Norma Legal Oficial del día 09 de enero del año 2013 (09/01/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 57

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de enero de 2013

NORMAS LEGALES

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realizarse en atencion al Oficio N° 1083-2012-SERNANPDGANP en la siguiente consideracion: · Altura minima de los sobrevuelos al interior de las areas naturales protegidas no podran ser menor de 3000 pies de altura sobre el nivel de la superficie. - MORDAZA ­ Candelabro, Ballestas, San Gayan, La Catedral, Punta MORDAZA, MORDAZA de Otuma, MORDAZA de Independencia, Morro Quemado, MORDAZA los Medanos (oeste de Huayuri), Piramides de Cahuachi, Lineas de Nasca / Palpa, Eco de MORDAZA MORDAZA, Huacachina, Desierto de MORDAZA MORDAZA, Tambo Colorado ­ Pisco. - MORDAZA ­ Candelabro, Ballestas, San Gayan, La Catedral, Punta MORDAZA, Ciudadela perdida de Huayuri, Piramides de Cahuachi, Lineas de Nasca / Palpa, Eco de MORDAZA MORDAZA, Huacachina, Tambo Colorado ­ Pisco. Articulo 2º.- Los demas terminos de la Resolucion Directoral Nº 216-2012-MTC/12 del 09 de MORDAZA del 2012 continuan vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Director General de Aeronautica Civil 880769-1

Autorizan a la Escuela Peruana de Conductores Profesionales S.A.C. a impartir cursos de capacitacion en su calidad de Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCION DIRECTORAL N° 3595-2012-MTC/15 MORDAZA, 20 de septiembre de 2012 VISTO: El Parte Diario N° 096160, presentado por la empresa denominada ESCUELA PERUANA DE CONDUCTORES PROFESIONALES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ ESPECONP SAC, y; CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el articulo 51º del referido texto legal, que senala los requisitos documentales; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 1756-2012MTC/15 de fecha 09 de MORDAZA de 2012, se autorizo a la empresa denominada ESCUELA PERUANA DE CONDUCTORES PROFESIONALES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ ESPECONP SAC, con RUC N° 20487785777 y con domicilio en MORDAZA Las Acacias N° 211, 1° y 2° piso, Urb. MORDAZA MORDAZA, Distrito y Provincia de Chiclayo, Departamento de MORDAZA, para funcionar como Escuela de Conductores Integrales, en adelante La Escuela, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento; a efectos de impartir los conocimientos teoricos - practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA a los postulantes para obtener una Licencia de Conducir; Que, mediante Parte Diario N° 096160 de fecha 07 de agosto de 2012, La Escuela solicita autorizacion

para impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir Clase A Categoria I; Que, la Octava Disposicion Complementaria Final del Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, dispone que las Escuelas de Conductores autorizadas, ademas de capacitar a los conductores de las clases A categoria II y III y Clase B categoria II-c, podran impartir cursos de capacitacion a quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, el primer parrafo del articulo 61º del Reglamento dispone que procede la solicitud de modificacion de autorizacion de la Escuela de Conductores, cuando se produce la variacion de alguno de sus contenidos, indicados en el articulo 53º de El Reglamento; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, en el Informe Nº 200-2012MTC/15.03.A.A, procede emitir el acto administrativo correspondiente, y; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC que aprueba el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y la Ley Nº 29370 Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ESCUELA PERUANA DE CONDUCTORES PROFESIONALES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ ESPECONP SAC, en su calidad de Escuela de Conductores Integrales, impartir cursos de capacitacion a quienes aspiran obtener la licencia de conducir clase A categoria I, en los locales, en el horario, con los Instructores y con los vehiculos autorizados mediante la Resolucion Directoral N° 1756-2012-MTC/15. Articulo Segundo.- Remitir a la Superintendencia de Transportes Terrestre de Personas, Carga y Mercancias - Sutran, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, siendo de cargo de la empresa denominada ESCUELA PERUANA DE CONDUCTORES PROFESIONALES SOCIEDAD ANONIMA CERRADA ­ ESPECONP SAC, los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QWISTGAARD MORDAZA Director General (e) Direccion General de Transporte Terrestre 855276-1

Autorizan a Brevetes Vial S.A.C. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 5099-2012-MTC/15 MORDAZA, 18 de diciembre de 2012 VISTOS: Los Partes Diarios N°s. 127614, 144483 y 147945 presentados por la empresa denominada BREVETES VIAL S.A.C., y;

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