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El Peruano Sábado 15 de junio de 2013 497158 Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de la Unidad Ejecutora Nº 005 – Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 29951 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013; la Ley Nº 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquía y uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán en los distintos órganos del Ministerio; y, Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú y a lo acordado con el Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la ciudad de Quito – República del Ecuador, del 17 al 20 de junio de 2013, del Personal Militar FAP que se detalla a continuación, para que realice la visita recíproca con el propósito de conocer la Asistencia Social que se brinda al personal de la Fuerza Aérea Ecuatoriana: Coronel FAP JOSE NICOLAS ROJAS BRICEÑO NSA O-9422280 DNI Nº 43359144 Comandante FAP NANCY PAMELA MEJIA CRUZ NSA O-9662697 DNI Nº 09998812 Técnico Supervisor FAP JULIO CESAR EGOAVIL CARRASCO NSA S-60359082 DNI Nº 43402984 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2013, de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima - Quito (República del Ecuador) - Lima US$ 831.00 x 03 personas (Incluye TUUA) = US$ 2,493.00 Viáticos: US$ 200.00 x 04 días x 03 personas = US$ 2,400.00 Total a pagar = US$ 4,893.00 Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Artículo 4º.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuará la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Artículo 5º.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 950949-5 Designan miembros del Directorio de la empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA - PERU S.A.) RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 283-2013-DE Lima, 14 de junio de 2013 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Nº 27073, Ley de Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA PERU S.A.), el Directorio de dicha empresa debe estar integrado por nueve (9) miembros designados mediante resolución suprema, cuatro (4) de los cuales, son en representación del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE); Que, de acuerdo con el artículo 20 del Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, la empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA - PERÚ S.A.) es una empresa del Sector Defensa; Que mediante Resolución Suprema Nº 029- 2012-DE, de 24 de enero de 2012, se designó a los miembros del Directorio de la empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA-PERU S.A.), representantes del Ministerio de Defensa, Ministerio de Economía y Finanzas, así como del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE); Que, considerando las modificaciones efectuadas con Decreto Legislativo Nº 1134, se requiere designar a nuevos miembros del Directorio de la mencionada empresa, respecto de los representantes del FONAFE; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación de Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley Nº 27073, Ley de Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA –PERU S.A.), y en el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; y Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar como miembros del Directorio de la empresa Servicios Industriales de la Marina S.A. (SIMA – PERU S.A.) a los siguientes señores: FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO – FONAFE: - Gregorio Javier Belaúnde Matossian - Luis Fernando Ruiz Lecaros - Roberto Martín Sala Rey - Joao Martín Espinoza Aldana Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Defensa y el Ministro de Economía y Finanzas Regístrese, comuníquese y publíquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO Ministro de Economía y Finanzas 950949-6