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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (10/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 17

El Peruano Martes 10 de diciembre de 2013 508935 mayores costos por ampliaciones del plazo de ejecución de la “Obra Lote 3: Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo, del Proyecto Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Cusco - Convenio de Préstamo N° PE–P29”. Asimismo, informa que se cuenta con la disponibilidad presupuestal hasta por la suma de S/. 7 090 521,00, con cargo al Presupuesto 2013 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa Presupuestal 0082: Agua y Saneamiento para la Población Urbana, Producto 3.000001: Acciones Comunes, Actividad 5.001777: Transferencias de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 4: Donaciones y Transferencias; Que, el literal b) numeral 12.1 del artículo 12° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, autoriza en el presente año fi scal la realización de manera excepcional de transferencias fi nancieras, entre otros, para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables y las operaciones ofi ciales de crédito celebrados en el marco de la normativa vigente; asimismo, el numeral 12.2 del referido artículo, establece que las transferencias fi nancieras autorizadas por en el párrafo 12.1 se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante Resolución del Titular del Pliego, la misma que se publica en el Diario Ofi cial El Peruano; y, De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; y en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto aprobado mediante Decreto Supremo N° 304-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/. 7 090 521,00 (SIETE MILLONES NOVENTA MIL QUINIENTOS VEINTIUNO Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Municipal Prestadora de Servicios de Saneamiento del Cusco Sociedad Anónima - EPS SEDACUSCO S.A, destinada al fi nanciamiento de la “Obra Lote 3: Planta de Tratamiento de Aguas Residuales de San Jerónimo, del Proyecto Ampliación del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de la ciudad de Cusco”, en el marco del Convenio de Préstamo PE-P29. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo a los recursos aprobados en el Presupuesto Institucional 2013, del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Programa 0082: Agua y Saneamiento para la Población Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento Urbano. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la transferencia autorizada por el artículo 1° del presente dispositivo no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo El Programa Nacional de Saneamiento Urbano es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para los cuales se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el numeral 12.3 del artículo 12 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013. Artículo 5.- Información La EPS SEDACUSCO S.A. informará al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, los avances físicos y fi nancieros de la ejecución del proyecto a su cargo, con relación a su cronograma de ejecución y a las disposiciones contenidas en el Convenio y Adendas correspondientes, para efectos de lo dispuesto en el artículo 4 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RENÉ CORNEJO DÍAZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1025419-1 ORGANISMOS EJECUTORES INSTITUTO PERUANO DE ENERGIA NUCLEAR Aprueban Reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal del IPEN RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 238-13-IPEN/PRES Lima, 4 de diciembre de 2013 VISTO: El Memorándum Nº 565-13-PLPR y el Informe Técnico Nº 002-2013-PLPR/RACI de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe Legal N° 034- 13-ASJU de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se establecen los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado, que tiene por fi nalidad fundamental, la obtención de mayores niveles de efi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, con Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM, se aprueban los lineamientos generales para la elaboración del Cuadro para Asignación de Personal – CAP de las entidades de la Administración Pública, con la fi nalidad de contar con un instrumento de gestión institucional que contenga la correcta defi nición de los cargos acorde con la estructura orgánica de la entidad y con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece la Ley Nº 27658, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 062-2005-EM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Peruano de Energía Nuclear - IPEN, el cual establece y norma la estructura, la organización y las funciones del IPEN, y las relaciones con sus órganos desconcentrados; Que, con Resolución Suprema N° 037-2006-EM, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal – CAP del Instituto Peruano de Energía Nuclear – IPEN, siendo que el último Reordenamiento de cargos del CAP fue aprobado con Resolución de Presidencia N° 004-13-IPEN/PRES; Que, el artículo 13 del Decreto Supremo N° 043-2004- PCM, señala que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP que se genere por la eliminación o creación de cargos, que no incidan en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal - PAP de la Entidad, no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP. Asimismo, indica que dicha acción podrá aprobarse mediante Resolución o dispositivo legal que corresponda al Titular de la Entidad, previo informe del órgano responsable a que se refi ere el artículo 6;