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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (01/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 132

El Peruano Sábado 1 de junio de 2013 496310 e) Poner a consideración de la asamblea los resultados prioritarios a favor de la población que pueden ser objeto de atención en el proceso. f) Proponer la cartera de proyectos a ser sometida al presupuesto participativo basado en resultados, señalando expresamente la conexión al resultado prioritario que corresponda. g) Determinar e informar a los agentes participantes el porcentaje del presupuesto institucional que corresponderá al presupuesto participativo basado en resultados, sin perjuicio de que los recursos no incluidos se asignen por los resultados claramente especifi cados. h) Informar a los agentes participantes los acuerdos adoptados en las reuniones de coordinación entre niveles de gobierno sobre cofi nanciamiento de proyectos relacionados con el presupuesto participativo basado en resultados. i) Disponer las medidas necesarias para el cumplimiento de los acuerdos adoptados en el proceso. j) Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de los acuerdos. k) Rendir cuentas a los agentes participantes sobre el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos el año anterior. Artículo 8º.- Concejo Municipal Durante el proceso del presupuesto participativo basado en resultados es responsable de: a) Aprobar las normas complementarias que se requieran para llevar a cabo el proceso. b) Fiscalizar el desarrollo oportuno de cada una de las fases del proceso. c) Velar por el cumplimiento de los acuerdos y compromisos asumidos por la Municipalidad Distrital de San Miguel. d) Realizar seguimiento a la entrega de información para el desarrollo de las labores del comité de vigilancia. Artículo 9º.- Consejo de Coordinación Local Distrital Durante el proceso del presupuesto participativo basado en resultados es responsable de: a) Participar y promover activamente el proceso. b) Responder a las convocatorias que realiza la autoridad local. c) Apoyar al comité de vigilancia en el cumplimiento de las acciones acordadas en el presupuesto participativo basado en resultados. Artículo 10º.- Agentes Participantes Durante el proceso del presupuesto participativo basado en resultados son responsables de: a) Participar activamente en la discusión, defi nición, priorización y toma de decisiones del proceso del presupuesto participativo. b) Suscribir las actas y demás instrumentos que garanticen la formalidad del proceso. c) Otros que demande el proceso. Artículo 11º.- Equipo Técnico Durante el proceso del presupuesto participativo basado en resultados es responsable de: a) Brindar apoyo para la organización y desarrollo del proceso. b) Facilitar información para el desarrollo de los talleres de trabajo. c) Fijar fechas y lugares de realización de los talleres de trabajo en cumplimiento del cronograma de actividades del presupuesto participativo. d) Realizar la evaluación técnica y fi nanciera de los proyectos propuestos. e) Preparar y presentar la lista de proyectos que aprobaron la evaluación técnica y fi nanciera. El Equipo Técnico será propuesto por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. Artículo 12º.- Comité de Vigilancia Durante el proceso del presupuesto participativo basado en resultados es responsable de: a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del presupuesto participativo. b) Informar al Concejo Municipal y al Consejo de Coordinación Local Distrital el incumplimiento de los acuerdos. Artículo 13º.- La Gerencia de Planeamiento y Presupuesto Durante el proceso del presupuesto participativo basado en resultados es responsable de: a) Proponer a las instancias correspondientes el Presupuesto Institucional de Apertura, incorporando proyectos priorizados en el presupuesto participativo basado en resultados. b) Remitir copia del acta de acuerdos y compromisos, así como el documento del proceso a la Dirección General del Presupuesto Público. c) Mantener actualizado el aplicativo interactivo en las diversas fases del proceso. TÍTULO III FASES DEL PROCESO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS CAPÍTULO I Artículo 14º.- Fases del proceso de Presupuesto Participativo basado en resultados El proceso del presupuesto participativo basado en resultados comprende las siguientes fases: a) Preparación b) Concertación c) Coordinación d) Formalización Artículo 15º.- Fase de Preparación La Municipalidad Distrital de San Miguel a través del Equipo Técnico Municipal y en coordinación con el Consejo de Coordinación Local Distrital realizará las siguientes acciones durante esta fase: 15.1. Comunicación La Municipalidad Distrital de San Miguel, a través de la Gerencia de Participación Vecinal, informa a la población los avances y resultados del proceso utilizando los diversos medios de comunicación, su portal electrónico y otros medios. 15.2. Sensibilización La Municipalidad Distrital de San Miguel, a través de la Gerencia de Participación Vecinal, promueve la participación responsable de la sociedad civil organizada en la gestión del desarrollo local y el compromiso que deben asumir en las decisiones que se tomen, así como la importancia del proceso. 15.3. Convocatoria La Municipalidad Distrital de San Miguel, a través de la Gerencia de Participación Vecinal, y el Consejo de Coordinación Local convocan a la población organizada del distrito de San Miguel a participar en el proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados empleando los medios de comunicación adecuados. Esta convocatoria promoverá la integración al proceso de representantes de las distintas entidades del Estado y de la sociedad civil del Distrito. 15.4. Identifi cación y Registro de Agentes Participantes La Municipalidad Distrital de San Miguel, a través de la Gerencia de Participación Vecinal, establece las formas de registro de los agentes participantes, los que deben