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El Peruano Viernes 9 de agosto de 2013 500903 Vildoso Mazuelos, en el cargo público de confi anza de Director de Programa Sectorial II, Nivel F-3, de la Dirección de Control de Servicios de Seguridad Privada de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil – DICSCAMEC; Que, mediante Decreto Legislativo N° 1127, publicado el 7 de diciembre de 2012, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC, como un Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones; Que, de acuerdo al nuevo marco normativo, mediante Resolución Suprema N° 064-2013-IN publicada el 26 de junio de 2013, se designó al señor abogado Derik Roberto Latorre Boza en el cargo de Superintendente Nacional de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil –SUCAMEC; Que, en ese sentido, resulta necesario actualizar la designación de los funcionarios de SUCAMEC de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1127 y la Resolución Suprema N° 064-2013-IN, por lo que corresponde dar por concluida la designación efectuada conforme a la Resolución Ministerial N° 0261-2012-IN del 02 de abril de 2012; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que Regula la Participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos; el Decreto Legislativo N° 1135, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Legislativo N° 1127 que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil – SUCAMEC y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 010-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo Único.- Dar por concluida la designación del señor Alberto Ramón Vildoso Mazuelos, en el cargo público de confi anza de Director de Programa Sectorial II, Nivel F- 3, de la Dirección de Control de Servicios de Seguridad Privada de la Dirección General de Control de Servicios de Seguridad, Control de Armas, Munición y Explosivos de Uso Civil – DICSCAMEC, ahora Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de uso Civil – SUCAMEC, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. WILFREDO PEDRAZA SIERRA Ministro del Interior 972132-2 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Acceden a solicitudes de extradición activa de ciudadanos peruanos, ecuatoriano e israelí, y disponen su presentación por vía diplomática a Italia, República Dominicana, Israel y España RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 102-2013-JUS Lima, 8 de agosto de 2013 VISTO, el Informe de la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados Nº 054-2013/ COE-TC, del 15 de julio de 2013, sobre la solicitud de extradición activa a la República Italiana del ciudadano peruano DULDAL FORTUNATO RIVERA LEÓN, formulada por la Sala Mixta Descentralizada e Itinerante de Andahuaylas y Chincheros de la Corte Superior de Justicia de Apurímac; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5 del artículo 34º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, las Salas Penales conocen las extradiciones activas y pasivas; Que, en mérito a las atribuciones conferidas, la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, mediante Resolución Consultiva de fecha 04 de mayo de 2012, declaró procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano DULDAL FORTUNATO RIVERA LEÓN, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio – robo agravado, en agravio de Edgar Quispe Mallma y César Pocco Quispe (Expediente Nº 43-2012); Que, el literal “a” del artículo 28º de las Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, aprobadas por Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, establece que la Comisión Ofi cial de Extradiciones y Traslado de Condenados propone al Consejo de Ministros, a través del Ministro de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, la Comisión Oficial de Extradiciones y Traslado de Condenados ha emitido la opinión correspondiente mediante el Informe Nº 054-2013/COE-TC, del 15 de julio de 2013, en el sentido de acceder a la extradición; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 514º del Código Procesal Penal, promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión Ofi cial; De conformidad con el Tratado de Extradición entre la República del Perú y la República Italiana, suscrito en la ciudad de Roma, el 24 de noviembre de 1994; En uso de la facultad conferida en el inciso 8) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano DULDAL FORTUNATO RIVERA LEÓN, formulada por la Sala Mixta Descentralizada e Itinerante de Andahuaylas y Chincheros de la Corte Superior de Justicia de Apurímac y declarada procedente por la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado por la presunta comisión del delito contra el Patrimonio - robo agravado, en agravio de Edgar Quispe Mallma y César Pocco Quispe y disponer su presentación por vía diplomática a la República Italiana, de conformidad con el Tratado vigente y lo estipulado por las normas legales peruanas aplicables al caso. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por la Ministra de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República DANIEL FIGALLO RIVADENEYRA Ministro de Justicia y Derechos Humanos EDA A. RIVAS FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 972479-2