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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (09/08/2013)

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TEXTO PAGINA: 4

El Peruano Viernes 9 de agosto de 2013 500898 SE RESUELVE: Artículo 1°.- DAR POR CONCLUIDO el encargo efectuado a la Licenciada NANCY ANTONIETA VALDIVIA JAIMES, en las funciones de Jefa de la Unidad de Logística y Patrimonio del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2°.- DESIGNAR a la Abogada CLAUDIA MABEL ZANINI FERNÁNDEZ, como Jefa de la Unidad de Logística y Patrimonio del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL, del Ministerio de Agricultura y Riego, cargo considerado de confi anza. Artículo 3°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL (www.agrorural.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁLVARO MARTÍN QUIÑE NAPURÍ Director Ejecutivo (e) Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural – AGRO RURAL 972129-1 Encargan funciones de la Administración Local de Agua Jequetepeque RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 336-2013-ANA Lima, 2 de agosto de 2013 VISTO: El Informe Nº 441-2013-ANA-OA-URH, de la Unidad de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2010-AG, las Administraciones Locales de Agua son unidades orgánicas que administran las aguas de uso agrario y no agrario en sus respectivos ámbitos territoriales; Que, mediante Resolución Jefatural N° 267-2013- ANA, se encargó las funciones de la Administración Local de Agua Jequetepeque, a la señora Marta Luisa Campodónico Maldonado; Que, de acuerdo al Informe del visto, la citada funcionaria hará uso de su descanso físico del 12 al 27 de agosto de 2013, siendo necesario cubrir su ausencia a fi n que el normal desarrollo de la unidad orgánica antes mencionada no se vea afectada; Que, conforme a lo establecido en la Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por Decreto Supremo N°006-2010-AG, la Jefatura de la entidad está facultada transitoriamente para encargar mediante Resolución Jefatural las funciones de las Administraciones Locales de Agua; Con los vistos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, Ofi cina de Administración, Secretaría General y de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Encargar temporalmente, a partir del 12 hasta el 27 de agosto de 2013, al señor ROMÁN ICO FAÑAÑAN, las funciones de la Administración Local de Agua Jequetepeque, en adición a las funciones de su Contrato Administrativo de Servicios, suscrito con esta Autoridad. Artículo 2º.- Precísase, que al término del encargo de funciones a que se refi ere el artículo precedente, la señora MARTA LUISA CAMPODÓNICO MALDONADO, continuará ejerciendo las funciones de la Administración Local de Agua Jequetepeque. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTENEGRO CHAVESTA Jefe Autoridad Nacional del Agua 972434-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban precios de venta y la forma de pago para servicios de promoción de las exportaciones en eventos que se realizarán en Bolivia y Alemania RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 079-2013-PROMPERÚ/SG Lima, 31 de julio de 2013 Vistos, el Memorándum Nº 192-2013-PROMPERÚ/ SG-OPP de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Memorándum Nº 794-2013-PROMPERÚ/SG-OAF de la Ofi cina de Administración y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Secretaría General Nº 082- 2010-PROMPERÚ/SG, se aprobó la Carta de Servicios de PROMPERÚ, la misma que fue modifi cada por Resoluciones de Secretaría General Nºs. 098, 123 y 136- 2010-PROMPERÚ/SG, Nºs. 002, 013, 028, 045, 063, 076, 092, 093, 096, 118 y 134-2011-PROMPERÚ/SG, y Nºs. 002, 027, 059, 065, 078, 095, 115, 125, 130 y 149-2012- PROMPERÚ/SG, y Nºs. 010, 013, 022, 046, 057 y 072- 2013-PROMPERÚ/SG; Que, en el marco de las actividades de promoción de las exportaciones programadas, la Dirección de Coordinación de las Ofi cinas Comerciales del Perú en el Exterior, mediante Memorandos Nro. 359 y 396-2013- PROMPERÚ/DO, señala que tiene prevista la realización de las siguientes actividades de promoción: 1) Prospección y Rueda de Negocios Oruro Expo Minera 2013 y 2) Feria del Libro de Frankfurt 2013; razón por la cual solicita la aprobación de los precios de venta correspondientes a dichas actividades, conforme a la determinación de costos efectuada por la Ofi cina de Administración y Finanzas; Que, el literal c) del artículo 3º del Decreto Legislativo Nº 805 - Ley de creación de PROMPERÚ, en concordancia con el artículo 62º del Decreto Supremo Nº 009-2007- MINCETUR, lo faculta a obtener recursos por los servicios que ofrece, por lo que resulta necesario aprobar la relación de los servicios así como el precio de venta de los mismos; Que, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM faculta a las Entidades del Sector Público a desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, siendo requisito para ello que por Ley se las autorice y que mediante Resolución del Titular de la Entidad se establezca la descripción de los bienes y servicios objeto de comercialización, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, así como el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT, debiendo publicarse la referida Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano; De conformidad con la Ley Nº 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General, el Decreto Supremo Nº 088-2001-PCM, el literal n) del artículo 13º del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo – PROMPERÚ aprobado mediante Decreto Supremo Nº