Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2013 (10/12/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano Martes 10 de diciembre de 2013

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VISTOS: La carta P/236.10.13/GL, del 11 de octubre de 2013, de la Camara de Comercio de MORDAZA y la carta CONFIEP PRE-279/13, del 22 de noviembre de 2013, de la Confederacion Nacional de Instituciones Empresariales Privadas ­ CONFIEP; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 5.2 del articulo 5º de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, establece que el Consejo Directivo de este organismo esta integrado entre otros, por tres representantes de los empleadores, uno de los cuales, representa a la pequena y micro empresa, elegidos por sus organizaciones representativas; Que, el numeral 5.3 del articulo 5º de la citada Ley establece que los mandatos del Consejo Directivo son ejercidos por dos (2) anos, pudiendo ser renovados por una sola vez por un periodo igual; Que, mediante Resolucion Ministerial N° 327-2011TR, se reconocio al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante de los empleadores ante el Consejo Directivo de ESSALUD, en representacion de la pequena y micro empresa; el mismo que debe darse por concluido, al haber vencido el plazo MORDAZA para su ejercicio; Que, asimismo, el articulo 9º del Decreto Supremo Nº 002-2009-TR, Reglamento de la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, establece que los representantes de los empleadores, elegidos por cada uno de los gremios empresariales representativos, seran reconocidos mediante Resolucion Ministerial del Sector entre las propuestas alcanzadas por cada una de las organizaciones representativas; Que, el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, ha recibido la carta P/236.10.13/GL, del 11 de octubre de 2013, de la Camara de Comercio de MORDAZA y la carta CONFIEP PRE-279/13, del 22 de noviembre de 2013, de la Confederacion Nacional de Instituciones Empresariales Privadas ­ CONFIEP, mediante el cual presentan una terna de candidatos para la evaluacion y designacion del MORDAZA representante de la pequena y micro empresa ante el Consejo Directivo de ESSALUD; Que, es atribucion de la Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo, reconocer a los representantes de los empleadores ante el Consejo Directivo de ESSALUD, de entre las propuestas alcanzadas por las organizaciones empresariales representativas; Con la visacion del Jefe de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud, ESSALUD; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo y el literal d) del articulo 7° del Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2010-TR; SE RESUELVE: Articulo 1°.- DAR POR CONCLUIDO el reconocimiento del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante de los empleadores ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, en representacion de la pequena y micro empresa, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2°.- RECONOCER al senor MORDAZA MORDAZA BALTA MORDAZA como representante de los empleadores ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud ­ ESSALUD, en representacion de la pequena y micro empresa. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA LAOS MORDAZA Ministra de Trabajo y Promocion del Empleo 1025681-1

VISTA: La necesidad de convocar a Concurso Publico de Admision de la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de MORDAZA para el Ano Lectivo 2014; CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al articulo 64° de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la Ley N° 29318, la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de MORDAZA es el centro de formacion profesional en relaciones internacionales, diplomacia y gestion publica externa, de los aspirantes y miembros del servicio diplomatico; Que, conforme al articulo 65° de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la Ley N° 29318, en concordancia con el Reglamento Organico de la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, aprobado por el Decreto Supremo N° 013-1984/RE, la Academia Diplomatica del Peru goza de autonomia academica y administrativa, y el Ministerio de Relaciones Exteriores fija anualmente el numero de vacantes para el ingreso al Ciclo de Formacion Profesional de la referida Academia; Que, segun el articulo 67° de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la Ley N° 29318, para postular a la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, se requiere haber obtenido el grado academico de Bachiller universitario. El Reglamento Organico de la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de MORDAZA fija los demas requisitos de ingreso; Que, la seleccion de los aspirantes al Servicio Diplomatico de la Republica es responsabilidad de la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de Cuellar; Teniendo en cuenta las necesidades de personal previstas para el Servicio Diplomatico de la Republica y el Memorandum (ADP) N° ADP0172/2013, de la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, de 29 de agosto de 2013; De conformidad con la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica y su modificatoria la Ley N° 29318; el Decreto Supremo Nº 013-1984/RE, Reglamento Organico de la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de Cuellar; el Decreto Supremo N° 16-1989/RE; el Decreto Supremo N° 01-1994/RE; el Decreto Supremo 045-1997/RE; el Decreto Supremo N° 089-2004/RE; el Decreto Supremo N° 024-2005/RE y la Ley N° 28598; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Convocar a Concurso Publico de Admision a la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de MORDAZA para el Ano Lectivo 2014. Articulo 2°.- Fijar hasta un MORDAZA de veinte (20) las plazas vacantes para el Primer Ano del Ciclo de Formacion Profesional de la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de Cuellar. Articulo 3°.- El ingreso a la Academia Diplomatica del Peru MORDAZA MORDAZA de MORDAZA sera por estricto orden de meritos y dentro del numero de vacantes senaladas precedentemente. Registrese, comuniquese y publiquese. EDA MORDAZA FRANCHINI Ministra de Relaciones Exteriores 1025590-1

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Reconocen a representante de los empleadores ante el Consejo Directivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD, en representacion de la pequena y micro empresa
RESOLUCION MINISTERIAL N° 229-2013-TR MORDAZA, 9 de diciembre de 2013

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