Norma Legal Oficial del día 18 de agosto del año 2013 (18/08/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA 18 de agosto de 2013

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DISPOSICION COMPLEMENTARIA DEROGATORIA UNICA. Derogase el Decreto Legislativo 805, Ley de creacion de la Comision para la Promocion de Exportaciones (PROMPEX) (hoy PROMPERU). Comuniquese al senor Presidente Constitucional de la Republica para su promulgacion. En MORDAZA, a los veintiseis dias del mes de MORDAZA de dos mil trece. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente del Congreso de la Republica MORDAZA MORDAZA EGUREN NEUENSCHWANDER MORDAZA Vicepresidente del Congreso de la Republica AL SENOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA POR CUANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diecisiete dias del mes de agosto del ano dos mil trece. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Presidente del Consejo de Ministros
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a la remuneracion de los consejeros y agregados economicos comerciales, y no forma base de calculo para la compensacion por tiempo de servicios o cualquier otro MORDAZA de bonificaciones, asignaciones o entregas. Asimismo, no es prorrogable, extensivo, vinculante u homologable a ningun otro funcionario o servidor publico. Esta asignacion corresponde exclusivamente a la plaza, y se encuentra condicionada al servicio efectivo en la misma. En caso se produzca el traslado del consejero o agregado economico comercial a plaza distinta, este dejara de percibir la referida asignacion, debiendo adecuarse a los beneficios que le pudiera corresponder a la plaza de destino. El monto, criterios y condiciones para el otorgamiento de la Asignacion por Trabajo en el Exterior son aprobados mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Economia y Finanzas y el ministro de Comercio Exterior y Turismo, a propuesta de PROMPERU. Para dicho efecto, mientras el consejero o agregado economico comercial se encuentre ejerciendo funciones en el exterior en la plaza respectiva queda exonerado de las restricciones de ingresos establecidas en el Decreto de Urgencia 0382006, que modifica la Ley 28212 y dicta otras medidas. Las reglas indicadas en los parrafos precedentes se adecuaran a lo que establezca la Ley del Servicio Civil. A los consejeros y agregados economicos comerciales les es aplicable lo dispuesto en el inciso k) del articulo 8 y el articulo 11 de la Ley 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica. DISPOSICION COMPLEMENTARIA TRANSITORIA UNICA. Adecuacion de los instrumentos de gestion La Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo (PROMPERU), dentro de un plazo no mayor a ciento veinte (120) dias calendario, adecuara sus instrumentos de gestion a lo establecido por la presente Ley, conforme a la normatividad vigente.

REQUISITOS PARA PUBLICACI N EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autonomos, Organismos Publicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicacion de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos juridicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administracion, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentacion por publicar se recibira en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicacion debera adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su firma ante el Diario Oficial. 2.- Junto a toda disposicion, con o sin anexo, que contenga mas de una pagina, se adjuntara un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o este podra ser remitido al correo electronico normaslegales@ editoraperu.com.pe 3.- En toda disposicion que contenga anexos, las entidades deberan tomar en cuenta lo establecido en el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposicion y/o sus anexos que contengan tablas, deberan estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justificar; si incluyen graficos, su MORDAZA sera en extension PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposicion, con o sin anexos, que en total excediera de 6 paginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electronico sera considerado MORDAZA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicacion, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicacion se suspendera. 6.- Las cotizaciones se enviaran al correo electronico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener mas de 1 pagina o de incluir MORDAZA se cotizara con originales. Las cotizaciones tendran una vigencia de dos meses o segun el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCION

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