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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (09/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 18

El Peruano Viernes 9 de agosto de 2013 500912 Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos ubicados en los departamentos de Lima, Ica y Moquegua SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN N° 095-2013/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 23 de julio de 2013 Visto el Expediente N° 160-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 6 115,16 m², ubicado en la Zona Los Gramadales, Parcela 1, altura del Km. 31.5 de la Carretera Panamericana Norte, margen izquierda de la ruta Lima-Ancón, en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de ejecutar dichos actos respecto de los bienes estatales que se encuentran bajo su competencia, procurando optimizar su uso y valor, conforme a la Ley Nº 29151 - Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales - y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA; Que, revisada la base gráfica de propiedades con la que cuenta esta Superintendencia, se identificó el terreno de 6 267,06 m², ubicado en la Zona “Los Gramadales”, Parcela 1, altura del Km. 31.5 de la Carretera Panamericana Norte, margen izquierda de la ruta Lima-Ancón, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima, que se encontraría sin inscripción registral; Que, solicitada la consulta catastral pertinente, la Zona Registral N° IX – Sede Lima, con Ofi cio N° 752- 2013-SUNARP/Z.R.N°IX/GPI de fecha 19 de abril de 2013 remitió el Informe Técnico N° 5180-2013-SUNARP- Z.R.N°IX/OC de fecha 12 de abril de 2013, en el que concluye que el área en consulta se ubica en zona de cerros donde no se cuenta con información gráfi ca de planos con antecedentes registrales; Que, el tercer párrafo del artículo 16° del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios, aprobado con Resolución del Superintendente Nacional de los Registros Públicos N° 097-2013-SUNARP-SN establece que no impide la inmatriculación el informe técnico que señale la imposibilidad de determinar si el predio se encuentra inscrito o no. Que, realizada la inspección técnica con fecha 17 de mayo de 2013, se verifi có que el terreno es de naturaleza eriaza, de forma irregular, presenta un suelo arcilloso con afl oración rocosa, topografía relativamente accidentada y una pendiente pronunciada. Que mediante Ofi cio N° 0180-2013/SBN-DGPE- SDAPE, de fecha 18 de febrero se solicitó a COFOPRI que informe si existe algún procedimiento sobre el área materia de incorporación, siendo atendido con Informe N° 124-2013-COFOPRI/OZLC de fecha 25 de marzo de 2013 en el que señala que el terreno se encuentra superpuesto con el Centro Poblado “El Hermoso Huascarán”, y que dentro del Plan Operativo Institucional 2013 de la Ofi cina Zonal Lima-Callao, no se contempla realizar trabajos de saneamiento sobre el mismo; Que, en atención a lo señalado se redefi nió el predio susceptible a incorporarse a favor del Estado, el cual se ha reducido al área de 6 115,16 m² ubicado en la Zona “Los Gramadales”, Parcela 1, altura del Km. 31.5 de la Carretera Panamericana Norte, margen izquierda de la ruta Lima-Ancón, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; Que, el Artículo 23° de la Ley N° 29151 “Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales” establece que los predios que no se encuentren inscritos en el Registro de Predios y que no constituyan propiedad de particulares, ni de las Comunidades Campesinas y Nativas, son de dominio del Estado, por lo que corresponde tramitar la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 6 115,16 m², de conformidad con el Artículo 38° del Reglamento de la Ley N° 29151, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2008- VIVIENDA y la Directiva N° 001-2002/SBN, modifi cada por la Directiva Nº 003-2004/SBN, que regulan el trámite de inscripción de la primera de dominio de predios a favor del Estado; Que, los incisos a) y p) del Artículo 44° del “Reglamento de Organización y Funciones de la SBN” aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2010- VIVIENDA, de fecha 21 de diciembre de 2010, facultan a la Subdirección de Administración del Patrimonio Estatal, a sustentar y aprobar los actos de adquisición y administración de los bienes estatales bajo su competencia, así como a emitir las Resoluciones en materia de su competencia; De conformidad con la Ley Nº 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 007-2008-VIVIENDA y modifi catorias; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 092-2013/SBN-DGPE-SDAPE, de fecha 07 de junio de 2013; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Disponer la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 6 115,16 m², ubicado en la Zona “Los Gramadales”, Parcela 1 altura del Km. 31.5 de la Carretera Panamericana Norte, margen izquierda de la ruta Lima-Ancón, distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima; según el Plano N° 0606-2013/SBN-DGPE-SDAPE y Memoria Descriptiva N° 0265-2013/SBN-DGPE-SDAPE que sustentan la presente Resolución. Artículo 2°.- La Zona Registral N° IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, efectuará la primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno descrito en el artículo precedente, en el Registro de Predios de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS DELGADILLO CORAQUILLO Subdirector de Administración del Patrimonio Estatal (e) 971684-1 SUBDIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN DEL PATRIMONIO ESTATAL RESOLUCIÓN N° 101-2013/SBN-DGPE-SDAPE San Isidro, 23 de julio de 2013 Visto el Expediente N° 246-2013/SBN-SDAPE, correspondiente al trámite de primera inscripción de dominio a favor del Estado del terreno eriazo de 3 448 697,32 m², ubicado al Nor Este del Centro Poblado La Tinguiña, en el distrito de La Tinguiña, provincia y departamento de Ica; y CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales - SBN, es el Ente Rector del Sistema Nacional de Bienes Estatales encargado de normar y supervisar las acciones que realicen las entidades que conforman el mencionado Sistema, en materia de adquisición, disposición, administración y registro de los bienes estatales a nivel nacional, así como de