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El Peruano Sábado 8 de junio de 2013 496860 PODER EJECUTIVO DEFENSA Autorizan viaje de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú a Italia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 267-2013-DE/ Lima, 8 de junio de 2013 Visto el Ofi cio NC-900-COFA-Nº 0236 de fecha 10 de mayo de 2013 del Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú, el Ofi cio Nº P6C/173/13 de fecha 23 de mayo de 2013 del Agregado de Defensa Italiano en el Perú y el FAX-Nº 147-2013-MINDEF/VPD/B/c de fecha 31 de mayo de 2013 del Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa. CONSIDERANDO: Que, mediante el Ofi cio Nº P6C/173/13 de fecha 23 de mayo de 2013, el Agregado de Defensa Italiano en el Perú, hace extensiva una invitación al Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, para que una comisión de expertos de Defensa Aérea del MINDEF/FAP puedan viajar a la República Italiana en junio de 2013, para participar en las reuniones técnicas sobre los sistemas de interés de la Fuerza Aérea del Perú; Que, mediante el FAX-Nº 147-2013-MINDEF/VPD/ B/c de fecha 31 de mayo de 2013, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa, informa que el Ministro de Defensa ha dispuesto el viaje a la ciudad de Roma - República Italiana, de dos representantes del Ministerio de Defensa, uno de la Marina de Guerra del Perú y tres expertos de Defensa Aérea de la Fuerza Aérea del Perú, para sostener reuniones técnicas con funcionarios del Ministerio de Defensa de la República Italiana, del 10 al 15 de junio de 2013; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión ofi cial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el objeto de garantizar la presencia del Personal Militar FAP durante la totalidad de las referidas reuniones, resulta necesario autorizar la salida del país con dos (2) días de anticipación, así como su retorno un (1) día después del evento; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Roma - República Italiana, del Personal Militar FAP que se indica en la parte resolutiva, para que participe en las reuniones técnicas con funcionarios del Ministerio de Defensa de la República Italiana, del 10 al 15 de junio de 2013, por cuanto los conocimientos y experiencias a adquirirse redundarán en benefi cio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito de competencia de la Fuerza Aérea del Perú; Que, la actividad antes mencionada no se encuentra considerada en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013 aprobado con Resolución Suprema Nº 091-2013-DE, del 15 de marzo de 2013, en razón que la misma fue comunicada con posterioridad a su aprobación; sin embargo, en atención a los intereses del Sector Defensa y la importancia de la actividad por desarrollar, resulta pertinente expedir la autorización de viaje; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, modifi cado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Roma - República Italiana, del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que participe en las reuniones técnicas relativas al Sistema de Defensa Aérea con funcionarios del Ministerio de Defensa de la República Italiana, del 10 al 15 de junio de 2013, así como autorizar la salida del país el 08 de junio de 2013 y su retorno el 16 de junio de 2013: Mayor General FAP CARLOS RICARDO RAUL ARANA PERRY NSA: O-9401179 DNI: 43389333 Coronel FAP JUAN DE DIOS MEURIS CALLEGARI GALVAN NSA: O-9421980 DNI: 43285495 Coronel FAP JOSE GUILLERMO DE LAS CASAS SERAS NSA: O-9550487 DNI: 43388318 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de acuerdo a los conceptos siguientes: Lima - Roma (República Italiana) - Lima US $ 3,267.78 x 03 personas (Incluye TUUA) = US $ 9,803.34 Viáticos: US $ 540.00 x 07 días x 03 personas = US $ 11,340.00 Total a pagar = US $ 21,143.34 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 056- 2013-PCM de fecha 18 de mayo de 2013. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 948028-1