Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2013 (05/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de enero de 2013

sede central seran resueltas en MORDAZA y MORDAZA instancia por el Jefe de la OCMA, dentro del mismo plazo senalado en el parrafo precedente. Las apelaciones interpuestas contra las resoluciones dictadas por los Jefes de las ODECMAs las resuelve el Jefe de la OCMA, y las que imponga este ultimo el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dentro del plazo previsto por el articulo 106° de la Ley Organica del Poder Judicial. En el supuesto que la suspension preventiva sea dictada conjuntamente con la propuesta de destitucion contra Jueces de Paz y auxiliares jurisdiccionales o de control, no se tramitara en cuerda separada, debiendo elevarse juntamente con el principal para su resolucion por el organo competente." Articulo Segundo.- Incorporar el articulo 94°-A al ahora denominado "Reglamento del Procedimiento Disciplinario de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial", aprobado mediante Resolucion Administrativa N° 229-2012CE-PJ, de la fecha, en los siguientes terminos: "Articulo 94°-A.- Modalidades de notificaciones.La notificacion de los actos administrativos e informes del magistrado contralor competente, en todos sus niveles, deben ajustarse a las formalidades previstas por ley. Las modalidades de notificacion son las previstas en el articulo 20° de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley N° 27444. Si se cuenta con los medios logisticos necesarios, se utilizaran los medios electronicos como formas de comunicacion, en remplazo de las otras modalidades, entre la sede central de la OCMA y los organos desconcentrados, para lo cual se requiere la correspondiente resolucion administrativa emitida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Para efectos de agilizar el tramite de los procedimientos disciplinarios esta permitido el uso de la videoconferencia para la realizacion de audiencias e informes orales, los que deberan quedar registrados en soporte magnetico y conservarse en el expediente principal." Articulo Tercero.- Precisar que en consonancia con las modificaciones incorporadas al "Reglamento del Procedimiento Disciplinario de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial", aprobado mediante Resolucion Administrativa N° 229-2012-CE-PJ, de la fecha, toda alusion que alli aparezca respecto al Jefe de la OCMA en lo concerniente a la calificacion de quejas y apertura de investigaciones, se debera entender que se encuentra referida al Jefe de la Unidad de Linea competente de la sede central, y cuya denominacion ya no sera de "Responsable de Unidad" sino de "Jefe de Unidad". Articulo Cuarto.- Derogar la Tercera Disposicion Final del anterior Reglamento de Organizacion y Funciones de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, aprobado mediante Resolucion Administrativa N° 129-2009-CE-PJ, de fecha 23 de MORDAZA de 2009, y ahora denominado "Reglamento del Procedimiento Disciplinario de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial", aprobado mediante Resolucion Administrativa N° 229-2012-CE-PJ, de la fecha. Articulo Quinto.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web del Poder Judicial, para el cumplimiento de los fines de publicidad y transparencia respectivos. Articulo Sexto.- Transcribir la presente resolucion al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia del MORDAZA, Oficinas Desconcentradas de Control de la Magistratura, Organo de Control Institucional, Gabinete de Asesores de la Presidencia del Poder Judicial, Procuraduria Publica del Poder Judicial y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. S. MORDAZA SAN MORDAZA MORDAZA Presidente 885416-1

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
FE DE ERRATAS RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 001-2013-P-PJ Mediante Oficio Nº 002-2013-SG-CS-PJ, la Corte Suprema de Justicia de la Republica solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Administrativa Nº 0012013-P-PJ, publicada en la edicion del dia 3 de enero de 2013. DICE: Articulo Primero: SALA CIVIL PERMANENTE 2. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEBE DECIR: Articulo Primero: SALA CIVIL PERMANENTE 2. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 884581-1

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Establecen la conformacion de MORDAZA Superiores de la Corte Superior de Justicia del Callao para el Ano Judicial 2013
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 01-2013-P-CSJCL/PJ Callao, 2 de enero de 2013 LA PRESIDENCIA DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DEL CALLAO VISTO y CONSIDERANDO: Que, conforme lo establece el inciso 7) del Articulo 90° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, concordante con el articulo 91° del mismo cuerpo de leyes, es atribucion del Presidente de la Corte Superior de Justicia, conformar las MORDAZA Superiores al inicio de cada Ano Judicial. Que, en ese sentido, corresponde proceder a la conformacion de las MORDAZA Superiores permanentes y transitorias de esta Corte Superior de Justicia, para el Ano Judicial 2013. En consecuencia, en uso de la atribucion mencionada en el primer considerando. SE RESUELVE: Articulo Primero.- CONFORMAR las MORDAZA Superiores de la Corte Superior de Justicia del Callao para el Ano Judicial 2013, quedando integradas de la siguiente forma:
PRIMERA SALA CIVIL - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Dra. MORDAZA del MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA SALA CIVIL - Dr. MORDAZA MORDAZA Ramal Barrenechea - Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA - Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Juez Superior (P) Juez Superior (P) Presidente Juez Superior (P) Juez Superior (P)

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