TEXTO PAGINA: 86
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de febrero de 2013 487676 LA SUBGERENTE DE PLANEAMIENTO Y HABILITACIONES URBANAS VISTO, el Expediente Nº 190251-2012, de fecha 04 de octubre de 2012, mediante el cual la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, remite los actuados administrativos conteniendo la Resolución de Subgerencia Nº 236-2012- SGCHU-GDU-MDSMP, de fecha 11 de setiembre de 2012 y su modifi catoria Resolución Subgerencia N° 283- 2012-SGCHU-GDU-MDSMP, de fecha 22 de noviembre de 2012, aprobando la Regularización de la Habilitación Urbana Ejecutada, solicitada por la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LAS CASUARINAS DE SANTA ROSA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Expediente N° 190251-2012, de fecha 04 de octubre de 2012 (fs. 01 al 521) la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, remite copia certifi cada de la Resolución de Subgerencia Nº 236-2012-SGCHU-GDU- MDSMP, de fecha 11 de setiembre de 2012 (fs. 508 al 510), que resuelve Aprobar la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R4” y Residencial de Densidad Alta “R-5”, del terreno con un área bruta total de 85,100.00 m2, constituido por la acumulación de las parcelas signadas con UC 10227, 10540, 10541 y 10542, denominada Parcela 10540 del Ex Fundo Santa Rosa, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Las Casuarinas de Santa Rosa, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, de conformidad al Plano signado con el Nº 035-2012-SGCyHU- GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva, con el fi n de obtener la conformidad correspondiente; Que, con Informe Nº 361-2012-MML-GDU-SPHU-DCO, de fecha 18 de octubre de 2012 (fs. 522 al 526), la División de Control de Obras de esta Subgerencia manifi esta que la Resolución de Subgerencia Nº 236-2012- SGCHU-GDU- MDSMP, de fecha 11 de setiembre de 2012 (fs. 508 al 510) contiene errores y vicios que deberán ser subsanados previo a la evaluación y emisión de la resolución correspondiente, por lo que se concluye que se comunique a la Municipalidad Distrital las observaciones planteadas, la misma que es informada mediante Ofi cio N° 1996-2012 -MML-GDU-SPHU de fecha 19 de octubre de 2012, siendo recepcionada con fecha 23 de octubre de 2012; Que, con Documento Simple N° 221845-12, de fecha 13 de noviembre de 2012 (fs. 529), la Asociación de Vivienda Las Casuarinas de Santa Rosa debidamente representado por el señor Jaime Gallegos Gonzales, en calidad de Gerente General señala que habiendo tomado conocimiento del Ofi cio N° 1996-2012-MML-GDU-SPHU de fecha 19 de octubre de 2012, solicita ampliación de plazo del mismo para así poder cumplir con la debida subsanación, por lo que a través del Ofi cio N° 2142-2012-MML-GDU-SPHU de fecha 22 de noviembre de 2012 (fs. 531) en el cual se le otorga veinte (20) días de plazo, de no cumplirlo se aplicará el apercibimiento señalado en el artículo 191° de la Ley del Procedimiento Administrativo General - N° 27444, siendo recepcionado con fecha 27 de noviembre de 2012; Que, a través del Documento Simple N° 235052-12 de fecha 29 de noviembre de 2012 (fs. 532 al 563), mediante Ofi cio N° 394-2012-GDU-MDSMP, la Municipalidad de San Martín de Porres nos remite la Resolución Subgerencia N° 283-2012-SGCHU-GDU-MDSMP, de fecha 22 de noviembre de 2012 (fs. 562 al 563), resolución que modifi ca la Resolución de Subgerencia Nº 236-2012- SGCHU-GDU-MDSMP, de fecha 11 de setiembre de 2012, el cual resuelve dejar sin efecto el Plano signado con el N° 035-2012-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva respectiva; consecuentemente; Aprobar el nuevo Plano signado con el N° 058-2012-SGCyHU- GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva respectiva sobre Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para uso Residencial de Densidad Media”R4” y Residencial de Densidad Alta “R-5”, del terreno de 85,100.00 m2, constituido por la acumulación de las parcelas signadas con UC 10227, 10540, 10541 y 10542, denominada Parcela 10540 del Ex Fundo Santa Rosa, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Las Casuarinas de Santa Rosa, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, asimismo rectifi ca el décimo primer considerando de la citada resolución; con el fi n de conseguir la conformidad correspondiente; Que, a través del Informe N° 420-2012-MML-GDU- SPHU-DCO, de fecha 06 de diciembre de 2012 (fs. 564 al 566), la División de Control de Obras de esta Subgerencia manifi esta que la presente Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media “R-4” y Residencial de Densidad Alta “R-5”, del terreno de 85,100.00 m2, aprobada por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, mediante Resolución de Subgerencia Nº 236-2012-SGCHU-GDU-MDSMP, de fecha 11 de setiembre de 2012 y su modifi catoria Resolución Subgerencia N° 283-2012-SGCHU-GDU- MDSMP, de fecha 22 de noviembre de 2012, cumple los Planes Urbanos en lo referente a zonifi cación; por cuanto el predio materia de evaluación respeta las zonifi caciones con la que se encuentra califi cada como Residencial de Densidad Media R-4 y Residencial de Densidad Alta R-5 de conformidad al Decreto de Alcaldía N° 082-96 del 02 de julio de 1996 cuya vigencia fue prorrogada por el Decreto de Alcaldía N° 042 del 19 de mayo de 1997, vigente al momento de iniciar el presente trámite, a vías; por cuanto el terreno se encuentra afecto a una vía perteneciente al Sistema Vial Metropolitano denominada Avenida Carlos A. Izaguirre, califi cada como Vía Arterial de Sección A-03, con una sección normativa de 60.00 m aprobada por Decreto de Alcaldía N° 037 del 07 de mayo de 1997, vigente a la fecha de inicio del trámite, sin embargo en la actualidad la citada vía se encuentra califi cada con una sección normativa A- 78, de 50.00 ml., habiendo sido aprobada con 60.00 ml. de sección, respetando los módulos actuales, de conformidad a la Ordenanza N° 341-MML, con respecto a las vías locales Calles Uno, Dos, Tres, Cuatro, Cinco, Seis, Siete Ocho, Nueve, Diez, Once y Doce cuya defi nición y aprobación corresponde a la Municipalidad Distrital de conformidad a lo dispuesto en el artículo 5º de la Ordenanza Nº 127-MML, del 02 de octubre de1997 y al artículo 2° de la Ordenanza N° 786-MML; sin perjuicio de ello, se advierte que las Secciones B-B, D-D y E-E no cumplen con los módulos normativos establecidos en el Reglamento Nacional de Construcciones; sin embargo, las vías locales son de competencia distrital; asimismo, de acuerdo al informe de inspección ocular la pavimentación de pistas y veredas se encuentran ejecutadas y a aportes reglamentarios, por cuanto el trámite de Habilitación Urbana Ejecutada, iniciada en el año 1997, corresponde la aplicación de los aportes reglamentarios dispuestos en el Reglamento Nacional de Construcciones, para las zonifi caciones R-4 y R-5, con las que se encuentra califi cado el terreno, sin perjuicio a ello, la Municipalidad Distrital acepta la redención en dinero de los aportes reglamentarios; habiendo cedido en terreno algunos de estos aportes, además, se advierte que los aportes correspondientes a Educación para ambas zonifi caciones se han cedido en un solo lote ubicado en zonifi cación R4, lo que resulta factible al conformar un área mayor para este fi n, asimismo; los aportes destinados a Otros Fines, correspondientes al área califi cada con zonifi cación R-5, han sido ubicados en el área del terreno califi cado con Zonifi cación R-4, lo que no resultaría correcto; sin embargo, considerando que se está cediendo terreno dentro del predio habilitado, la propuesta presentada resulta conforme, por lo que se concluye en remitir los actuados al Área Legal para el pronunciamiento legal correspondiente; Que, con Informe Nº 490-2012-MML-GDU-SPHU-AL, de fecha 06 de diciembre de 2012 (fs. 567 al 569), el Área Legal de esta Subgerencia, señala, que se encuentra acreditada la propiedad a favor de la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LAS CASUARINAS DE SANTA ROSA, del terreno de 85,100.00 m², el mismo que consta inscrito en la Partida Electrónica Nº 11306916 del Registro de Predios de la Zona Registral N° IX – Sede Lima (fs.193 al 197); de igual manera la administrada ha acreditado su condición de persona jurídica y la representatividad de la misma, en virtud de lo cual viene tramitando el presente procedimiento administrativo de Habilitación Urbana; Que, de acuerdo a las evaluaciones técnica y legal, señaladas en los Informes Nº 361 y N° 420-2012-MML- GDU-SPHU-DCO de fechas 18 de octubre y 06 de diciembre de 2012, respectivamente y el Informe Nº 490-2012-MML-GDU-SPHU-AL, del 06 de diciembre de 2012; la presente Habilitación Urbana, cumple los Planes Urbanos, en lo referente a zonifi cación, vías y aportes reglamentarios; por lo que en observancia de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y el Decreto de Alcaldía Nº 079-2005, corresponde a esta Subgerencia Establecer la Conformidad de la Resolución de Subgerencia Nº 236-2012-SGCHU-GDU-MDSMP, de fecha 11 de setiembre de 2012 y su modifi catoria Resolución Subgerencia N° 283-2012-SGCHU-GDU-