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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (18/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 20

El Peruano Domingo 18 de agosto de 2013 501366 A.3 LOCALIDAD DE DESAGUADERO La fórmula tarifaria, que contiene los incrementos tarifarios base, es la siguiente: 1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0,264) (1 + ĭ) T1 = To (1 + 0,264) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,135) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,135) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) Donde: To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 ĭ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor B. INCREMENTOS TARIFARIOS CONDICIONADOS La aplicación de los incrementos tarifarios condicionados está sujeta a la entrada en operación de los proyectos ejecutados o fi nanciados con recursos no reembolsables (donaciones), de acuerdo con lo establecido en el Anexo Nº 1 acápite B III.2, relacionados a los costos de operación y mantenimiento que permitirán la sostenibilidad de dichas inversiones. Cabe precisar, que los incrementos aprobados en el presente literal son adicionales a los incrementos previstos en el literal A del presente artículo. La SUNASS establecerá el incremento tarifario condicionado que corresponderá aplicar cuando se cumplan las condiciones previstas en el Anexo Nº 1 y el estudio tarifario de la EPS. Incrementos Tarifarios Condicionados Concepto Por el Servicio de Agua Potable Por el Servicio de Alcantarillado En la localidad de Puno, para cubrir los costos de operación y mantenimiento del: - - Proyecto “Mejoramiento del Sistema de Tratamientos de Aguas Residuales en la Ciudad de Puno, Provincia de Puno -Puno” (SNIP Nº 191815) 79% En la localidad de Puno, para cubrir los costos de operación y mantenimiento del: - Proyecto “Mejoramiento del Abastecimiento de Agua Potable del Centro Poblado de Jayllihuaya – Distrito de Puno, Provincia de Puno, Departamento de Puno” (SNIP Nº 165344) 3% Artículo 2º.- Aprobar la estructura tarifaria correspondiente al quinquenio regulatorio 2013-2018 para los servicios de agua potable y alcantarillado que brinda EMSAPUNO S.A., conforme al siguiente detalle: Por los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado. A. LOCALIDAD DE PUNO a. Cargo fi jo (S/. /Mes): 1,950. Se reajusta por efecto de la infl ación de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Tarifas. b. Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE RANGOS Tarifa (S/./m3) CATEGORÍA (m3/mes) Año 1 RESIDENCIAL Social 0 a 10 0,980 10 a más 1,361 Doméstico 0 a 10 0,980 10 a 20 1,035 20 a 25 2,105 25 a más 2,306 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 30 1,608 30 a más 3,429 Industrial 0 a 60 3,130 60 a más 4,719 Estatal 0 a 35 1,431 35 a más 2,306 El incremento tarifario base previsto en la fórmula tarifaria para el primer año regulatorio está incorporado en la estructura tarifaria. c. Cargo por Volumen de Alcantarillado CLASE RANGOS Tarifa (S/./m3) CATEGORÍA (m3/mes) Año 1 RESIDENCIAL Social 0 a 10 0,315 10 a más 0,437 Doméstico 0 a 10 0,315 10 a 20 0,332 20 a 25 0,676 25 a más 0,741 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 30 0,516 30 a más 1,101 Industrial 0 a 60 1,005 60 a más 1,515 Estatal 0 a 35 0,459 35 a más 0,741 El incremento tarifario base previsto en la fórmula tarifaria para el primer año regulatorio está incorporado en la estructura tarifaria. d. Asignación Máxima de Consumo VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social Doméstico Comercial Industrial Estatal 16 16 30 60 40 90 150 En el estudio tarifario se establece la forma en que se aplicarán las asignaciones máximas de consumo para la categoría estatal. EMSAPUNO S.A. dará a conocer a los usuarios la estructura tarifaria que se derive de la aplicación de los incrementos previstos en la fórmula tarifaria y reajustes de tarifa por efecto de la infl ación tomando como base el IPM. Para determinar el importe a facturar por el servicio de agua potable a los usuarios de la categoría doméstico, se le aplicarán las tarifas establecidas para cada nivel de consumo de acuerdo al procedimiento siguiente: 1. Al volumen consumido comprendido dentro del primer rango (0 a 10m3), se le aplicará la tarifa correspondiente a dicho rango.