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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (08/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 80

El Peruano Sábado 8 de junio de 2013 496858 señala la Ley. Esta facultad se encuentra recogida además, en la Ley Orgánica de Municipalidades, en su artículo 40, siendo estas las normas de carácter general con mayor jerarquía en la estructura normativa municipal; Que, en virtud a lo anterior, y en atención a la condición socioeconómica que atraviesan los administrados, se ha visto por conveniente que el costo total que demanda la prestación de algunos procedimientos y servicios, no sea trasladado totalmente a los administrados, de manera que económicamente pueda garantizar el acceso a los mismos; Que, asimismo, respecto de los procedimientos y servicios, se enumeran los requisitos necesarios para la tramitación o ejecución de los mismos y la base legal que corresponda. Así también, se señala en el caso de procedimientos, si la califi cación del procedimiento será automática o con evaluación previa (indicándose además si opera el Silencio Administrativo Positivo o Negativo), el área donde inicia el procedimiento, la autoridad encargada de aprobarlo, y el recurso contra dicho procedimiento, de ser el caso; Que, por su parte, con relación a los servicios, se cumple con señalar la dependencia donde será atendida la solicitud y la autoridad encargada de su aprobación; Que, la aprobación de dicha propuesta normativa permite sistematizar los procedimientos administrativos que se tramitan ante este municipio y, asimismo, ordenar y racionalizar los requisitos que se solicitan, de esta manera se logra mejorar el acceso a los servicios que presta la Entidad; Finalmente, de acuerdo con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, la aprobación del TUPA de los gobiernos locales, como es el caso de la Municipalidad Distrital de Yuracmarca se realiza a través de Ordenanza Municipal; Que, de conformidad a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los numerales 8 y 9 del Artículo 9 de la Ley Nº 27972 – Ley orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA EL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENBTOS ADMINISTRATIVOS – TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YURACMARCA. Artículo 1º.- APROBACION DEL TUPA. Apruébese el Texto único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Yuracmarca – TUPA, el cual contiene ciento veinte y cuatro (124) procedimientos administrativos para el año 2013. Artículo 2º.- APROBACION DE PROCEDIMIENTOS. Apruébese los procedimientos indicados en el anexo de la presente Ordenanza, con los requisitos y derechos de trámite que se establecen por los mismos. Articulo 3º.- DIFUSION DEL TUPA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YURACMARCA. Los cuadros de procedimientos administrativos prestados que contiene el TUPA, serán publicados en el portal Institucional del Municipio. Artículo 4º.- VIGENCIA. La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial de la localidad. Artículo 5º.- DEROGACION TUPA ANTERIOR. Derogar el Texto único de Procedimientos Administrativos – TUPA de la Municipalidad Distrital de Yuracmarca aprobado por Ordenanza Nº 001-2011-MDY/ CM así como sus ampliatorias, modifi catorias y todas las disposiciones municipales que se opongan a la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. PABLO PEDRO LÓPEZ PAULINO Alcalde 946877-1 REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN