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El Peruano Miércoles 17 de abril de 2013 493021 ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y mediante Resolución Suprema N° 001-2013-MIDIS, se aprobó su Cuadro para Asignación de Personal, contemplándose el cargo de Jefe de la Ofi cina de Programación y Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, como de libre designación y remoción; Que, mediante Resolución Ministerial N° 077-2012- MIDIS, se encargó al señor Hugo Enrique Alegre Romero las funciones del cargo jefatural a que se refi ere el considerando precedente, a partir del 24 de mayo de 2012; Que, se ha visto por conveniente dar por concluido el encargo a que se hace referencia en el considerando anterior, y designar a la persona que se desempeñará como Jefe de la Ofi cina de Programación y Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS; y la Resolución Suprema N° 001-2013-MIDIS, que aprobó el Cuadro para Asignación de Personal del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluido, a partir del 17 de abril de 2013, el encargo conferido al señor Hugo Enrique Alegre Romero, de las funciones de Jefe de la Ofi cina de Programación y Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir del 17 de abril de 2013, a la señora María Santoza Maraví Ticse como Jefa de la Ofi cina de Programación y Presupuesto de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI ÁVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 925841-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013 a favor del Pliego Instituto Nacional de Defensa Civil DECRETO SUPREMO Nº 075-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se aprobó entre otros el Presupuesto del Pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, señala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Año Fiscal 2013, a fi n de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos dañinos por el inminente impacto de un fenómeno natural o antrópico declarado, determinado por el organismo público técnico- científi co competente, y rehabilitar la infraestructura pública existente; Que, los literales b) y c) de la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley anteriormente mencionada, establecen que el INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refi ere la Ley en mención, correspondiendo al Ministerio de Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Política de Inversiones, dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos; Que, el numeral 7.1 del artículo 7º de la Directiva Nº 004-2012-EF/63.01 “Directiva que establece los criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refi ere la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013”, señala que es competencia del INDECI ser responsable por el adecuado uso de los recursos antes señalados, así como de solicitarlos a fi n de incorporarlos a su presupuesto y transferirlos fi nancieramente; Que, según el artículo 10º de la Directiva referida en el considerando precedente, la emergencia por ocurrencia de desastres de gran magnitud o peligro inminente del mismo, se atiende a través de dos formas de intervención: Actividades de Emergencia, que son evaluadas y aprobadas por el INDECI; y Proyectos de Inversión Pública de Emergencia (PIP), que son presentados a la Dirección General de Política de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, la que, de corresponder, los declara elegibles; Que, el numeral 11.6 del artículo 11º de la citada Directiva, señala que el Titular del INDECI remite al Ministerio de Economía y Finanzas la solicitud de crédito presupuestario, adjuntando el Informe del Director Nacional del INDECI aprobando las Fichas Técnicas de Actividad de Emergencia debidamente suscrito por los funcionarios correspondientes, como requisito previo a la aprobación del crédito presupuestario, conforme a lo dispuesto por el artículo 13º de la referida Directiva; Que, en aplicación de lo antes señalado, el INDECI, a través del Ofi cio Nº 839-2013/INDECI/4.0 solicita la suma de SETENTA MIL SESENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 70 066,00) los cuales serán transferidos fi nancieramente a la Municipalidad Distrital de Uchumayo, Provincia y Departamento de Arequipa para la adquisición de combustible para la descolmatacion del rio y recuperación del servicio de protección de la Defensa Ribereña en tramos críticos del Río Chili, Distrito Uchumayo, Pueblo de Congata – Huayco, afectado por incremento de caudales del río por las intensas lluvias del 08 de febrero del 2013, habiéndose declarado en estado de emergencia el 13 de febrero del 2013 mediante Decreto Supremo Nº 019-2013-PCM; Que, el INDECI, a través del Ofi cio Nº 899-2013/INDECI/4.0 solicita la suma de CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL TREINTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 146 038,00) la cual será transferida fi nancieramente a favor de la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, Provincia y Departamento de Arequipa para el alquiler de maquinaria para descolmatar la torrentera Ramal Villa Alto Cenepa, Distrito de Mariano Melgar, Provincia de Arequipa, Región Arequipa, Tramos Críticos, como consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales ocurridas el 8 de febrero del 2013 así como para el alquiler de maquinaria para recuperar la estabilidad de los muros de contención afectados por el Huayco como consecuencia de las intensas precipitaciones pluviales ocurridas el 8 de Febrero del 2013 en el Sector denominado Alameda Santa Rosa, Distrito de Mariano Melgar, Provincia de Arequipa, Región Arequipa; habiéndose declarado en estado de emergencia el 13 de febrero del 2013 mediante Decreto Supremo Nº 019- 2013-PCM; Que, el INDECI a través del Ofi cio Nº 1004-2013/ INDECI/4.0 solicita la suma de SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 77 396,00) la cual será transferida fi nancieramente a favor de la Municipalidad Distrital de Locroja, Provincia de Churcampa, Departamento de Huancavelica, para el alquiler de maquinaria pesada para la recuperacion de la transitabilidad de la plataforma de la trocha carrozable Locroja - Marcayllo - Piso, afectado por