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El Peruano Martes 23 de julio de 2013 499860 (…) “Una vez ingresado el requerimiento de fi nanciamiento a la Unidad Sectorial, el GR/GL deberá registrar dicho requerimiento y adjuntar copia del cargo en el aplicativo que el MIDIS pondrá a disposición en su página web”. 3.2.6. Evaluación técnica y económica de los requerimientos de los GR y GL por parte de las Unidades Sectoriales (primer párrafo, y literales a), d) y e)) “A efectos de que las Unidades Sectoriales puedan remitir los expedientes de los requerimientos de los GR y/o GL a la STG, aquéllas deberán haberlos aprobado, previa verifi cación del cumplimiento de las condiciones y requisitos especifi cados en los formatos 1 al 6 del anexo C y los anexos C1 al C3, de las políticas del sector, de los objetivos del FONIE, y de la normatividad vigente del SNIP, de ser el caso, y evaluación de los aspectos técnicos y económicos del expediente. De no cumplirse dichos requisitos y condiciones, las Unidades Sectoriales solicitarán al GR y/o GL subsanar la documentación faltante o se dará por no admitida la solicitud presentada, según corresponda”. (…) “a. Presenten alguna variación sustancial entre el requerimiento presentado y el registrado en el Banco de Proyectos, la que debe estar sustentada en el Formato SNIP 16 ó 17, según corresponda”. (…) “d. El proyecto no cumple con los criterios de formulación/evaluación básicos establecidos por el Sistema Nacional de Inversión Pública, y/o no cumple con los requisitos técnicos defi nidos por el Sector al que pertenece, y/o no cumple con los criterios y/o documentos establecidos por el Fondo”. “e. La entidad requirente no fi gura como la Unidad Ejecutora del proyecto en el Formato SNIP 03 o 04 registrado en el Banco de Proyectos”. (…) 3.2.7. Presentación de solicitudes de fi nanciamiento a la STG por parte de las Unidades Sectoriales (como primera parte del primer párrafo, y se incorpora el segundo párrafo) “Las Unidades Sectoriales remitirán a la STG las solicitudes de fi nanciamiento de intervenciones adjuntando los Formatos 2, 4, 5, 7, 9 y 10 del anexo C, así como el Formato 8 de tal anexo, de ser el caso. Además, deberán adjuntar copia de los Formatos 1, 2, 4, 5 y 6, y, de ser el caso, el Formato 3, que forman parte de los requerimientos de los GR y/o GL que cuenten con conformidad técnica y económica de las Unidades Sectoriales (…)”. “Las Unidades Sectoriales también deberán adjuntar a las solicitudes de fi nanciamiento, la información que dé cuenta del número de intervenciones presentadas en los requerimientos de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, el número de estas intervenciones que han sido evaluadas, y el número de intervenciones que han obtenido la conformidad técnica y económica, clasifi cándolas según la fase del ciclo del proyecto (preinversión, inversión y post inversión)”. 3.2.8. Evaluación, aprobación y asignación de recursos (primer y tercer párrafos) “La STG procederá a evaluar el contenido de cada una de las solicitudes de fi nanciamiento presentadas por las Entidades Solicitantes, verifi cando que se cumpla con los requisitos y condiciones previstas en el presente Manual de Operaciones”. (…) “En un plazo no mayor de 15 días hábiles de recibidas las solicitudes de fi nanciamiento, la STG realizará la evaluación de las solicitudes. Dentro de dicho plazo la STG podrá coordinar con las Entidades Solicitantes a efectos de que puedan complementar la información proporcionada, de ser el caso”. 3.3.1. Transferencias (último párrafo) (…) “La STG elaborará un cuadro consolidado de todas las Solicitudes de Financiamiento aprobadas, clasifi cándolas de acuerdo a la etapa del Ciclo del Proyecto: Preinversión, Inversión y Post Inversión, según lo especifi cado en el Formato 7”. Anexo C: Formatos y Anexos. Conforme al anexo adjunto que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.midis.gob.pe). Artículo 3.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano. Artículo 4.- Prorrogar por sesenta (60) días calendario, el plazo previsto en el numeral 3.1.3 del Manual de Operaciones del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE), para la presentación del primer Plan Multianual de Ejecución de Intervenciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI ÁVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 965646-1 Aceptan renuncia y encargan funciones de Director General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 145-2013-MIDIS Lima, 22 de julio de 2013 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, mediante Decreto Supremo N° 011-2012-MIDIS, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y mediante Resolución Suprema N° 001-2013-MIDIS, se aprobó su Cuadro para Asignación de Personal, el cual fue objeto de reordenamiento a través de las Resoluciones Ministeriales N° 012-2012-MIDIS, N° 085-2012-MIDIS y N° 127-2012- MIDIS; Que, el referido Cuadro de Asignación de Personal contempla el cargo de Director General de Descentralización y Coordinación de Programas Sociales del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales, como cargo de confi anza; Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, mediante resolución ministerial o resolución del Titular de la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia o se dispone una nueva designación o nombramiento de los actuales funcionarios con cargo de