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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 16 de febrero de 2013 488064 de uso agrícola que se apliquen en dilución y líquidos de aplicación directa. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS CABALLERO SOLIS Director General Dirección de Insumos Agropecuarios e Inocuidad Agroalimentaria Servicio Nacional de Sanidad Agraria 901577-1 Designan responsables de entregar información de acceso público y de la elaboración del portal de transparencia del Programa de Compensaciones para la Competitividad RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 006-2013-AG-PCC Lima, 24 de enero de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1077 se crea el Programa de Compensaciones para la Competitividad, cuyo fi n, es elevar la competitividad de la producción agraria de los medianos y pequeños productores, a través, del fomento de la asociatividad y la adopción de tecnologías agropecuarias ambientales adecuadas; Que, la Ley Nº 27806, “Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, tiene por fi nalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrado en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 3º de la precitada Ley establece que el Estado adoptará las medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entidades de la Administración Pública, asimismo tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación al principio de publicidad, debiendo designar la funcionario responsable de la entrega de dicha información, cumpliendo con las excepciones expresamente previstas por el Artículo 15º de la presente Ley. Que, el artículo 5º de a Ley Nº 27806 establece que las entidades de la Administración Pública, difundirán a través de internet los datos generales de la entidad, información presupuestal, adquisiciones de bienes y servicios, actividades ofi ciales e información adicional que la entidad considere pertinente, debiendo identifi car al funcionario responsable de la elaboración de los portales de internet; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 005-2012- AG-PCC, su fecha 11 de enero de 2012 se designaron a los responsables de la entrega de la información de acceso público y de la elaboración del Portal de Transparencia del Programa de Compensaciones para la Competitividad – PCC, siendo necesario realizar nuevas designaciones; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 27806 y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, Resolución Ministerial Nº 150-2011-AG que aprueba el Manual de Operaciones del Programa de Compensaciones para la Competitividad, modifi cado por la Resolución Ministerial Nº 398-2011-AG; SE RESUELVE: Primero.- Designar como responsable de la entrega de la información de acceso público del Programa de Compensaciones para la Competitividad al Señor Walter Poma Torres, Jefe de la Unidad de Administración. Segundo.- Designar como responsable de la elaboración del Portal de Transparencia del Programa de Compensaciones para la Competitividad al Señor Carlos Arturo Chois Pimentel, del Área de Sistemas de la Unidad de Administración. Tercero.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural Nº 005-2012-AG-PCC su fecha 11 de enero de 2012. Cuarto.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial el Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARCO VINELLI RUÍZ Jefe Programa de Compensaciones para la Competitividad 901114-1 COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO Aprueban Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Comercio Exterior y Turismo, correspondiente al Año Fiscal 2013 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 035-2013-MINCETUR/DM Lima, 13 de febrero de 2013 Visto el Informe N° 48-2013-MINCETUR/SG/OGPPD de la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo. CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, es el organismo rector del Sector Comercio Exterior y Turismo; Que, el artículo 4° de la ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece como competencia exclusiva del Poder Ejecutivo el diseño y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales, las cuales son de cumplimiento obligatorio para todas las entidades del Estado en todos los niveles de gobierno; Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, se establecieron las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para todos y cada uno de los Ministerios y demás entidades del Gobierno Nacional, Regional y Local; y se dispuso que mediante Resolución Ministerial del sector respectivo, los Ministerios deben aprobar y publicar las metas concretas y los indicadores de desempeño para evaluar semestralmente el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de su competencia; Que, mediante Decreto Supremo N° 111-2012-PCM, se incorporó la Política en materia de Gestión de Riesgo de Desastres dentro de las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para todos los niveles de Gobierno Nacional, dado que tiene como fi nalidad la protección de la vida de la población y el patrimonio de las personas y del Estado; Que, en cumplimiento al Decreto Supremo Nº 027- 2007-PCM y sus modifi catorias, la Ofi cina General de Planifi cación, Presupuesto y Desarrollo ha presentado las metas y los indicadores de desempeño correspondientes al año 2013, que permitirán evaluar el cumplimiento de las Políticas Nacionales y Sectoriales de competencia del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, las mismas que han sido elaboradas en coordinación con las Unidades Orgánicas y Organismos adscritos al Sector; De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 05- 2002-MINCETUR, y el Decreto Supremo N° 027-2007- PCM, que defi ne y establece las Políticas Nacionales de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar las Metas e Indicadores de Desempeño del Sector Comercio Exterior y Turismo, correspondientes al Año Fiscal 2013, los mismos que se detallan en el Anexo que en diecinueve (19) folios, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- El cumplimiento de las Metas e Indicadores de Desempeño aprobadas, estará a cargo de los Directores y Jefes responsables de las Unidades Orgánicas del MINCETUR y de los Organismos adscritos