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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 9 de enero de 2013 485825 Nº -2013-SUNASS-CD Lima, VISTOS: El Informe Nº XX-2013-SUNASS-110 emitido por la Gerencia de Regulación Tarifariaque presenta: i) El Estudio Tarifario Final con la propuesta de la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión que serán aplicados por Empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Quillabamba S.R.L. (en adelante EPS EMAQ S.R.L.) y ii) Los Costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los precios de los servicios colaterales que serán de aplicación por la referida empresa; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 003-2012-SUNASS- GRT y Resolución 010-2012-SUNASS-GRT se iniciaron los procedimientos de aprobación de: i) La Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión y ii) Los Costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para establecer los Precios de Servicios Colaterales de EPS EMAQ S.R.L.; Que, según el informe de vistos el cual forma parte integrante de la presente resolución, de acuerdo al procedimiento establecido en el Reglamento General de Tarifas1, se ha cumplido con: i) Publicar en el Diario Ofi cial “El Peruano” el proyecto de resolución que aprueba la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales; ii) Realizar la Audiencia Pública correspondiente el XX de XX de 2012; y iii) Elaborar el Estudio Tarifario Final y el informe de evaluación de la Propuesta Final de los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales (que contienen la evaluación de los comentarios realizados a los proyectos publicados y los expresados con ocasión de la Audiencia Pública); Que, sobre la base del Informe Nº XX-2013-SUNASS- 110, el Consejo Directivo considera que corresponde aprobar la Fórmula Tarifaria, Estructura Tarifaria y Metas de Gestión, así como los costos máximos de las unidades de medida de las actividades que componen los Precios de los Servicios Colaterales de la EPS EMAQ; y disponer la constitución del fondo para fi nanciar las inversiones ejecutadas con recursos internamente generados por la mencionada empresa; El Consejo Directivo en su sesión del XX de XX de 2013; HA RESUELTO: Artículo 1º.- Aprobar la Fórmula Tarifaria que será de aplicación por la empresa Municipal de Agua Potable y Alcantarillado Quillabamba S.R.L. (en adelante EPS EMAQ S.R.L.). para el próximo quinquenio regulatorio 2012-2017, cuya aplicación se efectuará mediante incrementos tarifarios base, de acuerdo a lo especifi cado a continuación. A. INCREMENTOS TARIFARIOS BASE La aplicación de los incrementos tarifarios base está sujeta al cumplimiento de las metas de gestión base contenidas en el Anexo Nº 1 acápite A, correspondientes a la inversión financiada con recursos internamente generados, según la siguiente fórmula tarifaria. 1. Por el Servicio de Agua Potable 2. Por el Servicio de Alcantarillado T1 = To (1 + 0,209) (1 + ĭ) T1 = To (1 + 0,209) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T2 = T1 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T3 = T2 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T4 = T3 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) T5 = T4 (1 + 0,000) (1 + ĭ) Donde: To : Tarifa media de la estructura tarifaria vigente T1 : Tarifa media que corresponde al año 1 T2 : Tarifa media que corresponde al año 2 T3 : Tarifa media que corresponde al año 3 T4 : Tarifa media que corresponde al año 4 T5 : Tarifa media que corresponde al año 5 ĭ : Tasa de crecimiento del Índice de Precios al por Mayor Artículo 2º.- Aprobar la Estructura Tarifaria correspondiente al quinquenio regulatorio 2012-2017 para los servicios de agua potable y alcantarillado que brinda la EPS EMAQ S.R.L., conforme al siguiente detalle: Por los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado. a. Cargo fi jo (S/. /Mes): 1.891. Se reajusta por efecto de la infl ación de acuerdo a lo establecido en el Reglamento General de Tarifas. b. Cargo por Volumen de Agua Potable CLASE RANGOS Tarifa (S/./m3) CATEGORÍA (m3/mes) Año 1 RESIDENCIAL Social 0 a más 0.3221 Doméstico 0 a 10 0.3221 10 a más 0.5216 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 50 0.5959 50 a más 0.7395 Industrial 0 a más 0.8947 Estatal 0 a 50 0.5959 50 a más 0.7395 El incremento tarifario base previsto en la fórmula tarifaria para el primer año regulatorio está incorporado en la Estructura Tarifaria. c. Cargo por Volumen de Alcantarillado CLASE RANGOS Tarifa (S/./m3) CATEGORÍA (m3/mes) Año 1 RESIDENCIAL Social 0 a más 0.0855 Doméstico 0 a 10 0.0855 10 a más 0.1385 NO RESIDENCIAL Comercial 0 a 50 0.1583 50 a más 0.1964 Industrial 0 a más 0.2376 Estatal 0 a 50 0.1583 50 a más 0.1964 El incremento tarifario base previsto en la fórmula tarifaria para el primer año regulatorio está incorporado en la Estructura Tarifaria. d. Asignación Máxima de Consumo VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social Doméstico Comercial Industrial Estatal 50 30 100 120 100