Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2013 (10/12/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 14

El Peruano Martes 10 de diciembre de 2013 508932 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Autorizan viaje de profesionales a Brasil, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 007-2013-MIMP Lima, 9 de diciembre de 2013 CONSIDERANDO: Que, el 31 de Octubre de 2011, se suscribió el Acuerdo Complementario al Convenio Básico de Cooperación Técnica y Científi ca entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Federativa de Brasil, para la implementación del proyecto “Fortalecimiento de la Gestión de Monitoreo y Evaluación en el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables” del Perú, en la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil y ratifi cado mediante Decreto Supremo Nº 140-2011-RE de fecha 17 de diciembre de 2011; Que, el 4 de mayo de 2012, se suscribe, entre el Ministerio de Desarrollo Social y Combate al Hambre del Brasil y el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables de Perú, el proyecto “Fortalecimiento de la Gestión de Monitoreo y Evaluación de Programas Sociales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”, que tiene como objetivo fortalecer la gestión del monitoreo y evaluación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables y sus Programas Nacionales mediante la articulación del sector, priorizando el desarrollo de capacidades de la red de monitoreo del Sector, el desarrollo de herramientas de gestión de información; así como garantizar canales que permitan el control de las acciones del Estado con la fi nalidad de obtener mayores niveles de efi ciencia, siendo que para el desarrollo de dicho proyecto se ha previsto, entre otras actividades, la Actividad A1.3: Realizar visita técnica de especialistas peruanos al Brasil para profundizar los conocimientos de los instrumentos de gestión de la información del Brasil; Que, la Titular del Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables ha dado su conformidad para que el señor Joel Percy Mitacc Alca, profesional de la Ofi cina de Monitoreo y Evaluación de la Ofi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, y la señora Isabel Jesús Salcedo Quesada, profesional de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF, participen en la ejecución de la Actividad A1.3, por encontrarse comprendida como una actividad para el desarrollo del proyecto “Fortalecimiento de la Gestión de Monitoreo y Evaluación de Programas Sociales del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables”; Que, el penúltimo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las señaladas en los literales del citado numeral, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, en tal sentido y siendo de interés para el Sector Mujer y Poblaciones Vulnerables, resulta necesario autorizar el viaje del señor Joel Percy Mitacc Alca, profesional de la Ofi cina de Monitoreo y Evaluación de la Ofi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, y de la señora Isabel Jesús Salcedo Quesada, profesional de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; cuyos gastos de pasajes aéreos, serán asumidos con cargo a las Unidades Ejecutoras 001 Administración Nivel Central y 006 Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Pliego Presupuestal 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 1098, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, en la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM y el Decreto Supremo Nº 056- 2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, por excepción, el viaje del señor Joel Percy Mitacc Alca, profesional de la Ofi cina de Monitoreo y Evaluación de la Ofi cina General de Monitoreo, Evaluación de Políticas y Gestión Descentralizada, y de la señora Isabel Jesús Salcedo Quesada, profesional de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto del Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, a la ciudad de Brasilia, República Federativa del Brasil, del 10 al 14 de diciembre de 2013, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán con cargo a las Unidades Ejecutoras 001 Administración Nivel Central y 006 Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar – INABIF del Pliego Presupuestal 039: Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conforme al siguiente detalle: Sres. Joel Percy Mitacc Alca e Isabel Jesús Salcedo Quesada Pasajes aéreos (x 2) (incluye TUUA y otro) US$ 4 066,08 TOTAL US$ 4 066,08 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados profesionales deberán presentar a la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO Presidente del Consejo de Ministros ANA JARA VELÁSQUEZ Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables 1025734-5 RELACIONES EXTERIORES Convocan a Concurso Público de Admisión a la Academia Diplomática del Perú Javier Pérez de Cuéllar para el Año Lectivo 2014 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1020/RE-2013 Lima, 7 de diciembre de 2013