TEXTO PAGINA: 8
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de febrero de 2013 488062 Que, mediante los Ofi cios Nº 04-2012-MM QHAPAC ÑAN – Parinacochas/Ayac, Nº 05-2012-MM QHAPAC ÑAN – Parinacochas/Ayac, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pullo y Presidente del Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Qhapac Ñan” solicita la inscripción de ésta, en el Registro de Mancomunidades Municipales. Esta Mancomunidad Municipal la integran las Municipalidades Distritales de Atiquipa, Chala y Huanuhuanu de la Provincia de Caravelí, en el Departamento de Arequipa, Pullo de la Provincia de Parinacochas, y Sara Sara y Pararca de la Provincia de Paucar del Sara Sara, en el Departamento de Ayacucho; Que mediante el Informe Nº 047-2012-PCM/SD- OGI-MIRA, se formularon observaciones al nombre de la mancomunidad por existir una anterior con el mismo nombre, por contener funciones ya delegadas por uno de los distritos a otra mancomunidad y por falta de claridad en el Objeto presentado; Que mediante Ofi cio Nº 04-2012-MM SUMAQ ÑAN – Parinacochas/Ayac, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pullo y Presidente del Consejo Directivo de la ahora “Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan” remitió nuevamente el Estatuto, Acta de Sesión, Informe Técnico y Ordenanzas, modifi cando el nombre de la mancomunidad denominándola Sumaq Ñan así como el Objeto y las funciones delegadas, con lo cual se levantan las observaciones referidas en el Informe Nº 047-2012- PCM/SD-OGI-MIRA, quedando pendiente lo relativo a las ordenanzas presentadas en esta ocasión, que difi eren de lo establecido en el nuevo Estatuto presentado; Que mediante el Informe Nº 061-2012-PCM/SD- OGI-MIRA, se formularon observaciones relacionadas a diferencias entre las funciones delegadas en las Ordenanzas y las indicadas en el Estatuto; Que, mediante el Ofi cio Nº 06-2013-MM SUMAQ ÑAN – Parinacochas/Ayac, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pullo y Presidente del Consejo Directivo de la de la “Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan”, remite las Ordenanzas con las funciones delegadas de acuerdo a lo establecido en el Estatuto, con lo cual quedan levantadas las observaciones sobre las diferencias entre las ordenanzas y el Estatuto; Que, el Informe Técnico de Viabilidad de Vistos contiene información sobre: Diagnóstico: institucional y demográfi co; Gestión estratégica institucional: visión, misión, ámbito territorial, objeto, objetivos y desarrollo económico local; Gestión descentralizada: estructura orgánica, competencias y funciones, provisión de personal y desarrollo de capacidades, recursos, y relaciones de coordinación, cooperación y colaboración; Sostenibilidad: Capacidad de gestión y viabilidad; Que, el Estatuto señala como objeto de la Mancomunidad Municipal: a) Gestión del ambiente; b) Saneamiento básico; c) Gestión integral de residuos sólidos; d) Fomento del turismo, la inversión privada y la competitividad productiva; e) Mejoramiento y rehabilitación de infraestructura vial; f) Construcción, mejoramiento y ampliación de sistemas de riego; Que, en el ámbito de las funciones, el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas exclusivas las siguientes: a) Concertar con instituciones del sector público y privado de su jurisdicción sobre la elaboración y ejecución de programas y proyectos que favorezcan el desarrollo económico del distrito, b) Promover las condiciones favorables para la productividad y competitividad de las zonas urbanas y rurales del distrito, c) Fortalecer y desarrollar cadenas productivas y conglomerados, de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 28846, d) Ejecutar iniciativas de apoyo a la competitividad productiva, de acuerdo a lo señalado en la Ley Nº 29337, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 192-2009-EF. Del mismo modo el Estatuto establece como delegación de funciones específi cas compartidas a las siguientes: a) Ejecutar directamente o proveer la ejecución de proyectos, de infraestructura o de servicios, para el cumplimiento del objeto de la mancomunidad municipal, en coordinación con la municipalidad provincial respectiva, y organismos regionales y nacionales competentes, b) Proveer el servicio de saneamiento básico rural, con la ejecución de proyectos de abastecimiento de agua, alcantarillado e instalación de letrinas en los distritos integrantes de la mancomunidad, c) Difundir programas de saneamiento ambiental en coordinación con las municipalidades provinciales y los organismos regionales y nacionales pertinentes, d) Participar en el diseño y ejecución de programas y proyectos de manejo de residuos sólidos, en coordinación con las entidades competentes, e) Contribuir a la elaboración y aplicación de instrumentos de gestión ambiental, f) Fomentar el turismo sostenible y regular los servicios destinados a ese fi n, en cooperación con las entidades competentes, g) Participar en la elaboración de los planes de gestión de los recursos hídricos de las cuencas, h) Mejorar, rehabilitar y equipar obras de infraestructura hidráulica que tengan por objeto lograr la reducción de pérdidas volumétricas de agua, el aprovechamiento efi ciente y la conservación de los recursos hídricos en la infraestructura hidráulica pública; Que, fi nalmente, el Estatuto de la “Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan”, contiene información sobre domicilio, ámbito territorial, órganos directivos, recursos, plazo de duración indefi nida, disposiciones para garantizar la participación ciudadana, condiciones para la adhesión y separación de Municipalidades, requisitos para su modifi cación, y las reglas para la disposición de bienes en caso de disolución; Que, mediante el Acta de Vistos, se acordó la constitución de la “Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan”, la aprobación de su Estatuto y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, por las Ordenanzas Municipales de Vistos, las Municipalidades Distritales de Atiquipa, Chala y Huanuhuanu de la Provincia de Caravelí, en el Departamento de Arequipa, Pullo de la Provincia de Parinacochas, y Sara Sara y Pararca de la Provincia de Paucar del Sara Sara, en el Departamento de Ayacucho, aprueban la constitución de la “Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan”; ratifi cando el contenido del Acta de Constitución y el Estatuto, y la designación del Presidente del Consejo Directivo y del Gerente General; Que, acorde con el Informe Nº 004-2013–PCM/SD-OGI- VQA, se concluye que en la elaboración de los documentos del acto constitutivo se ha cumplido con el procedimiento establecido en el artículo 11º del Reglamento de la Ley y en el artículo 6º del Reglamento del Registro; debiendo procederse a la emisión de la Resolución de Secretaría de Descentralización, que dispone la inscripción de la constitución de la “Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan”, en el Registro de Mancomunidades Municipales; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29029 de la Mancomunidad Municipal, modifi cada por la Ley Nº 29341; el Decreto Supremo Nº 046-2010-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal; la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 228- 2010-PCM/SD, que aprueba el Reglamento del Registro de Mancomunidades Municipales; y en uso de las atribuciones dispuestas por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Formalización de Inscripción de la Mancomunidad Municipal Inscribir en el Registro de Mancomunidades Municipales a la “Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan”; integrada por las las Municipalidades Distritales de Atiquipa, Chala y Huanuhuanu de la Provincia de Caravelí, en el Departamento de Arequipa, Pullo de la Provincia de Parinacochas, y Sara Sara y Pararca de la Provincia de Paucar del Sara Sara, en el Departamento de Ayacucho; reconociéndosele, a partir de dicho acto, la condición de persona jurídica de derecho público, como entidad pública. Artículo 2º.- Reconocimiento del Consejo Directivo Reconocer al Consejo Directivo de la “Mancomunidad Municipal Sumaq Ñan”, como sigue: - Presidente: Sr. Luis Serafín Tello Ataucusi, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pullo. - Director: Sr. Augustín Condori Motta, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Chala. - Director: Sr. Francisco Gonzales Montenegro, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Huanuhaunu - Director: Sr. Francisco Emiliano Palomino Condo, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Atiquipa. - Director: Sra. Pologina Virginia Medina Sermeño, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pararca. - Director: Sr. Mamerto Pablo Montoya Montes, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Sara Sara. Artículo 3º.- Registro de Anexos Inscribir el Informe Técnico de Viabilidad, el Estatuto, el Acta de Constitución y las Ordenanzas Municipales que