TEXTO PAGINA: 67
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de enero de 2013 485593 VISTOS: Las Resoluciones Administrativas Nºs. 001 y 002- 2013-P-CSJL/PJ de fechas 02 y 03 de enero del presente año; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de cautelar la pronta administración de justicia, conforme lo establecido en el artículo 90° numeral 4 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Que, constituye principio rector previsto en la Ley de la Carrera Judicial, la designación y promoción de los Jueces, de acuerdo a los criterios de especialización, méritos y antigüedad. Que, en función a lo señalado, resulta pertinente proceder a la reconformación de determinadas Salas Superiores de esta Corte Superior, medida que redundará en un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables. Que, en virtud a lo establecido en los incisos 3, 4 y 9 del artículo 90° de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECONFORMAR las Salas Superiores de la Corte Superior de Justicia de Lima, para el Año Judicial 2013, quedando integradas de la siguiente manera: PRIMERA SALA CIVIL Dr. Ángel Henry Romero Díaz Presidente Dr. Carlos Giovani Arias Lazarte Titular Dra. Marcela Teresa Arriola Espino Titular SEGUNDA SALA CIVIL Dra. Carmen Yleana Martínez Maravi Presidente Dr. Jesús Manuel Soller Rodríguez Titular Dr Cesar Augusto Solis Macedo Titular TERCERA SALA CIVIL Dr. Arnaldo Rivera Quispe Presidente Dra. Rosa María Ubillus Fortini Titular Dra. Dora Zoila Ampudia Herrera Titular SEXTA SALA CIVIL Dr. Julio Martín Wong Abad Presidente Dra. Emilia Bustamante Oyague Titular Dra. María Leticia Niño Neira Ramos Titular SEGUNDA SALA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA Dr. Juan Miguel Ramos Lorenzo Presidente REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL