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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2013 (14/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 47

El Peruano Domingo 14 de julio de 2013 499385 Los pagos realizados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza, no dan derecho a la devolución o compensación. Los administrados, que deseen acogerse a lo dispuesto en la presente Ordenanza deberán presentar un escrito de desistimiento de los recursos de reconsideración o apelación que hubiesen interpuesto, en el caso de encontrarse en trámite. Solo para el caso de la presentación de estos desistimientos, el escrito no tendrá requisito de fi rma de abogado. En el caso de los solicitantes de acogimiento al presente benefi cio que hubiesen iniciado procesos judiciales que se encuentran en trámite, tales como procesos contenciosos administrativos que cuestionen las multas administrativas objeto de la presente Ordenanza, deberán presentar copia fedateada del escrito de desistimiento debidamente recibido por el órgano jurisdiccional que conoce el proceso. Sin perjuicio de lo anteriormente referido, el acogimiento a los benefi cios contemplados en la presente Ordenanza implica el reconocimiento voluntario de la deuda administrativa, por lo que la entidad, de considerarlo pertinente, en los casos de los recursos presentados por los administrados vinculados a dicha sanción administrativa, podrá declarar que ha operado la sustracción de la materia. Cuarta.- DE LA EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD CIVIL.- La Municipalidad distrital de Surquillo estará exenta de responsabilidad civil por bienes o servicios defectuosos o daños de cualquier naturaleza al concurrir el interesado a eventos o espectáculos o el uso de servicios o productos de tiendas afi liadas. Quinta.- DE LA PÉRDIDA DE LA TARJETA CSC.- De manera excepcional y por única vez, cuando el contribuyente acredite la pérdida de la “Tarjeta CSC”, mediante una denuncia policial, se le hará entrega de un duplicado sin costo alguno, para lo cual deberá acercarse a la Sub Gerencia de Administración Tributaria de la Gerencia de Rentas, a fi n de solicitar dicho documento. Sexta.- DÉJESE sin efecto cualquier otra norma que se oponga a la presente Ordenanza. Setima.- FACULTAR al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones necesarias para lograr la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Octava.- DISPONER la publicación de la presente norma en el portal institucional www.munisurquillo.gob. pe y en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE www.serviciosalciudadano.gob.pe. POR TANTO: Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS HUAMANÍ GONZÁLES Alcalde 961920-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY Rectifican Anexo A del Acuerdo de Concejo Nº 041-2013-MDCH que aprobó ejecución de expropiación de bien inmueble ACUERDO DE CONCEJO Nº 065-2013-MDCH Chancay, 21 de junio del 2013. EL HONORABLE CONCEJO DISTRITAL DE CHANCAY VISTO: En Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 21 de junio del 2013, el Informe Nº 293-2013-MDCH/ OSG, presentado por la Ofi cina de Secretaría General, mediante el cual comunica que existe error material en el Acuerdo de Concejo Nº 041-2013-MDCH, que aprobó la ejecución de la expropiación del bien inmueble descrito en el anexo A de dicho Acuerdo; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, administrativa y económica en los asuntos de su competencia; Que, en la Sesión de Concejo Ordinaria de fecha 21 de junio del 2013, se trató el Informe Nº 293-2013-MDCH/ OSG, presentado por la Ofi cina de Secretaría General, mediante el cual comunica que existe error material en el Acuerdo de Concejo Nº 041-2013-MDCH, que aprobó la ejecución de la expropiación del bien inmueble descrito en el anexo A de dicho Acuerdo; Puesto a debate y previa votación se aprobó por Unanimidad, RECTIFICAR el ANEXO A, que forma parte integrante del Acuerdo de Concejo Nº 041-2013-MDCH de fecha 04.04.2013, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 06.04.2013, que aprobó la ejecución de la expropiación del bien inmueble descrito en el referido anexo; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas en el artículo 20ª inciso 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el voto Unánime del pleno del Concejo y con la dispensa de la lectura del Acta; SE ACUERDA: Artículo Primero.- RECTIFICAR el Anexo A del Acuerdo de Concejo Nº 041-2013-MDCH de fecha 4 de abril del 2013, publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 6 de abril del 2013, mediante el cual se aprobó la ejecución de la expropiación del bien inmueble descrito en el referido anexo, a fi n de precisar la información correcta en el cuadro de los LINDEROS, COORDENADAS Y ÁREAS A EXPROPIAR del Numeral 3 (UBICACIÓN, LINDEROS Y ÁREA) con el tenor literal siguiente: LINDEROS, COORDENADAS Y ÁREAS A EXPROPIAR POR EL NORTE Colinda con el predio signado con Unidad Catastral Nº 02796, propiedad de Negociación Wu S. C. R. LTDA; en un tramo recto : (A-I) Partiendo del vértice “A” coordenadas UTM N= 8720987.987, E=253731.540 se continua en dirección este con una distancia de 11.40 ml. POR EL SUR Colinda con el Cementerio Municipal de Chancay; en un tramo recto : (C-D) Partiendo del vértice “C” coordenadas UTM N= 8720765.860 E=253688.490 se continua en dirección este con una distancia de 88.00 ml. Artículo Segundo.- Manténgase inalterable el resto del contenido del Acuerdo de Concejo Nº 041-2013- MDCH de fecha 4 de abril del 2013, así como de su Anexo “A”. Artículo Tercero.- Encargar el cumplimiento del presente Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Procuraduría Pública Municipal, Ofi cina de Administración y Finanzas, Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto y a la Ofi cina de Secretaría General en cuanto les corresponda. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JUAN A. ALVAREZ ANDRADE Alcalde 961422-1