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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (08/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 68

El Peruano Sábado 8 de junio de 2013 496846 de Cataluña y representante político de PLATFORMA se realiza la invitación para participar del Seminario “Diálogo y desarrollo de capacidades de gobiernos locales y regionales en América Latina en los ámbitos del desarrollo y la gobernanza local”, a desarrollarse en Iguazú, Argentina entre el 10 y 11 de junio de 2013, evento que tiene por objetivos, informar a los participantes sobre las políticas de la Comisión Europea en lo referente a los gobiernos locales y sus oportunidades, intercambio de información sobre la cooperación al desarrollo en el tema de la seguridad pública y sus experiencias, identifi car las lecciones aprendidas sobre metodologías y sistemas que contribuyen los programas de desarrollo de la implementación exitosa del proyecto, y contribuir al desarrollo de la investigación sobre las asociaciones de gobiernos locales y regionales de América Latina; cubriendo la institución organizadora con los gastos por concepto de pasajes aéreos y alojamiento del señor Presidente Regional; Que, mediante Memorando Nº 067-2013/GRP- 410000 del 14 de enero de 2013, Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, emitió certifi cación presupuestaria para el año fi scal 2013 para coberturar gastos de funcionamiento; Que, con Memorando Nº 624-2013-GRP-400000 del 30 de mayo de 2013, Gerencia General Regional solicita autorización para salida del país del Presidente Regional Lic. Javier Atkins Lerggios y del Secretario del Consejo Regional Abog. José Luis Díaz Callirgos, entre el 08 y 12 de junio de 2013, para atender la invitación de PLATFORMA y asistir al Seminario “Diálogo y desarrollo de capacidades de gobiernos locales y regionales en América Latina en los ámbitos del desarrollo y la gobernanza local” en Iguazú, República de Argentina; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Ordinaria Nº 05 - 2013, celebrada el día 31 de mayo del 2013, en la ciudad de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, modifi cada por Ley Nº 27680 y Ley Nº 28607; y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, y sus modifi catorias Ley Nº 27902, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968 y Ley Nº 29053; ACUERDA: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Iguazú de la República Argentina, al señor Presidente Regional Lic. Javier Atkins Lerggios, y al señor Secretario del Consejo Regional Abog. José Luis Díaz Callirgos, durante los días 08 al 12 de junio de 2013, con la finalidad de atender la invitación de la Dirección General para la Cooperación al Desarrollo del Gobierno de Cataluña y de PLATFORMA, para participar del Seminario “Diálogo y desarrollo de capacidades de gobiernos locales y regionales en América Latina en los ámbitos del desarrollo y la gobernanza local”. Artículo Segundo.- La institución organizadora, PLATFORMA, asumirá los gastos por concepto de transporte aéreo y alojamiento del señor Presidente Regional, conforme lo señala en la carta de invitación; correspondiendo cubrirse los gastos por concepto de transporte aéreo y viáticos del señor Secretario del Consejo Regional con cargo al Pliego Presupuestal Gobierno Regional Piura, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres y Apellidos Pasajes Aéreos Viáticos por día US$ Nº de días TUUA Total Viáticos US$ Lic. Javier Atkins Lerggios --- 200 03 31.00 US$ 631.00 Abog. José Luis Díaz Callirgos US$ 1506.00 200 03 31.00 US$ 2,106.00 Total US$ 2,737.00 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a su retorno al país, los señores comisionados, presentarán al Consejo Regional un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos producto del viaje autorizado, asimismo la rendición de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo Cuarto.- Alcanzar el presente Acuerdo a Gerencia General Regional para que disponga las acciones administrativas para su implementación. Artículo Quinto.- Disponer, la publicación del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Sexto.- Dispensar el presente Acuerdo del trámite de lectura y aprobación del Acta. POR TANTO. Regístrese, publíquese y cúmplase. TOMAS FIESTAS ECHE Consejero Delegado Consejo Regional 946846-1 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Aprueban Reglamento de Organización y Funciones de la Unidad Ejecutora Nº 005 Carretera Federico Basadre ORDENANZA REGIONAL Nº 002-2013-GRU/CR POR CUANTO: El Consejo Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Estado, modifi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización; Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modifi cado por las Leyes Nº 27902, Nº 28968, Nº 29053 y demás normas complementarias, en Sesión Ordinaria de fecha 21 de febrero del 2013; y, CONSIDERANDO: Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, prescribe que los Gobiernos Regionales, gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organización del Gobierno Regional a través de las ordenanzas Regionales, en concordancia con el literal a) del Artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en la que faculta aprobar, modifi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional, concordante con el Artículo 38º de la misma norma legal, que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional; Que, de conformidad con el Artículo 35º literal c) de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, los Gobiernos Regionales son competentes para aprobar su organización interna y presupuesto institucional ; asimismo es atribución del Consejo Regional, aprobar los documentos de gestión; entre ellos, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Manual de Organización y Funciones (MOF) y el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) de las instituciones públicas adscritas al Gobierno Regional, en concordancia con el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, en la que establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general en la organización y administración del Gobierno Regional; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, de fecha 26 de julio del 2006, aprueban los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de organización y Funciones – ROF, por parte de las Entidades de la Administración Pública”, establece los requisitos mínimos para la elaboración de los instrumentos de gestión, los cuales se ha cumplido estrictamente. Que, mediante la Ley Marco del Empleo Público, Ley Nº 28175, se establece los lineamientos generales para