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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE FEBRERO DEL AÑO 2013 (07/02/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 87

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 7 de febrero de 2013 487677 MDSMP, de fecha 22 de noviembre de 2012, expedidas por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; Con el visto bueno de la División de Control de Obras, y del Área Legal de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972 y las Leyes Nº 26878, Ley Nº 27444, Reglamento Nacional de Construcciones – RNC, Ordenanzas Metropolitanas Nº 341-MML, Decreto de Alcaldía Nº 079-2005, Decreto de Alcaldía Nº 082-96, Decreto de Alcaldía Nº 042-97, Decreto de Alcaldía N° 037 y Resolución Nº 33-2006-MML-GDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- ESTABLECER LA CONFORMIDAD de la Resolución de Subgerencia Nº 236-2012-SGCHU- GDU-MDSMP, de fecha 11 de setiembre de 2012 y su modifi catoria Resolución Subgerencia N° 283-2012- SGCHU-GDU-MDSMP, de fecha 22 de noviembre de 2012, expedidas por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, que resuelve Aprobar la Regularización de Habilitación Urbana Ejecutada para Uso Residencial de Densidad Media”R-4” y Residencial de Densidad Alta “R- 5”, del terreno con un área de 85,100.00 m2, constituido por la acumulación de las parcelas signadas con UC 10227, 10540, 10541 y 10542, denominada Parcela 10540 del Ex Fundo Santa Rosa, sobre el cual se desarrolla el Programa de Vivienda Las Casuarinas de Santa Rosa, distrito de San Martín de Porres, provincia y departamento de Lima, de conformidad al Plano signado con el N° 058- 2012-SGCyHU-GDU-MDSMP y Memoria Descriptiva respectiva, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- NOTIFÍQUESE la presente Resolución a la ASOCIACIÓN DE VIVIENDA LAS CASUARINAS DE SANTA ROSA; y a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, para su conocimiento y fi nes. Artículo 3°.- DAR por agotada la vía administrativa. Artículo 4º.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano, a cargo de la administrada, dentro de los 30 días siguientes de notifi cada la misma. Regístrese, comuníquese y cúmplase. YESENNIA SALAS TUPES Subgerente Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas Gerencia de Desarrollo Urbano 898323-1 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO FE DE ERRATAS ANEXO - ORDENANZA N° 383-MDB Mediante Ofi cio N° 045-2013-SG/MDB, la Municipalidad Distrital de Barranco solicita se publique Fe de Erratas del Anexo de la Ordenanza N° 383-MDB, publicada en la edición del día 3 de febrero de 2013. - En la página N° 487446, en el cuadro Transporte de Vehículos Menores; DICE: Código Infraccion 10-0129 Por circular sin Tarjeta de Propiedad y/o SOAT DEBE DECIR: Código Infracción 10-0129 Por circular sin Tarjeta de Propiedad, Licencia de Conducir y/o SOAT 898058-1 MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Establecen cuadro de Comisiones Permanentes de Regidores ORDENANZA Nº 234-2013-MDPH Punta Hermosa, 18 de enero del 2013 EL ALCALDE DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA: VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, la propuesta presentada por el señor Alcalde, para la aprobación del cuadro de Comisiones Permanentes de Regidores y el Cuadro de sus integrantes para el año fi scal 2013. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con los artículos 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cada por la ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, y el artículo 2 del título preliminar de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia dentro de los límites establecidos por la ley. Que, de conformidad con el numeral 15 del artículo 09 de la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, es atribución del Concejo Municipal constituir Comisiones Ordinarias y Especiales conforme a su reglamento; Que, de acuerdo a lo estipulado en el numeral 5 del Artículo 10° de la Ley Orgánica de Municipalidades, indica que es atribución y obligación del Concejo Municipal, Integrar, Concurrir y Participar en las sesiones de Comisiones Ordinarias y Especiales que determine el Reglamento Interno de Concejo y en las reuniones de trabajo que determine o apruebe el Concejo Municipal. Que, en uso de las facultades conferidas por el numeral 15 del artículo 9 de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; y con la aprobación por UNANIMIDAD, de los miembros del Concejo Municipal, ha dado la siguiente: ORDENANZA ESTABLECEN NUEVOS CUADROS DE COMISIONES DE REGIDORES Y CONFORMACIÓN RESPECTIVA Artículo 1º.- ESTABLECER el siguiente cuadro de Comisiones Permanentes de Regidores, la misma que quedará conformada de la siguiente manera: 1.- DESARROLLO URBANO, OBRAS Y PROYECTOS, CONTROL TERRITORIAL. A. Norma Pérez Reyes - PRESIDENTA B. Jenny García Acevedo C. Tomás Vásquez Yangali 2.- ECONOMÍA, RENTAS, COMERCIALIZACIÓN Y SERVICIOS COMUNALES. A. Jenny García Acevedo - PRESIDENTA B. Norma Pérez Reyes C. Héctor Portugal Marín 3.- DESARROLLO HUMANO, PARTICIPACION VECINAL, SALUD Y ALIMENTACIÓN. A. Héctor Portugal Marín - PRESIDENTE B. Brissa Málaga Aguad C. Tomas Vásquez Yangali 4.- TRANSPORTE, SEGURIDAD CIUDADANA, DEFENSA CIVIL Y MEDIO AMBIENTE. A. Brissa Málaga Aguad - PRESIDENTA B. Jenny García Acevedo