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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2013 (18/08/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 19

El Peruano Domingo 18 de agosto de 2013 501365 TUPA de la entidad, o relacionados con la aplicación de sanciones administrativas; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento General del Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº 055-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car el Texto Único Ordenado de Criterios Específi cos de Sanción aplicables a las infracciones administrativas previstas en la Tipifi cación y Escala de Multas y Sanciones de Hidrocarburos, aprobado por la Resolución de Gerencia General Nº 352 y modifi cado por la Resolución de Gerencia General N° 391, de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2º.- La presente norma entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo 3º.- Autorizar la publicación de la presente resolución en el diario ofi cial El Peruano y con su Anexo, en el portal electrónico de OSINERGMIN (www.osinergmin. gob.pe) y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob. pe). Regístrese y comuníquese LEONCIO JULIO SALVADOR JACOME Gerente General (e) 976384-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión de EMSAPUNO S.A. para el quinquenio regulatorio 2013 - 2018 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 022-2013-SUNASS-CD Lima, 1 de agosto de 2013 VISTO: El Informe Nº 033-2013-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifaria que presenta: i) El estudio tarifario fi nal con la propuesta de la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión que serán aplicados por EMSAPUNO S.A. y ii) Los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 005-2012-SUNASS- GRT se iniciaron los procedimientos de aprobación de: i) La fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión y ii) Los costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales de EMSAPUNO S.A.; Que, según el informe de visto -el cual forma parte integrante de la presente resolución- de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas1, se ha cumplido con: i) Publicar en el Diario Oficial El Peruano el proyecto de resolución que aprueba la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales; ii) Realizar la audiencia pública correspondiente el 10 de mayo de 2013 y iii) Elaborar el estudio tarifario final y el informe de evaluación de la propuesta final de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales (que contienen la evaluación de los comentarios realizados a los proyectos publicados y los expresados con ocasión de la audiencia pública); Que, sobre la base del Informe Nº 033-2013-SUNASS- 110, el Consejo Directivo considera que corresponde aprobar la fórmula tarifaria, estructura tarifaria y metas de gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los precios de los servicios colaterales de EMSAPUNO S.A.; y disponer la constitución del fondo para fi nanciar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa; Que, teniendo en cuenta lo dispuesto por la Ley Nº 29644, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres se ha previsto en la fórmula tarifaria recursos que coadyuven al cumplimiento de la referida norma; El Consejo Directivo en su sesión del 24 de julio de 2013; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Aprobar la fórmula tarifaria que será de aplicación a EMSAPUNO S.A. para el próximo quinquenio regulatorio 2013-2018, mediante incrementos tarifarios base e incrementos tarifarios condicionados, de acuerdo con lo especifi cado a continuación: A. INCREMENTOS TARIFARIOS BASE A.1 LOCALIDAD DE PUNO La fórmula tarifaria, que contiene los incrementos tarifarios base, es la siguiente: 1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0,264) (1 + ĭ) T1 = To (1 + 0,264) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,121) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,121) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,135) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,135) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) Donde: To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 ĭ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor A.2 LOCALIDAD DE ILAVE La fórmula tarifaria, que contiene los incrementos tarifarios base, es la siguiente: 1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0,264) (1 + ĭ) T1 = To (1 + 0,264) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,074) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,074) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) Donde: To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 ĭ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor 1 Aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-CD y sus modifi catorias.