establecimientos industriales pesqueros, para consumo humano indirecto, consumo humano directo, las plantas de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiologicos incluidos en los listados publicados en las Resoluciones Ministeriales N° 591-2008-PRODUCE y Nº 169-2010-PRODUCE, podran ser modificados, considerando como plazo de vigencia desde el 15 de MORDAZA de 2013 hasta el 30 de setiembre de 2013. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion 925846-2

VISTOS: El Informe Nº 004-2013-PRODUCE/DGSFAcm de la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion, y el Informe N° 0050-2013-PRODUCE/OGAJ-cquispeg de la Oficina General de Asesoria Juridica, y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 101 del Reglamento de Ia Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001PE, establece que el Ministerio de la Produccion esta facultado a establecer programas pilotos y de control y para el manejo de recursos hidrobiologicos; para cuyo efecto se podra contratar empresas especializadas para Ia ejecucion de los actos de peritaje, inspeccion y control. Asimismo, preve que en las disposiciones que establezcan programas de control para Ia extraccion de determinadas especies, se podra disponer obligaciones previas de inscripcion, suscripcion de convenios y otras modalidades que garanticen el debido cumplimiento de dichos programas; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 027-2003PRODUCE se creo el Programa de Vigilancia y Control de Ia Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, con el objetivo de combatir la pesca ilegal de recursos hidrobiologicos del ambito maritimo con el uso de embarcaciones que no cuentan con permisos de pesca o contando con dicho derecho administrativo capturan recursos no autorizados, asi como aquellos que, teniendo permiso de pesca, descargan un volumen mayor al autorizado; ampliandose sus alcances por los Decretos Supremos N° 029-2005-PRODUCE, Nº 007-2009PRODUCE, Nº 013-2009-PRODUCE, Nº 002-2010PRODUCE, Nº 008-2010-PRODUCE, y demas normas modificatorias; Que, a traves de las Resoluciones Ministeriales Nº 178-2011-PRODUCE, Nº 276-2011-PRODUCE, Nº 0472012-PRODUCE, Nº 239-2012-PRODUCE y Nº 4372012-PRODUCE, se amplio sucesivamente el plazo de vigencia del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo hasta el 15 de MORDAZA de 2013. Asimismo, se delego en el Viceministro de Pesqueria, la facultad de suscribir las adendas a los convenios para la ejecucion del citado programa; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion aprobado por la Resolucion Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE, senala que la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion tiene como funcion, dirigir Ia ejecucion de planes, programas y proyectos en materia de supervision y fiscalizacion de las actividades pesqueras y acuicolas, de alcance nacional, directamente o a traves de terceros, en coordinacion con los otros niveles de gobierno, y velar por su cumplimiento; Que, la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion, mediante el Informe N° 004-2013-PRODUCE/DGSF-Acm, senala que el MORDAZA de seleccion para la contratacion de las empresas supervisoras del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo, requiere de un plazo que se extiende hasta el 30 de setiembre de 2013; Que, asimismo, el referido informe sustenta la necesidad de precisar la prestacion de servicios a cargo de las empresas supervisoras y fijar el valor referencial del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo durante el periodo objeto de la prorroga; adjuntando para tal efecto, el texto de la adenda del convenio con dichas propuestas; Que, estando a lo expuesto en los considerandos precedentes y a las recomendaciones del citado informe de la Direccion General de Supervision y Fiscalizacion, resulta necesario ampliar la vigencia del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ambito Maritimo desde el 15 de MORDAZA hasta el 30 de setiembre de 2013, aprobar el texto de la adenda al convenio de ejecucion del referido programa, asi como dictar otras medidas que garanticen la ejecucion del referido programa; Con el visado del Viceministro de Pesqueria, del Director General de Supervision y Fiscalizacion y de la Directora General de la Oficina General de Asesoria Juridica; y De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley N° 25977 - Ley General de Pesca, el Decreto Supremo N° 027-2003-PRODUCE y sus modificatorias, que

Convocan a eleccion de representantes de los gremios de las MYPE que integraran los Nucleos Ejecutores de Compra a que se refiere el D.U. Nº 0582011
RESOLUCION MINISTERIAL N° 147-2013-PRODUCE MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2013 VISTOS: El Memorando Nº 00486-2003-PRODUCE/ DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria, el Memorando Nº 369-2013-PRODUCE/ DVMYPE-I/DIGEDEPRO de la Direccion General

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