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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (06/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 61

El Peruano Jueves 6 de junio de 2013 496631 DISTRITO JUDICIAL DE ICA • Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Chincha • Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Ica • Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Nazca • Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Pisco • Juzgado de Paz Letrado Transitorio de Ica. Hasta el 30 de setiembre de 2013 DISTRITO JUDICIAL DE JUNÍN • Primer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Huancayo • Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de Huancayo DISTRITO JUDICIAL DEL SANTA • Primer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de la Provincia del Santa. • Segundo Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de la Provincia del Santa. • Tercer Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de la Provincia del Santa. • Cuarto Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio de la Provincia del Santa. Artículo Segundo.- Disponer que los jueces de los mencionados órganos jurisdiccionales incrementarán en no menos del 50% el número de sentencias y autos que ponen fi n al proceso, del promedio de producción correspondiente al ultimo periodo de prórroga. Este resultado será determinante para evaluar el funcionamiento de los referidos juzgados transitorios. Cada fin de mes, sin perjuicio de la información que debe descargarse en los sistemas informáticos de la institución, los jueces informarán directamente al Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Ley Procesal del Trabajo sobre los siguientes aspectos: a) Número de autos que ponen fin al proceso y sentencias expedidas; b) Número de expedientes en trámite y pendientes de resolución final; c) Número de expedientes en ejecución; y, d) Dificultades presentadas en el ejercicio de sus funciones. Artículo Tercero.- Los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Cajamarca, Ica, Junín y del Santa dentro de los cinco primeros días correspondientes a los meses en que vencen las prórrogas, remitirán al Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo los informes respectivos sobre aspectos técnicos-estadísticos de los citados órganos jurisdiccionales para efectos de evaluar propuestas de prórrogas de funcionamiento de los mismos, sin perjuicio de las decisiones que adopte el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre dichos juzgados a propuesta del mencionado Equipo Técnico. Artículo Cuarto.- Establecer que la remisión, distribución o redistribución de procesos laborales hacia los Juzgados Especializados de Trabajo Transitorios antes citados, de manera exclusiva estén referidos a procesos tramitados bajo la Ley N° 26636; así como a procesos contenciosos administrativos laborales y previsionales iniciados antes de la implementación de la Ley N° 29497 en los Distritos Judiciales de Cajamarca, Ica, Junín y del Santa, de conformidad con la competencia otorgada a dichos órganos jurisdiccionales. Artículo Quinto.- Disponer que las Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Cajamarca, Ica, Junín y del Santa remitan al Equipo Técnico de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, dentro del quinto día de emitidas, copia de las resoluciones administrativas que expidan referidas a la distribución o redistribución de carga procesal a los órganos jurisdiccionales citados en el artículo primero de la presente resolución. Artículo Sexto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Comisión Nacional de Descarga Procesal, Equipo Técnico Institucional de Implementación de la Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ofi cina de Control de la Magistratura, Presidencias de la Cortes Superiores de Justicia de Cajamarca, Ica, Junín y del Santa, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Presidente 946381-5 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Disponen la permanencia de Juez Provisional del Sétimo Juzgado Civil de Lima y de Juez Supernumerario del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 608-2013-P-CSJLI/PJ Lima, 04 de junio del 2013 VISTOS y CONSIDERANDOS: Que, mediante la razón de la fecha que antecede, la doctora Rosa María Cabello Arce, Juez Titular del Sétimo Juzgado Civil de Lima, solicita se le conceda licencia, a partir del 05 de junio del presente año y aproximadamente por el período de tres días. Que, estando a lo expuesto en el considerando anterior, esta Presidencia considera pertinente emitir el pronunciamiento respectivo, a fi n de no afectar el normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del Sétimo Juzgado Civil de Lima. Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo y dirige la política interna de su Distrito Judicial, con el objeto de brindar un efi ciente servicio de administración de justicia en benefi cio de los justiciables y, en virtud a dicha atribución, se encuentra facultado para designar y dejar sin efecto la designación de los Magistrados Provisionales y Supernumerarios que están en el ejercicio del cargo jurisdiccional. Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3º y 9º del artículo 90° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero: DISPONER la permanencia del doctor MELITON NÉSTOR APAZA PACORI Juez Titular del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Lima, como Juez Provisional del Sétimo Juzgado Civil de Lima, a partir del 05 de junio del presente año y mientras dure la licencia de la doctora Cabello Arce. Artículo Segundo: DISPONER la permanencia del doctor HENRY LUIS LOZA ZAMUDIO como Juez Supernumerario del Quinto Juzgado de Paz Letrado de Lima, a partir del 05 de junio del presente año y mientras dure la promoción del doctor Apaza Pacori. Artículo Tercero: PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la República, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Ofi cina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, Ofi cina de Personal