Norma Legal Oficial del día 07 de febrero del año 2013 (07/02/2013)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

El Peruano MORDAZA, jueves 7 de febrero de 2013

NORMAS LEGALES

487683

2013-MPC-GGSSC de la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales; y, CONSIDERANDO: Que, mediante los documentos de visto la Gerencia de Registros Civiles y la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales proponen la realizacion del I Matrimonio Civil Comunitario 2013, teniendo en cuenta que debido a la situacion economica que atraviesa el MORDAZA, muchas parejas domiciliadas en la Provincia Constitucional del Callao, no pueden asumir el costo de un matrimonio privado, sin embargo desean formalizar su union de hecho; Que, es politica de esta Comuna fortalecer la institucion familiar promoviendo la formalizacion de las uniones de hecho y otorgando facilidades a las parejas para la celebracion del matrimonio civil; Que, mediante Ordenanza Municipal N° 004-2013 del 23 de enero del 2013, el Concejo Municipal Provincial del Callao ha dispuesto la exoneracion del pago de derechos administrativos por concepto de tramite matrimonial, examen pre nupcial y dispensa de publicacion de Edicto a los contrayentes que participen del I Matrimonio Civil Comunitario 2013, programado para el mes de febrero del presente ano; Estando a lo expuesto, con la visacion de la Gerencia de Registros Civiles, Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales,- Gerencia General de Asesoria Juridica y Conciliacion y Gerencia Municipal, en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades N° 27972; DECRETA: Articulo Primero.- Disponer, la celebracion del I Matrimonio Civil Comunitario 2013, para el dia 23 de febrero del 2013, exonerando a los contrayentes del pago de derechos administrativos por concepto de tramite matrimonial, examen pre-nupcial y dispensa de publicacion de Edicto. Articulo Segundo.Establecer como unicos requisitos para participar en el Matrimonio Civil Comunitario, los siguientes: - Partida de nacimiento original y actualizada de los contrayentes. - D.N.I. vigente de los contrayentes en original y fotocopia. - D.N.I. vigente de dos testigos en original y fotocopia (no familiares). - Declaracion jurada del estado civil de los contrayentes. - Declaracion jurada del domicilio de los contrayentes. - Examen Medico pre nupcial que se realizara en la Municipalidad del Callao. Articulo Tercero.- Encargar a la Gerencia General de Servicios Sociales y Culturales y Gerencia de Registros Civiles el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 898783-1

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, los articulos 194º, 195º, inciso 8) y 197º de la Constitucion Politica del Peru, modificada por la Ley Nº 27680 ­ Ley de Reforma Constitucional, establece que las Municipalidades Provinciales y Distritales de Organos de Gobierno Local, tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordando ello con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, asimismo, senala que la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, mediante Oficio Nº 5540-2012-P-CSJLA/PJ, el Sr. Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Munoz, Presidente de la Corte Superior de Justicia - Lambayeque; solicita apoyo con donacion de un terreno, fundamentando que el servicio judicial, se ha incrementado y en el MORDAZA de la implementacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal y Nueva Ley Procesal de Trabajo, resulta necesario contar con un local amplio, en donde se imparta justicia, utilizando modernos sistemas de trabajo jurisdiccional y administrativo, con las facultades de autoridad y MORDAZA personal que se le reconoce al Sr. MORDAZA C.P.C. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Puelles, se dirige para solicitar un terreno de preferencia con un area aproximada de 600 m2, y que en calidad de donacion nos otorgue a favor de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA "CSJLA", para la construccion de una sede y, mejorar el acceso a los servicios de justicia mas cerca de la ciudadania, donde el mayor beneficiario sea el usuario, propuesta que por su finalidad e importancia resulta necesario que el Cuerpo Colegiado Emisor le otorgue trato prioritario pertinente. Que, el articulo 55 de la Ley organica de Municipalidades Nº 27972, senala que los bienes, rentas y derechos de cada Municipalidad constituyen su patrimonio. El Patrimonio Municipal, se administra por cada Municipalidad en forma autonoma con las garantias y responsabilidades de Ley. Todo acto de disposicion o de garantia sobre el patrimonio Municipal, debe ser de conocimiento publico. Que, el articulo 64 de la misma Ley, dispone que las Municipalidades, por excepcion pueden donar o permutar bienes de su propiedad a los Poderes del Estado o a otros Organismos del Sector Publico, como el presente caso el Poder Judicial, quien mediante el Oficio que se senala en el MORDAZA considerandos solicita la donacion de un area de terreno para los fines que se indica. Que, el Articulo 66 de la precitada Ley, dispone que la Donacion o Cesion de bienes de las Municipalidades, se aprueba con el MORDAZA, conforme a los dos tercios del numero legal de Regidores que integran el Concejo Municipal. Que, en forma complementaria el articulo 68 de la Ley en mencion, dispone que el Acuerdo Municipal de Donacion, Cesion o Concesion, deba fijar de manera inequivoca el destino que tendra el bien donado y su modalidad. El incumplimiento parcial o total de la finalidad que motiva la donacion, cesion o concesion, ocasiona la reversion del bien mueble a la Municipalidad, la cual incorpora a su patrimonio las mejoras a titulo gratuito. Que, conforme se acredita con la MORDAZA del titulo de propiedad otorgado por la Comision de Formalizacion Informal ­ COFOPRI, la Municipalidad es propietaria del area de terreno identificado como Lote 1 de la Manzana T5, ubicado en el Pueblo Joven San MORDAZA de la MORDAZA de MORDAZA, con una area total de 46,789.70 Metros Cuadrados. Que, mediante Resolucion de Gerencia Nº 259/2012MPL-GM-GIU, de fecha 14 de setiembre del 2012, se ha dispuesto autorizar la subdivision del area de terreno matriz, cuyos linderos y demas caracteristicas se consignan en la mencionada Resolucion de Gerencia, a fin de atender a lo solicitado. Por lo que estando al Informe Tecnico Nº 0267/2012MPL-GIU-SGCUAT-PJCHCH, el Informe Nº 611/2012MPL-GIU-SGCUAT, el Informe Nº 0102/2012-MPL-GM, y el Informe Legal Nº 01196/2012-GAJ, lo actuado es elevado al Pleno del Concejo Municipal de MORDAZA, para su aprobacion correspondiente, de conformidad a sus atribuciones que le otorga la Ley Organica de Municipalidades Nº.27972 Que, el expediente anexa el Oficio Nº 073-MPL-GAYFSGL-ACP/2012, Informe Tecnico Nº 0267-2012-MPLGIU-SGCUAT-PJCHCH, que presenta la aprobacion de la subdivision de area de terreno materia de su donacion,

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MORDAZA
Aprueban donacion de terreno a favor de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA para la construccion e implementacion de sede
ACUERDO DE CONCEJO Nº 050/2012-MPL. MORDAZA, 18 de setiembre del 2012.

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