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El Peruano 497164 Lunes 15 de abril de 2013 TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS Y SERVICIOS BRINDADOS EN EXCLUSIVIDAD - TUPA/MIDIS Y PROGRAMAS NACIONALES Nº DE ORDEN DENOMINACIÓN DEL PROCEDIMIENTO REQUISITOS DERECHO DE TRAMITACIÓN (*) CALIFICACIÓN PLAZO PARA RESOLVER (en días hábiles) INICIO DEL PROCEDIMIENTO AUTORIDAD COMPETENTE PARA RESOLVER INSTANCIAS DE RESOLUCIÓN DE RECURSOS Número y Denominación Formulario / Código / Ubicación (en % UIT) (en S/.) Automático Evaluación Previa RECONSIDERACIÓN APELACIÓN Positivo Negativo D.S. Nº 011-2012-MIDIS, publicado el 05 de setiembre de 2012 y Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, publicado el 24 de abril de 2003 c) Declaración expresa en solicitud o Declaración Jurada comprometiéndose a cancelar el costo de la reproducción de la información en cualquiera de sus formas. GRATUITO Resolución Ministerial Nº160-2012-MIDIS. FUNDAMENTO LEGAL ESPECÍFICO Ley Nº 27806, Literal a) del Art. 11º, 15º 17º, del TUO, publicada el 17 de Julio de 2002. 2 Pago por Reproducción- Tasa correspondiente. D.S. Nº 072-2003-PCM, Art. 10º literales a), b), c), d), e), Art. 13º, publicada el 07 de Agosto de 2003. Ley Nº 27444, Artículos 42º, 113º, 125º y 154º y Resolución Nº 0274-2007/CAM- INDECOPI, Numeral 21) SECRETARÍA GENERAL 5 RECURSO DE APELACIÓN DE ACTOS DICTADOS EN LOS PROCESOS DE SELECCIÓN (AMC-ADS ) MIDIS 1 Recurso de Apelación dirigido al Secretario General, consignando lo siguiente: GRATUITO X 12 MESA DE PARTES MIDIS SECRETARIO GENERAL NO APLICA NO APLICA Doce días hábiles, de presentado o subsanado el recurso BASE LEGAL a) Identifi cación del impugnante, debiendo consignar su nombre y número de documento ofi cial de identidad, o su denominación o razón social (RUC). En caso de actuación mediante representante, se acompañará la documentación que acredite tal representación. En caso de consorcios el representante común debe interponer el recurso a nombre de todos los consorciados, acreditando sus facultades de representación mediante la presentación de copia simple de la promesa formal de Consorcio. Ley Nº 27444, Artículos 206º y 209º, publicado el 11 de Abril del 2001. Decreto Legislativo Nº 1017, Artículo 53º, publicado el 04 de Junio de 2008 y su modifi catoria Ley Nº 29873 En el caso de Subasta Inversa Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, Art. 94º, 104º, 107º, 109º y 113º; publicado el 01 de Enero de 2009 y modifi catoria D.S. 138-2012-EF, publicado 07 de Agosto de 2012. 10 ó 15 días hábiles, según corresponda. Ley 29792, Art. 6º y 8º, publicada el 20 de Octubre de 2011. D.S. Nº 011-2012-MIDIS, publicado el 05 de setiembre de 2012. Resolución Ministerial Nº 245-2012-MIDIS. FUNDAMENTO LEGAL ESPECÍFICO b) Señalar como domicilio procesal una dirección electrónica propia. Decreto Legislativo Nº 1017, Artículo 53º , publicada el 11 de Abril de 2001. c) El petitorio, que comprende la determinación clara y concreta de lo que se solicita. Ley Nº 27444, Artículos 113º, 209º y 211º, publicada el 11 de Abril de 2001. Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, Art. 94º, 104º, 109º numeral 2), 3), 4), 5), 6), 8), 9), 10), y 112º, ; publicado el 01 de Enero de 2009 y modifi catoria D.S. 138- 2012-EF, publicado 07 de Agosto de 2012. d) Los fundamentos de hecho y de derecho que sustenten su petitorio, así como las pruebas instrumentales pertinentes. Resolución Nº 0274-2007/CAM-INDECOPI, Numeral 21 e) La garantía del 3% del valor referencial del proceso de selección impugnado. En los procesos de selección según relacion de ítems, etapas, tramos, lotes y paquetes, el monto de la garantía será equivalente al 3% del valor referencial del respectivo ítem, etapa, tramo, lote o paquete. En ningún caso la garantía será menor al 50% de la UIT vigente. f) La fi rma del impugnante o de su representante. En el caso de Consorcios bastará la fi rma del representante común señalado en la promesa formal de consorcio. g) Si el recurso contiene otrosíes o fórmulas similares, éstos deben contener pedidos independientes del principal.