Norma Legal Oficial del día 05 de enero del año 2013 (05/01/2013)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

485568

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 5 de enero de 2013

para las modalidades de Aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, aprobado con Resolucion Ministerial N° 102-2012-VIVIENDA. La vigencia de los Codigos de Registro de Entidad Tecnica a la fecha de publicacion de la presente Resolucion Ministerial, podra ser ampliada por el Fondo MIVIVIENDA S.A., a favor de las Entidades Tecnicas que se registren en el MORDAZA de la presente Convocatoria, hasta que se cumpla con la ejecucion de los proyectos de vivienda comprometidos. Articulo 5.- Del Registro de Proyectos de la presente Convocatoria Para los efectos de la presente Convocatoria, el Fondo MIVIVIENDA S.A. debera solicitar como requisito para el otorgamiento de codigo de proyecto en el Registro de Proyectos, la utilizacion de pilotes de MORDAZA sumergidos con una profundidad de hasta 8 metros, los cuales deberan ser conectados a zapatas de 1,50 metros. El nivel habitable de las viviendas se encuentra sobre la cota 90,32, cota sobre la cual se han disenado las viviendas. Este diseno ha sido elaborado en consideracion a las recomendaciones del estudio de suelos con fines de cimentacion y pavimentacion, que como Anexo 2 forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Para solicitar el otorgamiento de codigo para la inscripcion en el Registro de Proyectos, en el MORDAZA de la presente Convocatoria, las Entidades Tecnicas podran utilizar un proyecto del banco de proyectos de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, siempre que el mismo cumpla con la cimentacion MORDAZA indicada. Asimismo, los proyectos deberan cumplir los demas requisitos previstos en el articulo 36° del Reglamento Operativo del BFH para las Modalidades de Aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, aprobado con Resolucion Ministerial No. 102-2012-VIVIENDA. Articulo 6.- Del valor del MORDAZA Familiar HabitacionalBFH para la presente Convocatoria A fin de ejecutar la cimentacion establecida en el articulo 5° de la presente Resolucion Ministerial, complementese el valor del MORDAZA Familiar Habitacional-BFH con un 25% adicional del valor previsto en el articulo 16° del Reglamento Operativo para acceder al MORDAZA Familiar Habitacional BFH para las modalidades de Aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, aprobado con Resolucion Ministerial N° 102-2012-VIVIENDA. Esta disposicion solo sera aplicable para los efectos de la presente Convocatoria. Articulo 7.- De la Publicacion del Grupo Familiar Elegible-GFE y Entidades Tecnicas El listado de los Grupos Familiares Elegibles y Entidades Tecnicas aptas, seran publicados en las Oficinas y Centros Autorizados del Fondo MIVIVIENDA S.A., del distrito de MORDAZA, asi como en su respectiva pagina WEB, siendo la fecha de publicacion determinada por dicha entidad. Articulo 8.- Excepciones 8.1 Exceptuese la presente Convocatoria de lo dispuesto en la Resolucion Ministerial No. 091-2011VIVIENDA, en lo que corresponde a la metodologia para priorizar la atencion de la poblacion. 8.2 Para inscribir los proyectos en el Registro de Proyectos, se exceptua la presente convocatoria de lo establecido en el literal b) numeral 36.1 del articulo 36° del Reglamento Operativo para acceder al MORDAZA Familiar Habitacional para las Modalidades de Aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, aprobado mediante Resolucion Ministerial N°102-2012-VIVIENDA, debiendo presentarse MORDAZA del Titulo emitido por el Organismo de Formalizacion de la Propiedad Informal ­ COFOPRI, en el que conste el valor del inmueble, sin perjuicio del cumplimiento de los demas requisitos establecidos en el articulo indicado. 8.3 Exceptuese la presente convocatoria, de lo dispuesto en el numeral 36.3 del articulo 36° del Reglamento Operativo para acceder al MORDAZA Familiar Habitacional para las modalidades de Aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda, aprobado con Resolucion Ministerial N° 102-2012VIVIENDA, considerando que las obras de agua, desague y electrificacion se encuentren en ejecucion al momento de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial y, en caso que las viviendas se ejecuten MORDAZA de la puesta en funcionamiento de dichos servicios, exceptuese del requisito de operatividad previsto en el numeral 3.2 del articulo 3 del Reglamento MORDAZA citado, a fin que se consideren como terminadas.

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 884903-1

Modifican art. 3° de la R.M. N° 0512012-VIVIENDA referente a la Primera Convocatoria 2012 del Programa Techo Propio
RESOLUCION MINISTERIAL N° 306-2012-VIVIENDA MORDAZA, 21 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Ministerial Nro. 051-2012VIVIENDA de fecha 13 de marzo de 2012, se aprobo la Primera Convocatoria 2012 del Programa Techo Propio, para el otorgamiento de 5000 Bonos Familiares Habitacionales ­ BFH, en la modalidad de Construccion en Sitio Propio del Programa Techo Propio, siendo su ambito de convocatoria todas las provincias del departamento de Ica; las provincias de Canete y Yauyos del departamento de MORDAZA y, las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y Huancavelica del departamento de Huancavelica; Que, conforme al articulo 3° de la Resolucion Ministerial Nro. 051-2012-VIVIENDA, se destinaron exclusivamente a la provincia de MORDAZA del departamento de Ica hasta 1 500 Bonos Familiares Habitacionales ­ BFH y hasta 3 500 Bonos Familiares Habitacionales restantes, a las demas zonas focalizadas; Que, mediante Informe No. 449-2012/VIVIENDA/VMVUDNV, la Direccion Nacional de Vivienda, atendiendo al contenido de la Carta Nro. 3420-2012-FMV/GO procedente del Fondo MIVIVIENDA S.A., ha propuesto la modificacion de la distribucion de los Bonos Familiares Habitacionales correspondientes a la Primera Convocatoria del presente ano 2012 con la finalidad de atender la demanda habitacional en las zonas afectadas por el sismo del 15 de agosto de 2007, debido a que han quedado aproximadamente 500 Bonos Familiares Habitacionales - BFHs de la provincia de MORDAZA que aun no han sido solicitados; Que, se ha determinado que al 19 de diciembre de 2012 solo han sido asignados 943 Bonos Familiares Habitacionales ­ BFHs correspondientes a la provincia de MORDAZA, encontrandose ingresados y en tramite otros 69, haciendo un total de 1 012 Bonos Familiares Habitacionales ­ BFHs de los 1 500 disponibles conforme a la Resolucion Ministerial Nro. 0512012-VIVIENDA; de los bonos correspondientes al resto de la MORDAZA damnificada se han asignado 3 374 BFH y han iniciado su tramite otros 114, por lo que a la fecha existen en total 500 BFH sin asignar o haber iniciado su tramite, la mayoria de los cuales corresponderian a la provincia de Pisco; Que, asimismo existe una demanda de los mencionados Bonos Familiares Habitacionales - BFHs en las demas provincias focalizadas, sin que exista posibilidad que en lo que resta del presente ano se pueda completar la asignacion de los bonos disponibles para la provincia de Pisco; motivo por el cual resulta conveniente modificar la distribucion de los Bonos Familiares Habitacionales disponibles permitiendo que los originalmente previstos para MORDAZA puedan ser asignados en cualquiera de las otras provincias focalizadas que corresponden a las provincias que se vieron afectadas por el sismo del 15 de agosto de 2007; Que de conformidad con lo dispuesto por la Ley No. 27792, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, el Decreto Supremo N° 0022002-VIVIENDA, Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento y modificatoria, asi como la Resolucion Ministerial No. 1022012-VIVIENDA, Reglamento Operativo para Acceder al MORDAZA Familiar Habitacional para las Modalidades de Aplicacion de Construccion en Sitio Propio y Mejoramiento de Vivienda. SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificacion del articulo 3° de la Resolucion Ministerial Nro. 051-2012-VIVIENDA Modifiquese el articulo 3° de la Resolucion Ministerial Nro. 051-2012-VIVIENDA, el mismo que queda redactado como sigue:

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.