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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE JULIO DEL AÑO 2013 (14/07/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 45

El Peruano Domingo 14 de julio de 2013 499383 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Crean el Programa de Reconocimiento al Ciudadano Surquillano Cumplido - CSC ORDENANZA Nº 298-MDS Surquillo, 11 de julio de 2013. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: Vísto; en Sesión Ordinaria de la fecha el Dictamen Nº 004-2013-CR-CM-MDS elaborado por la Comisión de Rentas; y,. CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado y su modifi catoria dispuesta por Ley Nº 27680, establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; hecho que es ratifi cado por el artículo II del Título Preliminar de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, las Municipalidades en su calidad de Administraciones Tributarias Locales, tienen a su cargo la Gestión de los Tributos, cuya administración ha sido conferida por Ley, y en el ejercicio de dicha función , dentro del Marco Jurídico vigente, pueden hacer uso de mecanismos que incentiven el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias. Que, es necesario que la Administración establezca políticas y estrategias tributarias que incentiven el cumplimiento oportuno de las obligaciones tributarias sustanciales y formales del contribuyente, a fi n de proveerse de los recursos necesarios para asegurar el fi nanciamiento de los servicios públicos a favor de la comunidad: Que, dentro de las estrategias existentes es posible crear mecanismos que faciliten y alienten el cumplimiento voluntario de las obligaciones de los vecinos otorgándoles diversos incentivos por su actitud responsable frente al distrito; Que, el Concejo Municipal, es sensible a la necesidad de consolidar las políticas de Gestión Tributaria, considerando pertinente premiar la actitud positiva de sus contribuyentes puntuales, y de esta forma ampliar la base de contribuyentes puntuales. Que, el artículo 40º de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las Ordenanzas de las Municipalidades Distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal; Estando a lo establecido por los artículos 9º inciso 8). 39º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD, y con dispensa de la lectura y aprobación del acta, ha dado la siguiente: ORDENANZA CREACIÓN DEL “PROGRAMA DE RECONOCIMIENTO AL CIUDADANO SURQUILLANO CUMPLIDO-CSC” Artículo 1º.- OBJETIVO.- El “Programa de Reconocimiento al Ciudadano Surquillano Cumplido- CSC”, tiene por objetivo la distinción a todos los contribuyentes del distrito que cumplan puntualmente con el pago de sus obligaciones tributarias, así como incentivar el cumplimiento voluntario del Contribuyente Surquillano en el pago de sus tributos, lo que establece las condiciones para la formación mención también se podrá denominar “Programa CSC”. Artículo 2º.- RÉGIMEN DEL “PROGRAMA DE RECONOCIMIENTO AL CIUDADANO SURQUILLANO CUMPLIDO-CSC”.- El régimen del “Programa de Reconocimiento al Ciudadano Surquillano Cumplido- CSC”, selecciona a los contribuyentes de la Municipalidad distrital de Surquillo, cuya deuda tributaria es recaudada por la Municipalidad. El presente programa le otorgará al “Ciudadano Surquillano Cumplido- al cual se le podrá denominar también “Ciudadano CSC”, los benefi cios señalados en el articulo 4º de la presente Ordenanza, en reconocimiento de la conciencia tributaria mostrada y su aporte para el cumplimiento de las metas de la administración municipal. La condición del “Ciudadano CSC”, se otorgará en cada ejercicio tributario, para lo cual se efectuará la selección respectiva entre los contribuyentes del distrito, otorgándole una Tarjeta CSC que lo identifi que como tal. Artículo 3º.- REQUISITOS PARA LA OBTENCIÓN DE LA CONDICIÓN DE “CIUDADANO SURQUILLANO CUMPLIDO–CSC”.- Para la obtención de la Condición de “Ciudadano Surquillano Cumplido-CSC”, los contribuyentes deben cumplir con los siguientes requisitos: 1. No tener deudas pendientes de pago con la Municipalidad Distrital de Surquillo hasta el último ejercicio fi scal. 2. Haber efectuado el pago Puntual de las obligaciones tributarias del ejercicio corriente en el cual se efectúe la selección del “Ciudadano Surquillano Cumplido-CSC”. 3. Desistirse en la acción y en la pretensión de cualquier medio impugnativo sobre obligaciones tributarias que hubiera interpuesto al momento de la entrada de vigencia de la presente Ordenanza. 4. No tener convenio de fraccionamiento vigente sea el estado en que se encuentre. 5. No tener la condición de contribuyente no habido. 6. No haber sido excluido del Programa “Ciudadano Surquillano Cumplido-CSC”. 7. Tratándose de personas naturales, éstas no deberán encontrarse con instrucción abierta por delito tributario, sentencia condenatoria vigente, ni responsables de las empresas o entidades a que se refi eren los dos incisos siguientes. 8. Tratándose de empresas o entidades, es requisito que por su intermedio no se hayan realizado hechos que originaron la emisión de una sentencia condenatoria que esté vigente por delito tributario o delito común, siempre que las personas involucradas tengan o hubieran tenido poder de decisión sobre aquellas. 9. Tratándose de empresas o entidades, que por su intermedio no se hayan hechos materia de instrucción que se encuentre abierta por delito tributario. Artículo 4º.- BENEFICIOS DEL “CIUDADANO SURQUILLANO CUMPLIDO–CSC”.- Los vecinos del distrito que obtengan la condición de “Ciudadano Surquillano Cumplido-CSC”, tendrán los siguientes benefi cios: 1. Obtendrá una Tarjeta CSC, que le permitirá contar con atención preferente y rápida cuando acuda a realizar sus trámites u obtener información en las Ofi cinas de la Municipalidad Distrital de Surquillo. 2. Atención de solicitudes vía electrónica a través del correo “Ciudadano Surquillano Cumplido–CSC”. 3. Opción de participar en los sorteos que realizará la Municipalidad Distrital de Surquillo para aquellos contribuyentes que cumplan con las condiciones para ser considerados “Ciudadano Surquillano Cumplido-CSC”. 4. Obtener directamente todas las promociones que se otorguen a aquellos contribuyentes que cumplan con las condiciones para ser considerados “Ciudadano Surquillano Cumplido-CSC”. 5. Participación preferente en los cursos, charlas y otros eventos organizados por la Municipalidad Distrital de Surquillo. 6. Recibirá en forma individualizada información de interés contenida en revistas y boletines institucionales y