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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (01/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 134

El Peruano Sábado 1 de junio de 2013 496312 que será presentada en el segundo taller del Presupuesto Participativo. La etapa de evaluación técnica será desarrollada por los órganos de línea de la municipalidad según el tipo de proyecto e idea de proyecto presentado. Artículo 17º.- Fase de Coordinación La Municipalidad Distrital de San Miguel, los otros gobiernos locales de la provincia de Lima y la Municipalidad Metropolitana de Lima, a través del programa de Gobierno Regional de Lima Metropolitana, organizan los mecanismos de coordinación y consistencia presupuestaria en materia de gastos de inversión y entre niveles de gobierno, respetando competencias y procurando economías de escala y concertación de esfuerzos. El cofi nanciamiento debe ser orientado por el principio de subsidiariedad, es decir, las transferencias fi nancieras resultantes del cofi nanciamiento deben adecuarse al nivel de gobierno que tiene la competencia y por tanto está en condiciones de brindar la mejor prestación de los servicios del Estado a la comunidad. Se articulará, dentro del ámbito correspondiente, las políticas y proyectos presentados en el marco del proceso del Presupuesto Participativo basado en resultados para el año fi scal 2014 con los niveles de Gobierno Regional y Nacional. Artículo 18º.- Fase de Formalización La Municipalidad Distrital de San Miguel, a través de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, registrará el desarrollo del proceso participativo en el “Aplicativo Interactivo para el Proceso Participativo”, accesible mediante el portal electrónico del Ministerio de Economía y Finanzas, lo que servirá de insumo para elaborar el Documento del Presupuesto Participativo que será remitido a la Dirección General de Presupuesto Público. Artículo 19º.- Inclusión de proyectos e ideas de proyecto priorizados en el Presupuesto Institucional de Apertura Culminado los talleres de trabajo, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto coordinará la inclusión en el Presupuesto Institucional de Apertura – PIA los proyectos e ideas de proyectos priorizados en el marco del proceso del Presupuesto Participativo para el año fi scal 2014, el mismo que será aprobado acorde con la normatividad vigente. Artículo 20º.- Mecanismos de Vigilancia 20.1. El Comité de Vigilancia El Comité de Vigilancia realiza acciones de vigilancia ciudadana del proceso participativo. Es elegido por los agentes participantes en el Taller de Priorización y Formalización de Acuerdos y está conformado por los agentes participantes que representan a la sociedad civil y debe ser reconocido por el Concejo Municipal de San Miguel. Para ser elegido miembro del Comité de Vigilancia se requiere ser agente participante representante de una organización social de base o institución privada del distrito de San Miguel, radicar en este distrito y no haber sido condenado por delitos o faltas. 20.2 Funciones del Comité de Vigilancia a) Vigilar el cumplimiento de los acuerdos del Presupuesto Participativo. b) Vigilar que la Municipalidad Distrital de San Miguel cuente con un cronograma aprobado de ejecución de obras de los proyectos de inversión priorizados en el proceso participativo. c) Vigilar que los recursos de la Municipalidad Distrital de San Miguel destinados al Presupuesto Participativo del año fi scal 2013 sean invertidos de conformidad con los acuerdos y compromisos asumidos. d) Vigilar que los proyectos priorizados y ejecutados se vinculen efectivamente con la mejor provisión de servicios o productos a la población, en el marco de los resultados identifi cados. e) Vigilar que la sociedad civil cumpla con los compromisos asumidos en el cofi nanciamiento de los proyectos de inversión incluidos en el proceso participativo. f) Informar semestralmente al Consejo de Coordinación Local distrital sobre los resultados de la vigilancia. g) Presentar reclamo o denuncia al concejo municipal, a la Contraloría General de la República, al Ministerio Público o a la Defensoría del Pueblo en caso encuentre indicios o pruebas de alguna irregularidad en el proceso del Presupuesto Participativo o en la implementación de los acuerdos adoptados en éste. 20.3. Información para el Comité de Vigilancia La Municipalidad Distrital de San Miguel proporcionará al Comité de Vigilancia la información siguiente: a) Cronograma de inversiones de los proyectos priorizados, señalando fechas de inicio y culminación de las etapas de preinversión e inversión. b) El Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente y sus modifi catorias, durante la ejecución, cuando éstas afecten los acuerdos del Presupuesto Participativo. c) Ejecución de gastos de inversión trimestral, semestral y anual del avance de la ejecución de los proyectos de inversión según reporte del Sistema Integrado de Administración Financiera del Sector Público. El comité de vigilancia utilizará la información contenida en el “Aplicativo Interactivo para el Proceso Participativo”. 20.4. Otros actores de vigilancia y control Otros actores de vigilancia del proceso del presupuesto participativo son: La Contraloría General de la República, la Dirección General del Presupuesto Público y el Concejo Municipal. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Se considerarán faltas a las normas en el proceso del presupuesto participativo basado en resultados para el Año Fiscal 2014: a) La inasistencia a los talleres participativos. b) Agresión física o verbal por parte de los agentes participantes en los talleres del proceso del presupuesto participativo. c) Asistir en estado etílico o alteración por consumo de drogas. d) Interferir con el normal desarrollo de la asamblea del proceso del presupuesto participativo. Segunda.- Las sanciones aplicables contra los infractores son: a) Llamada de atención. b) Suspensión de 15 minutos durante la asamblea. c) En los casos previstos en los literales c) y d) de la disposición transitoria precedente, se cancelará la intervención del agente participante. En todos los casos las infracciones y sanciones se registrarán en las actas de la Asamblea correspondiente. Tercera.- La inscripción para participar en el proceso del presupuesto participativo basado en resultados para el Año Fiscal 2014 es gratuita. Cuarta.- Apruébese el cronograma del proceso del presupuesto participativo basado en resultados para el Año Fiscal 2014, el mismo que como Anexo Nº 01 forma parte del presente reglamento. Quinta.- Autorizar al alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía expida las disposiciones que sean necesarias para modifi car, precisar o desarrollar el presente reglamento, así como todo lo no previsto en el mismo. Sexta.- Los órganos de línea de la municipalidad elaborarán, según el tipo de proyecto, el cronograma de ejecución de proyectos que deberá ser puesto a disposición del comité de vigilancia, el Consejo de Coordinación Local Distrital y el Concejo Municipal.