Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2013 (10/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano Martes 10 de diciembre de 2013

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poblacional de la MORDAZA MORDAZA (Columbia livia), en la jurisdiccion del Distrito de La Perla. Articulo Segundo.- Objetivo, Prevenir los factores que favorecen la permanencia y reproduccion de esta ave como son: alimentacion, proporcion de agua y de refugio en zonas publicas y dentro de las viviendas DE LAS MEDIDAS DE CONTROL a.- No alimentar directa o indirectamente a las palomas - Entiendase indirectamente como: sacar bolsas de basura fuera de horario en lugares publicos (via publica o parques). b.- No proporcionar agua directa o indirectamente a las palomas dentro o fuera de las viviendas. - Entiendase indirectamente como: regar los jardines evitando empozamiento de agua. c.-No generar ambientes directa o indirectamente que puedan servir de refugio a las palomas. - Entiendase indirectamente como acumulacion de objetos inservibles en las azoteas o espacios abiertos como patios. d.- La Gerencia de Sanidad, mediante la Sub Gerencia de Salubridad, brinde a la poblacion informacion educativa y de sensibilizacion respecto a la problematica de sobrepoblacion de palomas en el Distrito y el riesgo de salud publica que representa. 2.DE LAS SANCIONES a. De las sanciones. Quienes incumplan las medidas, seran sancionados con: - Notificaciones preventivas (mediante carta de la Gerencia de Sanidad) - Multa Efectiva: 2.5 % U.I.T. - Multa por reincidencia: 5.0 % U.I.T. b. Incorporese en el cuadro de Infracciones y Sanciones y Medidas complementarias del regimen de Aplicacion de Sanciones Administrativas RAS, aprobado mediante Ordenanza Nº 020-2008-MDLP, la siguiente infraccion. GERENCIA DE SANIDAD SALUD HUMANA Y SANEAMIENTO AMBIENTAL
CODIGO INFRACCION SANCION MEDIDA COMPLEMENTARIA

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen medidas de control del crecimiento poblacional de palomas en el distrito
ORDENANZA Nº 014-2013-MDLP La MORDAZA, 1 de diciembre del 2013 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha, 1 de diciembre del 2013; La Mocion de Orden del dia presentado por el presidente de la Comision Ordinaria de Servicios Sociales el Proyecto de Ordenanza de MORDAZA sobre el Control Poblacional de Palomas del Distrito de La Perla; y CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, senala: "Las municipalidades provinciales y distritales son los organos de gobierno local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, la misma que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, con sujecion al ordenamiento juridico". Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 80º, inciso 3.2.de la Ley Organica de Municipalidades, la cual senala que es funcion especifica exclusiva de las Municipalidades Distritales: "Regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, industriales, viviendas, escuelas, piscinas, playas y otros lugares publicos locales". Que, el Concejo Distrital de La MORDAZA, en cumplimiento a los acuerdo en el Taller "Experiencias de Control de Plagas Urbanas en los Gobiernos Locales de la Region Callao", organizado por la Comision Regional Ambiental del Callao", organizado por la Gerencia del Medio Ambiente de la Municipalidad Provincial del Callao y al Plan de trabajo elaborado en la mesa de trabajo multisectorial para el analisis de estrategias de prevencion y control de riesgos a la salud publica relacionados a la presencia de aves exoticas invasoras en ciudades convocado por DIGESA. Que, segun las inspecciones sanitarias realizadas en lugares senalados por vecinos del Distrito se concluye que la situacion actual, es un riesgo sanitario, ya que a traves de sus heces, se pueden transmitir infecciones intestinales y respiratorias, por inhalacion o ingestion de alimentos, causados por las bacterias como: Salmonella sp, Clamidophila sp. y hongos como: Aspergillus sp. y Criptococcus neoformans. Que, habiendose sometido a debate y a la deliberacion ante el Pleno del Concejo Municipal, el mismo que ha emitido su pronunciamiento final. Estando con la opinion favorable mediante el Informe N° 052-2013-GS/MDLP de la Gerencia de Sanidad; el Informe N° 311-2013-GAJ/MDLP de la Gerencia de Asesoria Juridica; Estando a lo expuesto y, de conformidad a lo establecido por el Articulo 9º, numeral 9º, Articulos 38º, 39º, y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, y con el MORDAZA UNANIME de los Senores (as) Regidores(as), con dispensa de lectura y la aprobacion del Acta, se ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA MORDAZA SOBRE EL CONTROL POBLACIONAL DE PALOMAS DEL DISTRITO DE LA MORDAZA 1. DISPOSICIONES GENERALES Articulo Primero.- Ambito de Aplicacion: La presente Ordenanza regula las medidas de control del crecimiento

Por atentar contra la salubridad y salud publica, proporcionando alimento de cualquier MORDAZA a las 03.064 2.5% UIT palomas en lugares publicos, asi como privados directa o indirectamente Por reincidencia 5.0% UIT

Denuncia Penal

Denuncia Penal

Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Cuarto.- Encarguese a la Gerencia Sanidad a traves de la Sub Gerencia de Salubridad el cumplimiento. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1025417-1

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