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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2013 (05/01/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 5 de enero de 2013 485580 Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2013 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señor Carlos Roberto Drago Llanos Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto – TUUA) US$ 1 388,18 Viáticos US$ 1 100,00 Señor Víctor Martín Ramos Chávez Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto – TUUA) US$ 1 467,70 Viáticos US$ 1 100,00 Señor Alfred Wilhelm Hamann Mangner Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto – TUUA) US$ 1 617,70 Viáticos US$ 1 320,00 Señor Michael Paul Ruiz Oliver Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto – TUUA) US$ 1 388,10 Viáticos US$ 1 100,00 Señor Omar Gonzales Elias Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto – TUUA) US$ 1 424,17 Viáticos US$ 1 320,00 Señor Miguel Angel Ortiz Gallegos Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto – TUUA) US$ 1 424,17 Viáticos US$ 1 320,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los funcionarios deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 885419-1 Autorizan viaje de trabajadora a los EE.UU. para participar en la Conferencia Anual C-TPAT 2013 “Seguridad Global Unificada: El Desafío por Delante” RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 003-2013/SUNAT Lima, 4 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que mediante comunicación de fecha 13 de diciembre de 2012, el Director interino de la Ofi cina de Operaciones de Campo del C-TPAT (Customs - Trade Partnership Against Terrorism), cursa invitación a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria – SUNAT, para que participe en la Conferencia Anual del C-TPAT 2013 “Seguridad Global Unifi cada: El Desafío por Delante”, que se llevará a cabo en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América, del 8 al 10 de enero de 2013; Que el citado evento tiene como objetivo servir de plataforma para el acercamiento entre el sector privado y el gobierno, como foro de discusión de nuevas formas de hacer más seguro el comercio internacional de manera integral entre las aduanas y sus socios estratégicos del sector privado certifi cados como C-TPAT. Esta conferencia incluirá temas como reconocimiento mutuo, colaboración entre el C- TPAT y otras entidades de gobierno, benefi cios tangibles, y actualizaciones de seguridad de la cadena logística; Que en tal sentido, siendo de interés institucional para la SUNAT la concurrencia de sus trabajadores a eventos de esta naturaleza, mediante correo de fecha 28 de diciembre de 2012, la Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas designó a la trabajadora Blanca Luisa Barandiarán Asparrin, Gerente (e) Operador Económico Autorizado de la Intendencia Nacional de Prevención del Contrabando y Fiscalización Aduanera, para que participe en el referido evento; Que el numeral 1 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley de Fortalecimiento de la SUNAT, aprobada por Ley N.° 29816, dispone que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT aprueba sus propias medidas de austeridad y disciplina en el gasto, no siéndole aplicables las establecidas en las Leyes Anuales de Presupuesto u otros dispositivos; Que en tal virtud, mediante Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT se aprobaron las normas de austeridad y disciplina en el gasto de la SUNAT, aplicables a partir del Año Fiscal 2012, en las que se prevé la prohibición de viajes al exterior de los trabajadores de la SUNAT, con cargo al presupuesto institucional, salvo los que se efectúen con la fi nalidad de cumplir con los objetivos institucionales y los que se realicen en el marco de la negociación de acuerdos o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; Que asimismo, el numeral 2 de la Séptima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29816, establece que mediante Resolución de Superintendencia, la SUNAT autorizará los viajes al exterior de sus funcionarios y servidores; Que en consecuencia, siendo que dicho viaje cumple con lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia 013-2012/SUNAT, resulta necesario autorizar el viaje de la citada funcionaria del 7 al 11 de enero de 2013; debiendo la SUNAT asumir, con cargo a su presupuesto los gastos por concepto de pasajes aéreos que incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA), y los viáticos, y; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes N.os 27619 y 29816, el Decreto Supremo N.° 047-2002-PCM y la Resolución de Superintendencia N.° 013-2012/SUNAT; y en uso de la facultad conferida por el literal u) del Artículo 19° del Reglamento de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado por Decreto Supremo N.° 115-2002- PCM, modifi cado por los Decretos Supremos N.os 029- 2012-EF y 259-2012-EF; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señora Blanca Luisa Barandiarán Asparrin, Gerente (e) Operador Económico Autorizado de la Intendencia Nacional de Prevención del Contrabando y Fiscalización Aduanera, del 7 al 11 de enero de 2013, para participar en la Conferencia Anual C-TPAT 2013. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto del 2013 de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria - SUNAT, de acuerdo al siguiente detalle: Señora Blanca Luisa Barandiarán Asparrin Pasajes (incluye la Tarifa Única por Uso de Aeropuerto – TUUA) US$ 1,779.28 Viáticos US$ 880.00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, la trabajadora deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4°.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor de la trabajadora cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. TANIA QUISPE MANSILLA Superintendente Nacional 885420-1