Norma Legal Oficial del día 17 de agosto del año 2013 (17/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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El Peruano Sabado 17 de agosto de 2013

Aprueban porcentajes maximos de viaticos en funcion de escala detallada en el articulo 5° del D.S. N° 047-2002PCM, para el caso de invitaciones de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa que incluyan financiamiento parcial
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 696-2013 DE/SG MORDAZA, 16 de agosto de 2013 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, aprueba normas reglamentarias sobre autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; Que, el articulo 5° del citado Decreto Supremo, modificado por el articulo 1° del Decreto Supremo N° 0562013-PCM, establece que los gastos que por concepto de viaticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores publicos, seran calculados conforme a la Escala de Viaticos por Zonas Geograficas detallada en el mencionado articulo; Que, asimismo, el MORDAZA parrafo del articulo 5° de la MORDAZA acotada precisa que, sobre la base de la referida Escala de Viaticos, mediante Resolucion del Titular de la Entidad, debidamente publicada en el Diario Oficial El Peruano, las Entidades del Sector Publico deberan aprobar menores asignaciones por concepto de viaticos tomando en consideracion las facilidades proporcionadas en el lugar de destino, la existencia de financiamiento parcial, duracion del viaje por capacitacion, entre otras circunstancias, privilegiando la austeridad del gasto fiscal; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar los porcentajes maximos de viaticos en funcion de la escala detallada en el articulo 5° del Decreto Supremo N° 0472002-PCM, para el caso de invitaciones de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa que incluyan financiamiento parcial; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley N° 29951 Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM del 05 de junio de 2002, modificado por el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM del 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/ SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias; que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar los porcentajes maximos de viaticos en funcion de la escala detallada en el articulo 5° del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, modificado por el articulo 1° del Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa, conforme al siguiente detalle: Financiamiento Parcial Porcentaje MORDAZA de viaticos 70% 40% 20%

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013 a favor del pliego Instituto Nacional de Defensa Civil
DECRETO SUPREMO Nº 206-2013-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, se aprobo entre otros el Presupuesto del Pliego 006 Instituto Nacional de Defensa Civil; Que, la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013, senala que en la Reserva de Contingencia se ha incluido hasta la suma de CINCUENTA MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 50 000 000,00) a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil ­ INDECI, para destinarla a realizar acciones durante el Ano Fiscal 2013, a fin de brindar una respuesta oportuna ante desastres de gran magnitud, que permita mitigar los efectos daninos por el inminente impacto de un fenomeno natural o antropico declarado, determinado por el organismo publico tecnicocientifico competente, y rehabilitar la infraestructura publica existente; Que, los literales b) y c) de la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley anteriormente mencionada, establecen que el INDECI es responsable del adecuado uso de los recursos provenientes de la Reserva de Contingencia a que se refiere la Ley en mencion, correspondiendo al Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Politica de Inversiones, dictar los criterios y procedimientos para sustentar la necesidad del uso de dichos recursos; Que, el numeral 7.1 del articulo 7 de la Directiva Nº 004-2012-EF/63.01 "Directiva que establece los criterios y procedimientos para el uso de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29952, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2013", senala que es competencia del INDECI ser responsable por el adecuado uso de los recursos MORDAZA senalados, asi como de solicitarlos a fin de incorporarlos a su presupuesto y transferirlos financieramente; Que, segun el articulo 10 de la Directiva referida en el considerando precedente, la emergencia por ocurrencia de desastres de gran magnitud o peligro inminente del mismo, se atiende a traves de dos formas de intervencion: Actividades de Emergencia, que son evaluadas y aprobadas por el INDECI; y Proyectos de Inversion Publica (PIP) de Emergencia, que son presentados a la Direccion General de Politica de Inversiones del Ministerio de Economia y Finanzas, la que, de corresponder, los declara elegibles; Que, el numeral 11.6 del articulo 11 de la citada Directiva, senala que el Titular del INDECI remite al Ministerio de Economia y Finanzas la solicitud de credito presupuestario, adjuntando el Informe del Director Nacional del INDECI aprobando las Fichas Tecnicas de Actividad de Emergencia debidamente suscrito por los funcionarios correspondientes, como requisito previo a la aprobacion del credito presupuestario, conforme a lo dispuesto por el articulo 13 de la referida Directiva; Que, el articulo 13 de la Directiva MORDAZA referida, establece que la transferencia de los recursos a que se refiere la MORDAZA Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29952, se autoriza de acuerdo a lo establecido en el articulo 45 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 28411, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 3042012-EF; Que, en aplicacion de lo MORDAZA senalado, el INDECI, a traves del Oficio Nº 876-2013/INDECI/4.0 solicita la suma de NOVENTA Y DOS MIL CATORCE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 92 014,00) los cuales seran transferidos a la Municipalidad Distrital de Machaguay de la Provincia

a) Si cubre alimentacion b) Si cubre hospedaje c) Si cubre hospedaje y alimentacion

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CATERIANO MORDAZA Ministro de Defensa 976009-1

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