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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JUNIO DEL AÑO 2013 (15/06/2013)

CANTIDAD DE PAGINAS: 112

TEXTO PAGINA: 15

El Peruano Sábado 15 de junio de 2013 497157 de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024- 2009-DE/SG, de fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina y a lo acordado con el Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Cadete Naval de 1er. Año Cristhian Eduardo CASTELLARES Pretell, CIP. 00149238, DNI. 76697918, para que participe en el Curso de Formación de Cadetes Promoción 2017, a impartirse en la Academia Naval de Annapolis, Estado de Maryland, Estados Unidos de América, del 17 de junio de 2013 al 30 de junio de 2017. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú efectuará los pagos que correspondan al Año Fiscal 2013, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes Aéreos (ida): Lima - Annapolis, Maryland (Estados Unidos de América) US$ 2,000.00 US$ 2,000.00 Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 500.00 / 30 x 14 días (junio 2013) US$ 233.33 US$ 500.00 x 6 meses (julio - diciembre 2013) US$ 3,000.00 Gastos de Traslado (ida): (equipaje, bagaje e instalación) US$ 500.00 x 1 compensación US$ 500.00 ------------------- TOTAL A PAGAR: US$ 5,733.33 Artículo 3.- El otorgamiento de Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hará por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, y con cargo al respectivo Presupuesto Institucional del Año Fiscal correspondiente. Artículo 4.- El gasto que origine el cumplimiento de la presente autorización de viaje en Misión de Estudios, se efectuará con cargo a las partidas presupuestales del Sector Defensa - Marina de Guerra del Perú del Año Fiscal correspondiente, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- El Ministerio de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1°, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del participante. Artículo 6.- El Cadete Naval designado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el Titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los QUINCE (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Artículo 7.- El mencionado Cadete Naval revistará en la Dirección General de Educación de la Marina, por el período que dure la Misión de Estudios. Artículo 8.- La presente Resolución Suprema, no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 9.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 950948-7 Autorizan viaje de personal militar de la Fuerza Aérea del Perú a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 282-2013-DE/FAP Lima, 14 de junio de 2013 Visto el Ofi cio Nº FAE-EE-H-2013-082-O de fecha 22 de febrero de 2013 del Jefe del Departamento de Asuntos Internacionales de la Fuerza Aérea Ecuatoriana, el Fax Nº 010-AAE-2013 de fecha 25 de febrero de 2013 del Agregado de Defensa Adjunto y Aéreo a la Embajada del Perú en la República del Ecuador, la Papeleta de Trámite NC-900-EMAI-Nº 0288 de fecha 28 de febrero de 2013 del Jefe del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea del Perú y el Ofi cio NC-150-DBDS-Nº 0231 de fecha 27 de marzo de 2013 del Director de Bienestar de la Fuerza Aérea del Perú. CONSIDERANDO: Que, la Fuerza Aérea del Perú mantiene relaciones bilaterales con otras Fuerzas Aéreas de la región en el marco de las Medidas de Confi anza Mutua y de Seguridad, así como para el logro de entendimientos en materia de intercambios operacionales y de educación; Que, en el Numeral 1.1 Área de Bienestar Social, del Entendimiento Primero “PERSONAL”, del Acta de la VI Reunión de Jefes del Estado Mayor General de la Fuerza Aérea Ecuatoriana y la Fuerza Aérea del Perú, se acordó realizar la visita recíproca de personal de la FAE y la FAP del Área de Bienestar Social, durante el primer cuatrimestre del año 2013, con el propósito de conocer la Asistencia Social que se brinda al personal; Que, mediante el Ofi cio Nro. FAE-EE-H-2013-082-O de fecha 22 de febrero de 2013, el Jefe del Departamento de Asuntos Internacionales de la Fuerza Aérea Ecuatoriana propone la ciudad de Quito - República del Ecuador, del 17 al 20 de junio de 2013, como lugar y fecha para materializar la visita recíproca en el Área de Bienestar Social; Que, es de interés institucional autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar FAP del Área de Bienestar Social que se indica en la parte resolutiva, para que realice la visita recíproca a la ciudad de Quito – República del Ecuador, del 17 al 20 de junio de 2013, por cuanto los conocimientos y experiencias a tratarse redundarán en benefi cio de la Fuerza Aérea del Perú; Que, la citada Comisión de Servicio ha sido incluida en el ítem 359 del rubro 5.-Medidas de Confi anza Mutua, del Anexo 1 (RO) del Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013, aprobado mediante Resolución Suprema Nº 091-2013-DE/ del 15 de marzo de 2013;