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El Peruano Martes 23 de julio de 2013 499863 El monto total de los premios a otorgarse para personas naturales durante la fecha del sorteo autorizado, asciende a la suma de Seiscientos Cuarenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 640 000,00). El sorteo se efectuará de manera simultánea en todas las zonas geográfi cas, hasta completar la cantidad de ganadores que corresponda a cada una de éstas. Los premios se asignarán a los ganadores por cada zona geográfi ca conforme al orden en que se extraigan los sobres seleccionados al azar, dándose inicio con la asignación de los premios de Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 5 000,00) hasta completar la cantidad de ganadores por dicho monto, para luego fi nalizar con la asignación del premio de Ochenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 80 000,00). SORTEO PERSONAS NATURALES POR ZONAS COMERCIALES SORTEO ZONAS GEOGRÁFICAS PREMIOS TOTAL POR SORTEO I AL II Zona Lima y Callao Un (1) Premio de S/. 80 000,00 Dieciséis (16) Premios de S/.5 000,00 cada uno S/. 160 000,00 Zona 1 Un (1) Premio de S/. 80 000,00 Dieciséis (16) Premios de S/.5 000,00 cada uno S/. 160 000,00 Zona 2 Un (1) Premio de S/. 80 000,00 Dieciséis (16) Premios de S/.5 000,00 cada uno S/. 160 000,00 Zona 3 Un (1) Premio de S/. 80 000,00 Dieciséis (16) Premios de S/.5 000,00 cada uno S/. 160 000,00 El monto total de los premios a otorgarse para personas naturales por zonas comerciales durante las dos (2) fechas de los sorteos autorizados, asciende a la suma de Un Millón Doscientos Ochenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/.1 280 000,00). En cada fecha los sorteos se efectuarán de manera simultánea en todas las zonas geográfi cas, hasta completar la cantidad de ganadores que corresponda a cada una de éstas. Los premios se asignarán a los ganadores por cada zona geográfi ca conforme al orden en que se extraigan los sobres seleccionados al azar, dándose inicio con la asignación de los premios de Cinco Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 5 000,00) hasta completar la cantidad de ganadores por dicho monto, para luego fi nalizar con la asignación del premio de Ochenta Mil y 00/100 Nuevos Soles (S/. 80 000,00). SORTEO INSTITUCIONES EDUCATIVAS SORTEO ZONAS GEOGRÁFICAS PREMIOS TOTAL POR SORTEO I Zona Lima y Callao Dos (2) Premios de S/. 40 000,00 para las Instituciones Educativas Ocho (8) Premios de S/. 15 000,00 para las Instituciones Educativas Dos (2) premios de S/. 6 000,00 para los alumnos de instituciones educativas ganadoras de premios de S/. 40 000,00 Ocho (8) premios de S/. 3 500,00 para los alumnos de las instituciones educativas ganadoras de premios de S/. 15 000,00 S/. 240 000,00 Zona 1 Dos (2) Premios de S/. 40 000,00 para las Instituciones Educativas Ocho (8) Premios de S/. 15 000,00 para las Instituciones Educativas Dos (2) premios de S/. 6 000,00 para los alumnos de instituciones educativas ganadoras de premios de S/. 40 000,00 Ocho (8) premios de S/. 3 500,00 para los alumnos de las instituciones educativas ganadoras de premios de S/. 15 000,00 S/. 240 000,00 Zona 2 Dos (2) Premios de S/. 40 000,00 para las Instituciones Educativas Ocho (8) Premios de S/. 15 000,00 para las Instituciones Educativas Dos (2) premios de S/. 6 000,00 para los alumnos de instituciones educativas ganadoras de premios de S/. 40 000,00 Ocho (8) premios de S/. 3 500,00 para los alumnos de las instituciones educativas ganadoras de premios de S/. 15 000,00 S/. 240 000,00 Zona 3 Dos (2) Premios de S/. 40 000,00 para las Instituciones Educativas Ocho (8) Premios de S/. 15 000,00 para las Instituciones Educativas Dos (2) premios de S/. 6 000,00 para los alumnos de instituciones educativas ganadoras de premios de S/. 40 000,00 Ocho (8) premios de S/. 3 500,00 para los alumnos de las instituciones educativas ganadoras de premios de S/. 15 000,00 S/. 240 000,00 FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN